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28 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de marzo de 2025 El Peruano / Que, mediante Informe N° 0057-2025-ITP/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde la modi fi cación del tarifario vigente de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura - Huacho aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 0091-2023-ITP/DE, a fi n de (i) actualizar cuarenta y seis (46) servicios tecnológicos del tarifario vigente, (ii) incluir veintisiete (27) nuevos servicios tecnológicos, (iii) eliminar cinco (5) servicios tecnológicos del tarifario vigente y (iv) eliminar dos (2) actividades de comercialización consignados en el tarifario vigente, así como la modi fi cación de las Notas N° 1, 2, 3, 4 y 5; y, la inclusión de las Notas N° 6, 7 y 8, por lo que el Tarifario estará compuesto por setenta y tres (73) servicios tecnológicos a ser prestados por la mencionada Unidad Técnica; Con los vistos de la Secretaría General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y modi fi catoria; Decreto de Urgencia N° 013-2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo N° 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE; Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modi fi car el “Tarifario de Servicios Tecnológicos de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura – Huacho del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial – CITEagroindustrial” aprobado mediante Resolución Ejecutiva N°.0091-2023-ITP/DE, a fi n de actualizar cuarenta y seis (46) servicios tecnológicos aprobados, incluir veintisiete (27) nuevos servicios tecnológicos, eliminar cinco (5) servicios tecnológicos del tarifario vigente y eliminar dos (2) actividades de comercialización del tarifario vigente, así como la modi fi cación de las Notas N° 1, 2, 3, 4 y 5, y la inclusión de las Notas N° 6, 7 y 8, quedando este conformado por setenta y tres (73) servicios tecnológicos, así como por sus respectivas Notas, detallados en el Anexo, el cual es publicado en la Sede Digital del Instituto Tecnológico de la Producción, parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer que los servicios tecnológicos y actividades de comercialización, eliminados con la aprobación de la modi fi cación del Tarifario a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución que se encuentren en ejecución, solo continúan vigentes hasta su culminación. Artículo 3°.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información en aplicación del artículo 1 de la presente Resolución y en coordinación con los órganos correspondientes, realice las acciones para la actualización del Sistema de Servicios de Innovación Productiva del ITP – SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales a los servicios tecnológicos conforme a la versión 3 de la Directiva N° 002-2021- ITP/DE, así como en el módulo de sistema de gestión de tarifarios del SSIPRO, según corresponda. Artículo 4° .- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP (www.gob.pe/itp), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO Directora Ejecutiva 2383903-2Modifican el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Textil Camélidos Cusco – CITEtextil Camélidos Cusco” RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000057-2025-ITP/DE San Isidro, 24 de marzo de 2025VISTOS:El Memorando N° 0686-2024-ITP/CITETEXTCAM- CUZCO de fecha 20 de noviembre de 2024, el Memorando N° 0731-2024-ITP/CITETEXTCAM-CUZCO de fecha 16 de diciembre de 2024 y el Memorando N° 0028-2025-ITP/ CITETEXTCAM-CUZCO de fecha 13 de enero de 2025, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Textil Camélidos Cusco (en adelante, CITE Textil Camélidos Cusco); el Memorando N° 0939-2024-ITP/DEDFO de fecha 29 de noviembre de 2024 y el Memorando N° 0036-2025-ITP/DEDFO de fecha 15 de enero de 2025, de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE (en adelante, DEDFO); el Memorando N° 2790-2024-ITP/OA de fecha 18 de diciembre de 2024 y el Memorando N° 2818-2024-ITP/ OA de fecha 21 de diciembre de 2024, de la O fi cina de Administración (en adelante, OA); el Memorando N° 2251-2024-ITP/OGRRHH de fecha 27 de diciembre de 2024, de la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos (en adelante, OGRRHH); el Memorando Múltiple N° 0168-2024-ITP/ OPPM de fecha 17 de diciembre de 2024, el Memorando N° 8135-2024-ITP/OPPM de fecha 30 de diciembre de 2024 y el Memorando N° 0965-2025-ITP/OPPM de fecha 03 de febrero de 2025, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante, OPPM); el Informe N° 0061-2025-ITP/OAJ de fecha 07 de febrero de 2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica (en adelante, OAJ); y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE, establece que los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del Instituto Tecnológico de la Producción (en adelante ITP), encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que Promueve el Financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, el fi nanciamiento de los servicios que brinda el ITP, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas, siendo que estas últimas son fi jadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, a fi n de aumentar su acceso, cobertura y efectividad; teniendo en cuenta además, que las tarifas y su metodología son concordantes con el rol subsidiario del Estado y se aprueban por Resolución del Director Ejecutivo del ITP; Que, de acuerdo con el numeral 6.2.29 concordante con los numerales 6.2.6 y 6.2.28 de la Directiva N° 001-2021-ITP/DE denominada “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”, aprobada por el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE