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123 NORMAS LEGALES Sábado 31 de mayo de 2025 El Peruano / compuestas por: P52-P53 con 252.78 ml, P53-P54 con 92.09 ml, P54-P55 con 1010.73 ml, P55-P56 con 378.23 ml; con una suma total de 1733.84 ml. • POR EL ESTE: Limita con TERRENO ERIAZO, con cuatro (04) líneas quebradas, compuestas por: P48-P49 con 517.79 ml, P49-P50 con 371.14 ml, P50-P51 con 563.22 ml, P51-P52 con 223.03 ml; con una suma total de 1675.17 ml. • POR EL OESTE: Limita con PROPIEDAD DE TERCEROS, con dos (02) líneas quebradas, compuestas por: P57-P49 con 517.79 ml, P49-P50 con 371.14 ml, P50-P51 con 563.22 ml, P51-P52 con 223.03 mi; con una suma total de 1174.56 ml. CAPÍTULO III DEL RÉGIMEN DE ORGANIZACIÓN INTERNA Artículo Cuarto.- La organización interna de la Municipalidad del Centro Poblado RINCONADA DE CONTA está conformada por el Concejo Municipal como su órgano de gobierno y la Alcaldía como su órgano ejecutivo y máxima autoridad administrativa. La Municipalidad del Centro Poblado se encarga de la ejecución de las funciones y los servicios públicos locales que le son delegados, conforme a lo dispuesto por Ley. Artículo Quinto.- La estructura orgánica de la Municipalidad del Centro Poblado RINCONADA DE CONTA se implementa de manera progresiva de acuerdo a la prestación de los servicios públicos delegados priorizados, de acuerdo a las necesidades de la población y la disponibilidad de los recursos presupuestales que garanticen su funcionamiento; conforme a los lineamientos y normas que establecen los órganos rectores de la administración pública. CAPÍTULO IV DE LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES A DELEGAR Artículo Sexto.- EN ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO FÍSICO Y USO DEL SUELO 1. Coordinar con la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial la elaboración del Plan Urbano del Centro Poblado según corresponda, con sujeción al plan y a las normas técnico-legales municipales sobre la materia. 2. Fiscalizar e informar a la Municipalidad Distrital la ejecución del plan de obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas, así como sus modi fi caciones previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental y otros. 3. Fiscalizar e informar a la Municipalidad Distrital sobre la ejecución de obras públicas, enmarcado en el presupuesto participativo distrital, provincial, regional y otros entes gubernamentales y otros, de su competencia que se desarrollen en la jurisdicción del Centro Poblado. 4. Fiscalizar e informar a la Municipalidad Distrital la apertura de establecimientos comerciales, industriales, extracción de materiales y agregados, y actividades profesionales de acuerdo a la zoni fi cación. 5. Gestionar la ejecución de obras de infraestructura urbana y rural que sean indispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la comunicación en el centro poblado, tales como pistas o calzadas, vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación, locales comunales y otros, en coordinación con la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial. Artículo Séptimo.- EN SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD. 1. Proveer el servicio de limpieza pública y, en coordinación y con autorización de la municipalidad distrital, podrá determinar las áreas de acumulación de desechos, relleno sanitario, y el aprovechamiento industrial de desperdicios.2. Colocación de tachos en espacios adecuados para el acopio de los residuos sólidos. 3. Creación de vivero municipal conservación del ornato y medio ambiente. 4. Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, viviendas, instituciones educativas, cementerio y demás lugares públicos del ámbito del centro poblado. 5. Gestionar el servicio de agua potable y desagüe en coordinación con las autoridades competentes y la municipalidad distrital de Nuevo Imperial y la Municipalidad Provincial de Cañete. 6. Instalar y mantener servicios higiénicos y baños de uso público. 7. Coordinar con la Municipalidad Distrital y/o provincial la realización de campañas de control de epidemias y control de sanidad animal. 8. Fiscalizar y realizar labores de control respecto a la emisión de gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmosfera y el medio ambiente. Artículo Octavo.- REGISTRO CIVIL. 1. Administrar los Registros Civiles en coordinación con la o fi cina de Registro Nacional de Identi fi cación y estado Civil – RENIEC, conforme a la ley. Artículo Noveno.- TRANSPORTE PÚBLICO Y VIABILIDAD: 1. Establecer la señalización de jirones y avenidas, y vías de acuerdo con la regulación provincial, en coordinación con la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial. 2. Promover el mantenimiento de caminos de herradura y caminos vecinales en coordinación con l Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial. 3. Fiscalizar y monitorear la buena prestación de servicios del transporte de pasajeros, previo convenio correspondiente. Artículo Décimo.- EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y RECREACIÓN: 1. Impulsar y organizar el concejo de participación local de educación. 2. Coordinar con las instituciones educativas, culturales locales para la mejor aplicación del sistema educativo. 3. Impulsar actividades educativas, culturales y deportivas en la jurisdicción. 4. Promover la lectura e impulsar las ferias de libros en alianza a las editoriales. 5. Creación de biblioteca municipal, sala virtual y donación de libros. Artículo Décimo Primero.- PROMOCIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL: 1. Regular y controlar el comercio ambulatorio de acuerdo con las normas establecidas por la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial. 2. Realizar el control de pesas y medidas, así como del acaparamiento, la especulación y la adulteración de productos y servicios. 3. Promover la construcción, equipamiento y mantenimiento de mercados de abastos, que atiendan las necesidades, de los vecinos de su jurisdicción, en coordinación con la Municipalidad Distrital, Provincial y normas d carácter General. 4. Promover la construcción, equipamiento y mantenimiento de camales, silos y similares para apoyar a los productores y pequeños empresarios locales, en coordinación con la Municipalidad Distrital de Nuevo Imperial. 5. Promover la realización de ferias de productos alimenticios, agropecuarios y artesanales, y apoyar la creación de mecanismos de comercialización y consumo de productos, propios de la localidad.