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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (12/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de noviembre de 2025 El Peruano / Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el Informe Nº 000445-2025-OGAJ/JNE, considera relevante nuestra participación en el programa descrito en esta decisión, considerando además, tal como lo mani fi esta la O fi cina General de Cooperación y Relaciones Internacionales, en el Informe Nº 000032-2025-OGCRI/JNE, que se recomienda la participación del magistrado; Que, en el citado informe, se concluye que es viable que la Presidencia del JNE, por ser la máxima autoridad ejecutiva, autorice el viaje del magistrado (sin afectar el despacho interno), en comisión de servicios, por el periodo comprendido del 13 al 17 de noviembre de 2025, y otorgar el respectivo permiso con goce de haber, y así pueda participar en la misión objeto de invitación; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prevé que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; En uso de las atribuciones de las que está conferida esta Presidencia; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del magistrado Rubén Jaime Torres Cortez, en su condición de miembro titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, por el periodo comprendido del 13 al 17 de noviembre de 2025, para que forme parte del Programa de Observación Electoral 2025, de la Misión de Observación Electoral de la Unión Interamericana de Organismos Electorales, con motivo del Referéndum y Consulta Popular, del 16 de noviembre de 2025, que se realizará en Ecuador. Artículo Segundo.- OTORGAR PERMISO CON GOCE DE HABER por comisión de servicios al magistrado Rubén Jaime Torres Cortez, por el periodo comprendido del 13 al 17 de noviembre de 2025, para su participación como representante del Jurado Nacional de Elecciones en el programa descrito en el artículo precedente. Artículo Tercero.- PRECÍSESE que, por acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, no se afectará el despacho interno de la institución. Artículo Cuarto.- Esta entidad cubrirá los gastos del magistrado Rubén Jaime Torres Cortez, según el siguiente detalle: - Seguro de viaje internacional: S/ 333.00 (trescientos treinta y tres y 00/100 soles). Artículo Quinto.- Disponer que, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado presente, a este despacho, un informe detallado, describiendo acciones realizadas y resultados obtenidos. Artículo Sexto.- La presente resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Sétimo.- Transcribir la presente decisión a la Ofi cina General de Administración y al interesado, para su conocimiento y los fi nes consiguientes. Artículo Octavo.- La presente resolución se publica en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ROLANDO BURNEO BERMEJO Presidente 2457361-1 CONTACTO COMERCIAL TODO LO QUE NECESITAS Y A TODO COLOR Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400  ventasegraf@editoraperu.com.pe998 732 784