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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2025 (26/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de marzo de 2025 El Peruano / personal policial, bachilleres, alumnos de pre-grado de la carrera de derecho y público en general; Quinto. Que, asimismo, el referido congreso garantiza el acceso a la información a través de la interpretación en lengua de señas; así como la traducción simultánea en lenguas originarias como quechua, Aymara y Shipibo Conibo. La cantidad de participantes para la mencionada actividad, será aproximadamente de 1500 a 2000 personas en la modalidad virtual; y 1000 personas en la modalidad presencial. Sexto. Que, los gastos que irrogue la organización y desarrollo del mencionado evento académico; así como los gastos por conceptos de pasajes nacionales e internacionales, alojamiento, alimentación, publicidad, movilidad, co ff ee break, souvenirs, viáticos y otros, serán con cargo al presupuesto de la Gerencia General del Poder Judicial y al presupuesto de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial y las Cortes Superiores de Justicia del país. En consecuencia, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en mérito a las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N.º 086-2019-CE- PJ, RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el IV Congreso Internacional de Flagrancia denominado: “El nuevo enfoque del Sistema Especializado en Flagrancia” – 2025, que se llevará a cabo del 20 al 22 de mayo del año en curso, de 8:00 horas a 13.00 horas y de 15:00 a 18:00 horas, en la ciudad de Lima, dirigido a jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial, Ministerio Público, abogados de la defensa pública y privada, procuradores públicos de la especialidad, personal policial, bachilleres, alumnos de pre-grado de la carrera profesional de Derecho y público en general. Artículo Segundo.- Otorgar carácter o fi cial al IV Congreso Internacional de Flagrancia denominado “El nuevo enfoque del Sistema Especializado en Flagrancia – 2025”, publicándose la presente resolución en el Diario Ofi cial del Bicentenario “El Peruano”. Artículo Tercero.- Disponer que los Presidentes y presidentas de las Cortes Superiores de Justicia autoricen la participación de jueces, juezas y personal jurisdiccional (total 4), que laboran en la Unidad de Piloto y/o Modelo de Flagrancia: 1 juez del Juzgado de Investigación Preparatoria, 1 juez del Juzgado Penal Unipersonal, 1 administrador de la Unidad de Flagrancia y un servidor jurisdiccional y/o administrativo. Sin afectar el despacho judicial. Artículo Cuarto.- Los gastos que demande la organización y desarrollo del mencionado congreso, de los conceptos: pasajes nacionales e internacionales, alojamiento, alimentación, publicidad, movilidad, co ff ee break, souvenirs, viáticos y otros, será con cargo al presupuesto de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial. Artículo Quinto.- Las Cortes Superiores de Justicia que son unidades ejecutoras, sufragarán los gastos por conceptos de pasajes y viáticos de sus representantes; y la Gerencia General asumirá los citados gastos de las Cortes Superiores de Justicia que no son unidades ejecutoras. Artículo Sexto.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta 2384069-1Aprueban implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad Civil subespecialidad Constitucional, en materia de acción de amparo en la Corte Superior de Justicia de Cusco e interoperabilidad con el Tribunal Constitucional, y disponen designación de Comité de Usuarios para la implementación del EJE – Constitucional Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000102-2025-CE-PJ Lima, 24 de marzo del 2025VISTO: El O fi cio N° 000017-2025-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000017-2025-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación de la propuesta de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad Civil subespecialidad Constitucional en los procesos de acción de amparo en la Corte Superior de Justicia de Cusco e interoperabilidad con el Tribunal Constitucional. Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial, previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000136-2021-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero . Que, mediante la Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba el “Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2025”, el cual considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación y a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en las treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, así como en la Corte Suprema de Justicia de la República, concretado en mil trescientos ochenta y seis órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional,