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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2025 (31/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 118

118 NORMAS LEGALES Sábado 31 de mayo de 2025 El Peruano / en la jurisdicción del distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de lima y tiene las siguientes características. a. Área Total : 1249.26507 hectáreas b. Perímetro : 17371.54 mlc. Límites: - POR EL NORTE: Limita con TERRENO ERIAZO, en línea recta P1. P2 con 961.56 ml. - POR EL SUR: Limita con PROPIEDAD DE TERCEROS, con cinco (05) líneas quebradas, compuestas por: P23-P24 CON 1207.06 ml, P24-P25 con 379.19 ml, P25-P26 con 546.45 ml, P26-P27 con 333.68 ml, P27-P28 con 1170.68 ml; con una suma total de 363.06 ml. - POR EL ESTE: Limita con TERRENO ERIAZO, con veintiún (21) líneas quebradas, compuestas por: P1-P2 con 961.57 ml, P2-P3 con 2862.30 ml, P3-P4 con 83.77 ml, P4-P5 con 326.81 ml, P5-P6 con 367.53 ml, P6-P7 con 430.43 ml, P7-P8 con 76.12 ml, P8-P9 con 162.42 ml, P9-P10 con 34.49 ml, P10-P11 con 257.53 ml, P11-P12 con 32.33 ml, P12-P13 con 83.32 ml, P13-P14 con 97.88 ml, P14-P15 con 151.11 ml, P15-P16 con 235.01 ml, P16-P17 con 241.62 ml, P18-P19 con 294.13 ml, P19-P20 con 241.91 ml, P20-P21 con 44227 ml, con una suma de 6985.90 ml. - POR EL OESTE: Limita con propiedad de terceros, con cuatro (04) líneas quebradas, compuestas por: P28-P29 con 1287.10 ml, P29-P30 con 1564.98 ml, P30-P31 con 2335.93 ml, P31-P1 con 599.01 ml; con una suma total de 5787.01 ml. CAPÍTULO III DEL RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN INTERNA Artículo Cuarto.- La organización interna de la Municipalidad del Centro Poblado LOS ANGELES está conformada por el Concejo Municipal como su órgano de gobierno y la Alcaldía como su órgano ejecutivo y máxima autoridad administrativa. La Municipalidad del Centro Poblado se encarga de la ejecución de las funciones y los servicios públicos locales que le son delegados, conforme a lo dispuesto por Ley. Artículo Quinto.- La estructura orgánica de la Municipalidad del Centro Poblado LOS ANGELES se implementa de manera progresiva de acuerdo a la prestación de los servicios públicos delegados priorizados, de acuerdo a las necesidades de la población y la disponibilidad de los recursos presupuestales que garanticen su funcionamiento; conforme a los lineamientos y normas que establecen los órganos rectores de la administración pública. CAPÍTULO IV DE LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES A DELEGAR Artículo Sexto .- EN ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO Y USO DEL SUELO 1. Apoyar la supervisión el uso de los predios y/o áreas de propiedad pública. 2. Emitir informe previo para la autorización de ubicación de avisos publicitarios y propaganda. 3. Proponer la nomenclatura de avenidas. Jirones, calles, pasajes, parques, plazas y/o similares. Artículo Séptimo.- EN SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD. 1. Coordinar con la municipalidad distrital y/o provincial la realización de campañas de control de epidemias y control de sanidad animal. 2. Apoyar en la fi scalización y labores de control respecto a la emisión de gases, humos, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el medio ambiente.3. Las demás que disponga el concejo municipal provincial de Cañete. Artículo Octavo.- REGISTRO CIVIL. 1. Servicios de inscripción de partidas de nacimiento, defunciones y la celebración de matrimonios, así como la emisión de partidas correspondientes, previo convenio con el registro nacional de identi fi cación y estado Civil – RENIEC, conforme a Ley, en caso se requiera. Artículo Noveno.- TRANSPORTE PÚBLICO Y VIABILIDAD: 1. Apoyar a la municipalidad distrital en la supervisión de las condiciones de la prestación del servicio de transporte público de pasajeros. 2. Apoyar a la municipalidad distrital mediante el informe correspondiente para la autorización de paraderos para vehículos menores. 3. Apoyar a la municipalidad distrital en las acciones de señalización de calles y vías, de acuerdo con lo regulado por la entidad municipal correspondiente. Artículo Décimo.- EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y RECREACIÓN: 1. Apoyo en el abastecimiento y comercialización de productos y servicios, que se encuentran dentro de las facultades distritales establecidas. 2. Apoyo de programas sociales, defensa y promoción de derechos, que se encuentran dentro de las facultades distritales establecidas. Artículo Décimo Primero.- PROMOCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL: 1. Apoyar a la municipalidad distrital en el otorgamiento de licencias para la apertura de establecimiento comerciales y profesionales. 2. Apoyar en la fi scalización y supervisión de comercio ambulatorio. 3. Apoyar a la emisión de autorización de la realización de ferias agropecuarias y artesanales. 4. Concertar con instituciones del sector público y privado sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico de su ámbito jurisdiccional. 5. Establecer alianzas estratégicas y fi rma de convenios con entidades públicas y privadas para el desarrollo de programas de apoyo el desarrollo económico local sostenible en su espacio territorial. 6. Participar en los procesos de elaboración del presupuesto participativo distrital y provincial, así como en el consejo de coordinación local correspondiente. 7. Celebrar convenios interinstitucionales con entidades públicas y privadas para la ejecución o satisfacción de los servicios públicos delegados 8. Crear, asociarse, cooperar y coordinar con organizaciones públicas o privadas que tengan como fi nalidad la satisfacción de los servicios públicos delegados 9. Supervisar el funcionamiento de los programas sociales y gestionar su ampliación para la población en situación de vulnerabilidad. 10. Coordinar con la DEMUNA de la municipalidad distrital o municipalidad provincial, cronograma de atención. 11. Coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez 12. Facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la plani fi cación, gestión y vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así como de apoyo a la población en riesgo. 13. Promover la asociatividad de los productores locales 14. Promover el fortalecimiento de las organizaciones sociales de base. 15. Apoyar en la protección y conservación del medio ambiente. 16. Apoyar en el control del funcionamiento de comedores, cuna mas y vasos de leche