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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (12/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de noviembre de 2025 El Peruano / 27 de octubre de 2025, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 0250-2025-APCI/OAJ del 31 de octubre de 2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y sus normas modi fi catorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores que tiene por funciones ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa, ejecuta la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI), y proyecta la oferta peruana de cooperación técnica internacional, en el marco de las prioridades de desarrollo nacional y de la política exterior; Que, mediante la Ley Nº 32301, se modi fi có la Ley de Creación de la APCI, con la fi nalidad de fortalecer el trabajo institucional y contribuir con la transparencia y supervisión de los recursos de cooperación técnica internacional no reembolsable; Que, el Decreto Supremo Nº 033-2025-RE aprobó el nuevo Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS) de la APCI, el cual establece, en su Primera Disposición Complementaria Final, que dicho Reglamento entrará en vigencia a los sesenta (60) días calendario siguientes a su publicación, plazo otorgado para que la Entidad apruebe la Metodología de Determinación de Multas, instrumento indispensable para la aplicación efectiva del régimen sancionador; Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Reglamento dispone que la APCI deberá aprobar las directivas e instrumentos complementarios necesarios para su aplicación, entre los cuales se encuentra la metodología mencionada, a fi n de garantizar la objetividad y razonabilidad en la determinación de las sanciones pecuniarias; Que, mediante el Informe Nº 0052-2025-APCI/CIS del 23 de octubre de 2025, la Comisión de Infracciones y Sanciones remitió a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) la propuesta de “Metodología para la Determinación de Multas y su aplicación en el Procedimiento Administrativo Sancionador de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”, elaborada con participación de las áreas competentes —Dirección de Operaciones y Capacitación (DOC), Dirección de Fiscalización y Supervisión (DFS) y la Ofi cina de Asesoría Jurídica (OAJ) (en representación de la Dirección Ejecutiva) — en el marco de reuniones técnicas realizadas entre agosto y setiembre del presente año; Que, al referido documento, la CIS adjuntó las conformidades técnicas de la DOC y la DFS, las mismas que fueron trasladadas mediante Memorándum Nº 1508-2025-APCI/DOC y el Memorándum Nº 1425-2025-APCI/DFS (que adjunta la Nota Informativa Nº 0203-2025-APCI/DFS/JCVV), respaldando la coherencia técnica de la propuesta; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Nº 0059-2025-APCI/OPP del 27 de octubre de 2025, emitió opinión técnica favorable, señalando que la metodología se encuentra alineada con los instrumentos de gestión institucional, en especial el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025–2030 y el Plan Operativo Institucional (POI) 2025 Modi fi cado, así como con las disposiciones de la Directiva Nº 004-2022-APCI “Directiva para la elaboración, presentación y aprobación de documentos o instrumentos normativos en la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 0250-2025-APCI/OAJ del 31 de octubre de 2025, emitió opinión legal favorable a la aprobación de la “Metodología para la Determinación de Multas y su aplicación en el Procedimiento Administrativo Sancionador de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”, concluyendo que se trata de un instrumento técnico–normativo complementario al Reglamento de Infracciones y Sanciones, cuya aprobación corresponde a la Dirección Ejecutiva, conforme a lo dispuesto en el procedimiento establecido en la Directiva Nº 004-2022-APCI; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la “Metodología para la Determinación de Multas y su aplicación en el Procedimiento Administrativo Sancionador de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”, la cual desarrolla criterios objetivos, proporcionales y predecibles para la imposición de sanciones pecuniarias, garantizando la aplicación uniforme del régimen sancionador, conforme al principio de razonabilidad previsto en el artículo 248 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; siendo además indispensable su emisión en aplicación del nuevo marco normativo conformado por la Ley Nº 32301 y el Decreto Supremo Nº 033-2025-RE, que aprueba el nuevo Reglamento de Infracciones y Sanciones de la APCI, a fi n de adecuar la determinación de las multas a las disposiciones vigentes, asegurar la plena operatividad del régimen sancionador y garantizar la objetividad, razonabilidad y predictibilidad en la imposición de sanciones por parte de la Entidad; Con los vistos de la Dirección de Operaciones y Capacitación, de la Dirección de Fiscalización y Supervisión, de la Comisión de Infracciones y Sanciones, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, y sus modi fi catorias; el Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS), aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2025-RE; y la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 004-2022-APCI-DE, que aprueba la Directiva Nº 004-2022-APCI “Directiva para la elaboración, presentación y aprobación de documentos o instrumentos normativos en la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la “Metodología para la Determinación de Multas y su aplicación en el Procedimiento Administrativo Sancionador de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la Metodología aprobada en el artículo precedente sea de aplicación a los procedimientos administrativos sancionadores que se inicien a la fecha de su entrada en vigencia. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 039-2019/APCI-DE que aprobó la Directiva “Metodología para la Determinación de Multas y su aplicación en el Procedimiento Administrativo Sancionador de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva, así como de la “Metodología para la Determinación de Multas y su aplicación en el Procedimiento Administrativo Sancionador de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI”, en la sede digital de la APCI (https://www.gob.pe/apci), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. NOELA MARÍA EUFEMIA PANTOJA CRESPO Directora Ejecutiva 2457257-1