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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2025 (31/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 124

124 NORMAS LEGALES Sábado 31 de mayo de 2025 El Peruano / 6. Celebración de convenios para la explotación de agregados o autorización de canteras a fi n de mejorar ingresos propios. Artículo Décimo Segundo.- EN MATERIA DE SEGURIDAD CIUDADANA: 1. Participar y fortaleces la conformación de los comités de Seguridad Ciudadana. 2. Organizar un Comité de Defensa Civil Local en coordinación con la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial. 3. Promover la Organización de las rondas vecinales y campesinas. 4. Monitoreo de la Policía Nacional del Perú contra el abigeato y delincuencia. 5. Creación de una Multisectorial de Coordinación Local. 6. Implementación y dotación de elementos de seguridad y gestionar donación de vehículo o motocicletas para a vigilancia nocturna y emergencia. 7. Impulsar y organizar el Concejo de Participación Local de educación. 8. Otras funciones que signe la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial, y estipule la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Décimo Tercero.- PROGRAMAS SOCIALES, DEFENSA Y PROMOCION DE DERECHOS: 1. Plani fi car el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales, provinciales y distritales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza. 2. Reconocer y registrar a las instituciones y organizaciones que realizan acción y promoción social concertada con el gobierno local. 3. Organizar, administrar ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza el desarrollo social del Estado, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y fortalecimiento de la economía nacional, regional y local. 4. Organizar, administrar ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación. 5. Promover y concertar la cooperación pública y privada en los distintos programas sociales locales. 6. Promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológicos, social, cultural y económico del gobierno del Centro Poblado. 7. Promover, organizar y sostener, de acuerdo a sus posibilidades, cunas y guarderías infantiles, establecimientos de protección a los niños y a personas con impedimentos y ancianos desvalidos, así como casa de refugio. 8. Fiscalizar y coordinar con la Municipalidad Distrital los programas sociales de vaso de leche, comedores populares, Wawa Wasi y otros. Artículo Décimo Cuarto.- PARTICIPACIÓN Y CONTROL VECINAL: 1. Los vecinos de la circunstancia de la Municipalidad de Centro Poblado Rinconada de Conta, intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y gobierno municipal a través d mecanismos de participación vecinal y el ejercicio de derechos políticos, de conformidad con la constitución Política del Perú y las respectivas leyes de la materia. 2. La Municipalidad del Centro Poblado Rinconada de Conta, promueve la participación Vecinal en la formulación del debate y la concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión, para tal fi n deberá garantizar a los vecinos el acceso a la información.Artículo Décimo Quinto.- MATERIA DE AUTORIZACIÓN PARA ESTABLECER RÉGIMEN TRIBUTARIO: La Municipalidad del Centro Poblado Rinconada de Conta, queda autorizada para recaudar arbitrios por la instalación de puestos en las ferias y comercio ambulatorio, tasas por trámite administrativo y licencias de funcionamiento, previamente establecido en su TUPA. Asimismo, por el concepto de limpieza pública, siempre y cuando cumpla a cabalidad con la prestación del servicio. CAPÍTULO V DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS Artículo Décimo Sexto.- DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS ESTABLECER, que los recursos transferidos por la Municipalidad Provincial de Cañete y la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial a favor de la Municipalidad del Centro Poblado Rinconada de Conta, son con cargo a rendir cuenta documentada en forma mensual de acuerdo a las directivas o lineamientos de cada institución, bajo responsabilidad del Alcalde y Regidores de la Municipalidad del Centro Poblado. Anualmente, el Concejo Municipal del Centro Poblado rinde cuentas a la población en acto público de todos los gastos e ingresos percibidos. CAPÍTULO VI DE LAS PROHIBICIONES Y RESTRICCIONES Artículo Décimo Séptimo.- La Municipalidad del Centro Poblado Rinconada de Conta y sus autoridades, están impedidos de: a) Enajenar, hipotecar, transferir, donar o cualquier otra forma de perder la titularidad de los equipos, recursos asignados, bienes muebles o inmuebles otorgados, asignados y/u afectados en uso para la entidad. b) Contraer obligaciones sin acreditar su fi nanciamiento. c) Comprometer gasto corriente no autorizado. d) Comprometer gasto de inversión no autorizado.e) Efectuar cobros no autorizados. Artículo Décimo Octavo.- Los bienes de dominio público de la Municipalidad del Centro Poblado “Rinconada de Conta” son inalienables e imprescriptibles. Es responsabilidad de su Concejo Municipal preservar la integridad de su patrimonio y su adecuado uso. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primero.- La Municipalidad del Centro Poblado Rinconada de Conta se obliga a cumplir con los procedimientos técnicos y las normas de los sistemas administrativos que rigen el funcionamiento del Estado, en lo que sea de su competencia. Corresponde al Concejo Municipal del Centro Poblado Rinconada de Conta supervisar su cumplimiento. Segundo.- Invóquese a la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial continuar efectuando la transferencia económica a favor de la Municipalidad del Centro Poblado Rinconada de Conta Asimismo, se deja a discrecionalidad la asignación presupuestal de acuerdo a ley. Tercero.- Déjese sin efecto toda norma municipal en las partes que se oponga o contradiga lo establecido en la presente Ordenanza. Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Municipal, conforme a Ley. 2394923-1