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69 NORMAS LEGALES Sábado 29 de marzo de 2025 El Peruano / HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2025 (3 MESES) DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO - Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito y provincia del Callao. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE - Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito de San Juan de Lurigancho y provincia de Lima. DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito El Porvenir y provincia de Trujillo. Artículo Segundo.- Desestimar el requerimiento de la Corte Superior Justicia de Puente Piedra – Ventanilla, respecto a la conversión del 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio – Pachacútec del distrito de Ventanilla y provincia del Callao, como órgano jurisdiccional permanente. Artículo Tercero.- Desestimar por el momento, el requerimiento de la Corte Superior Justicia de San Martín, respecto a la redistribución de expedientes del 1° al 2° Juzgado Penal Unipersonal del distrito de Yurimaguas y provincias de Alto Amazonas. Artículo Cuarto.- Disponer, a partir del 1 de abril de 2025, las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Ancash, Cusco, Santa, Huánuco, La Libertad y San Martín: Corte Superior de Justicia de Ancash4.1 Abrir el turno judicial ordinario y especial por cuatro (4) meses, al Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Huaraz de la Corte Superior de Justicia de Ancash, con la misma competencia territorial y funcional que el 1°, 2°, 3° y 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente. Corte Superior de Justicia del Cusco 4.2 Abrir el turno judicial ordinario y especial por tres (3) meses, Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco, con la misma competencia territorial y funcional que el 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6° y 7° Juzgado de Investigación Preparatoria, del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente. 4.3 Abrir el turno judicial hasta el 30 de abril de 2025 del 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco, con la misma competencia territorial y funcional que el 1°, 2°, 3° y 5° Juzgado Penal Unipersonal del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente. Corte Superior de Justicia del Santa 4.4 Abrir el turno judicial ordinario y especial por tres (3) meses al Juzgado de Investigación Preparatoria de Descarga del distrito y provincia de Casma de la Corte Superior de Justicia Del Santa, con la misma competencia territorial y funcional que el 1° Juzgado de Investigación Preparatoria del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente. 4.5 Cerrar el turno judicial ordinario por tres (3) meses al 1° Juzgado de la Investigación Preparatoria del distrito y provincia de Casma de la Corte Superior de Justicia Del Santa, al término del plazo se deberá abrir turno nuevamente. Corte Superior de Justicia de Huánuco 4.6 Abrir el turno judicial por cinco (5) meses, a la Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito de Pillco Marca y provincia de Huánuco de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, con la misma competencia territorial y funcional que la Sala Penal de Apelaciones Supraprovincial Permanente Especializado en Delitos de Corrupción funcionarios, Delitos Aduaneros, Tributarios, Mercado y Ambientales del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente. 4.7 Cerrar el turno judicial por cinco (5) meses a la Sala Penal de Apelaciones Supraprovincial Permanente Especializado en Delitos de Corrupción funcionarios, Delitos Aduaneros, Tributarios, Mercado y Ambientales del distrito de Pillco Marca y provincia de Huánuco de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, al término del plazo se deberá abrir turno nuevamente. Corte Superior de Justicia de La Libertad4.8 Redistribuir de manera equitativa y aleatoria en la función penal colegiado la cantidad total de 90 expedientes en trámite del 1°, 2° y 3° Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del distrito y provincia de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, hacia el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior. Corte Superior de Justicia de San Martín4.9 Abrir el turno judicial por tres (3) meses al 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Yurimaguas y provincia de Alto Amazonas de la Corte Superior de Justicia de San Martín, con la misma competencia territorial y funcional que el 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente. 4.10 Cerrar el turno judicial por tres (3) meses al 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Yurimaguas y provincia de Alto Amazonas de la Corte Superior de Justicia de San Martín, al término del plazo se deberá abrir turno nuevamente. Artículo Quinto.- Disponer que los expedientes a redistribuir en etapa de juzgamiento autorizados en la presente norma son los que aún no hayan iniciado juicio oral, con la fi nalidad de evitar el quiebre de los procesos en trámite, puesto que serán culminados por los órganos jurisdiccionales de origen, priorizando aquellos procesos cuya fecha de programación de juicio oral sea la más lejana. Artículo Sexto.- Disponer que los expedientes autorizados para redistribución en la presente norma deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noti fi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números, con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad. Artículo Séptimo.- Disponer que las Cortes Superiores de Justicia Ancash, Cusco, Santa, Huánuco, La Libertad y San Martín, en coordinación con la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Gerencia General del Poder Judicial, realicen las adaptaciones en el Sistema Integrado Judicial para ejecutar lo especi fi cado en la presente norma. Artículo Octavo.- Disponer que la Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Callao, Cusco, Lima Este y Lima Norte, a través de sus respectivas o fi cinas técnicas informen a la Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal sobre el bajo nivel de productividad de los siguientes órganos jurisdiccionales: Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Huaraz, Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito y provincia del Callao, Juzgado Penal Unipersonal de Descarga Especializado en Delitos de Corrupción de funcionarios del distrito y provincia del Cusco, Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito de San Juan de Lurigancho y provincia de Lima, y 1° Juzgado de Investigación Preparatoria del distrito de San Martín de Porres y provincia de Lima. Artículo Noveno.- Disponer que la administración del Módulo Penal de las Cortes Superiores de Justicia