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27 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de marzo de 2025 El Peruano / Modifican el “Tarifario de Servicios Tecnológicos de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura – Huacho del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial – CITEagroindustrial” RESOLUCIÓN EJECUTIVA N° 000056-2025-ITP/DE San Isidro, 24 de marzo de 2025 VISTOS: El Informe N° 0001-2024-ITP/UTH y el Informe N° 0002-2024-ITP/UTH de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura – Huacho del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial – CITEagroindustrial; el Memorando N° 0709-2024-ITP/DEDFO y el Memorando N° 0711-2024-ITP/DEDFO de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los CITE; el Memorando N° 2789-2024-ITP/OA y el Memorando N° 2840-2024-ITP/OA de la O fi cina de Administración; el Memorando N° 2244-2024-ITP/OGRRHH de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorando Múltiple N° 0165-2024-ITP/OPPM, el Memorando N° 0016-2025-ITP/OPPM y el Memorando N° 0967-2025-ITP/OPPM de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 0057-2025-ITP/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica – CITE y modi fi catoria, establece que los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actores estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda; Que, el numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que Promueve el Financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, el fi nanciamiento de los servicios que brinda el ITP, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas; estas últimas son fi jadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, a fi n de aumentar su acceso, cobertura y efectividad; teniendo en cuenta además, que las tarifas y su metodología son concordantes con el rol subsidiario del Estado y se aprueban por Resolución del Director Ejecutivo del ITP; Que, con Resolución Ejecutiva N° 0059-2016-ITP/ DE, se creó la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura - Huacho, Región Lima, del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial – CITEagroindustrial; y con Resolución Ejecutiva N° 0091-2023-ITP/DE, se aprobó el “Tarifario de Servicios Tecnológicos de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura – Huacho del Centro de Innovación Tecnológica Agroindustrial - CITEagroindustrial”, el cual está conformado por cincuenta y tres (53) servicios tecnológicos, consignados en el anexo correspondiente; Que, el numeral 6.2.29 concordante con los numerales 6.2.6 y 6.2.28 de la Directiva N° 001-2021-ITP/DE denominada “Metodología para la determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP”, aprobada por el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva N° 042-2021-ITP/DE, (en adelante la Directiva), establece que el tarifario es el documento que contiene (i) el Catálogo de servicios tecnológicos (CDS) que es la lista de servicios tecnológicos a ser brindados por el órgano que brindan el servicio tecnológico (OBS) y (ii) las tarifas que se obtienen a partir de la metodología del costo del servicio; Que, con el Informe N° 0001-2024-ITP/UTH la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura – Huacho del CITEagroidustrial remitió a la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica su propuesta de Catálogo de Servicios (CDS) con setenta y tres (73) servicios tecnológicos, así como la inclusión de las Notas N° 7 y 8 al Tarifario vigente; Que, con Memorando N° 0709-2024-ITP/DEDFO, sustentado en el Informe Técnico N° 0015-2024-ITP/ DVQ-DEDFO y el Memorando N° 0711-2024-ITP/DEDFO, la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, emitió opinión favorable respecto a la viabilidad técnica de setenta y tres (73) servicios tecnológicos, y los consideró técnicamente viables para la aplicación del régimen de incentivos establecido en el numeral 8.2 de la versión 3 de la Directiva N° 002-2021-ITP/DE “Disposiciones sobre el diseño y aplicación de esquemas promocionales para el acceso a los servicios tecnológicos que brinda el ITP”, aprobada por Resolución Ejecutiva N° 153-2023-ITP/DE, referido al régimen de incentivos aplicable a los servicios tecnológicos aprobados en los tarifarios; Que, con el Informe N° 0002-2024-ITP/UTH de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura – Huacho del CITEagroidustrial remitió a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización el CDS validado con setenta y tres (73) servicios tecnológicos y las estructuras de costos enmarcadas en la metodología e incluidas en el Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios – SISTAR; asimismo remitió la estructura de costos con relación a lo señalado en las Notas N° 7 y 8; Que, mediante Memorando Múltiple N° 0165-2024- ITP/OPPM, sustentado en el Informe N° 0164-2024-ITP/MODERNIZACION, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización deriva el Informe N° 0002-2024-ITP/UTH que contiene la estructura de costos para la validación de la O fi cina de Administración y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; Que, con Memorando N° 2789-2024-ITP/OA, sustentado en el Informe N° 4057-2024-ITP-OA-UFABAST, la O fi cina de Administración señaló que la Unidad Funcional de Abastecimiento ha validado los costos de la propuesta de servicios tecnológicos de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura - Huacho; y, con Memorando N° 2840-2024-ITP/OA, sustentado en el Informe N° 4169-2024-ITP/OA-UFABAST e Informe N° 0483-2024-ITP-OA-ABAST-CP, la O fi cina de Administración señaló que el Área de Control Patrimonial ha revisado los registros de los activos en el expediente N° UTHUAURA000000012024 del Módulo del Sistema de Gestión de Tarifarios – SISTAR referido a la propuesta de servicios tecnológicos de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura - Huacho, los cuales se encuentran conforme a los registrados en el Módulo SIGA Patrimonio y se encuentran conciliados con Contabilidad; Que, a través del Memorando N° 2244-2024-ITP/ OGRRHH de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos remitió la validación del costo de mano de obra por minuto de la propuesta de servicios tecnológicos de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura - Huacho, señalando que se encuentra conforme; Que, con Memorando N° 0016-2025-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N°.0003-2025-ITP/MODERNIZACION y el Memorando N° 0967-2025-ITP/OPPM sustentado en el Informe N° 0015-2025-ITP/MODERNIZACIÓN de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión técnica favorable a la propuesta de modi fi cación del Tarifario de la Unidad Técnica Agroindustrial Huaura – Huacho de acuerdo con el CDS y estructura de costos, precisando que este debe estar conformado por setenta y tres (73) servicios tecnológicos, así como la modi fi cación de las Notas N° 1, 2, 3, 4 y 5 e inclusión de las Notas N° 6, 7 y 8 en el Tarifario, encontrando que se ha aplicado la metodología de costos y el principio de subsidiariedad;