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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2025 (21/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de mayo de 2025 El Peruano / opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de S/ 3,586,984.24 (Tres millones quinientos ochenta y seis mil novecientos ochenta y cuatro y 24/100 soles), que comprende: S/ 3,581,813.32 (Tres millones quinientos ochenta y un mil ochocientos trece y 32/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito; y, S/ 5,170.92 (Cinco mil ciento setenta y 92/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 4. Donaciones y Transferencias; Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la fi nalidad de co fi nanciar los proyectos, según el siguiente detalle: i) Programa de Apoyo de la Internacionalización Modalidad 3-Consolidación de la Actividad Exportadora (PAIM3), ii) Dinamización de ecosistemas Regionales de Innovación (DER), iii) Incubadoras 2.0 (INC20), iv) Emprendimientos Dinámicos (EDI), v) Emprendimientos Dinámicos-Cambio Climático (EDICC), vi) Fomento de Capital de Riesgo (FCR), vii) Atracción de Emprendedores del Exterior-Cambio Climático (AEECC), viii) MIPYMES de Calidad- Industria Naval (MCIN), ix) MIPYMES de Calidad con Cambio Climático (IMTEMCCC), x) MIPYMES de Calidad (IMTEMC), xi) MIPYMES Digitales Categoría 2 (IMTEMDEC2), xii) MIPYMES Digitales-Cambio Climático (IMTEMDCC), xiii) BOOTCAMPS de Código-Fase 2 (BCCF2), xiv) Innovación Empresarial para Microempresas y Asociaciones (PIMEN), xv) Innovación Empresarial para Microempresas y Asociaciones-Cambio Climático (PIMENCC) y xvi)Desafíos de Innovación de Cadenas de Valor - Modalidad B (DICVMB) Que, mediante Informe N° 126-2025-PRODUCE/ PROINNOVATE.UAL, de fecha 19 de mayo de 2025, la Unidad de Asesoría Legal concluye que la emisión de la Resolución de Dirección Ejecutiva que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme los alcances descritos por la Coordinación Técnica, y previa verifi cación presupuestal por la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, se ajusta al marco legal aplicable; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185 que aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, el Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y en uso de las facultades conferidas mediante las Resoluciones Ministeriales N° 145-2021-PRODUCE, N° 235-2024-PRODUCE y N° 001-2025-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvenciones Aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los bene fi ciarios señalados en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2025 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por el monto total S/ 3,586,984.24 (Tres millones quinientos ochenta y seis mil novecientos ochenta y cuatro y 24/100 soles), que comprende: S/ 3,581,813.32 (Tres millones quinientos ochenta y un mil ochocientos trece y 32/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 3. Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito; y, S/ 5,170.92 (Cinco mil ciento setenta y 92/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento 4. Donaciones y Transferencias; destinados a co fi nanciar los desembolsos de los proyectos en el marco del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” y del Fondo MIPYME Emprendedor. Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 001-2025-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que la presente resolución, y el anexo citado en artículo 1° se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -- PROINNOVATE, el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO AFUSO HIGA Director Ejecutivo Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE 2400827-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1667, Decreto Legislativo que establece disposiciones para la gestión del servicio de traducciones oficiales y regula la selección, ratificación, funciones y la potestad sancionadora sobre los traductores públicos juramentados DECRETO SUPREMO N° 011-2025-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N°1667, Decreto Legislativo que establece disposiciones para la gestión del servicio de traducciones o fi ciales y regula la selección, rati fi cación, funciones y la potestad sancionadora sobre los traductores públicos juramentados, dispone que el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Relaciones Exteriores, reglamenta el Decreto Legislativo en el plazo de ciento veinte (120) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la norma; Que, la Dirección de Política Consular de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el marco de las gestiones realizadas para la reglamentación del referido Decreto Legislativo, los días 18 y 31 de octubre del 2024, llevó a cabo reuniones públicas con el propósito de escuchar opiniones y recibir propuestas de los actuales Traductores Públicos Juramentados, del Colegio de Traductores del Perú, la Universidad César Vallejo, la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas, la Universidad Ricardo Palma, la Universidad Femenina del Sagrado Corazón, la Asociación de Traductores Públicos Juramentados “Perú TPJ”, con la fi nalidad de garantizar la integración de diversos puntos de vista y conocimientos técnicos, lo que contribuye a una regulación objetiva, sustentada y desarrollada de la actividad del Traductor Público Juramentado; Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y conforme al artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, se realizó la publicación de la propuesta de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1667, y su respectiva Exposición de Motivos. Dicha publicación se llevó a cabo mediante la Resolución Ministerial N° 0107-2025-RE, de fecha 21 de febrero de 2025, con el objetivo de recabar las opiniones y comentarios de la ciudadanía en general, durante un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, en cumplimiento de lo señalado en el considerando precedente, se recibieron y evaluaron las