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60 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de noviembre de 2025 El Peruano / hace suyo el Informe Nº 000047-2025-SIS/OGPPDO- DDZ, mediante el cual, la O fi cina de O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional (OGPPDO) garantiza la disponibilidad y libre afectación del Crédito Presupuestario (Nº 002310), corresponde una programación de transferencia fi nanciera por el monto total de S/ 1,903,837.00 (UN MILLÓN NOVESCIENTOS TRES MIL OCHOSCIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), bajo el mecanismo de pago por prestaciones administrativas, con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de la Fuerza Aérea del Perú, sustentada en las Notas Informativas Nº 000084-2025-SIS/GNF-JVJ y Nº 000032-2025-SIS/GNF-PDF; Que, mediante Informe Legal Nº 000410-2025- SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y la Gerencia de Negocios y Financiamiento, considera legalmente viable que la Jefa del Seguro Integral de Salud, en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/ 1,903,837.00 (Un millón novecientos tres mil ochocientos treinta y siete y 00/100 soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego Presupuestal 026 Ministerio de Defensa, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 472: Fuerza Aérea del Perú, para el fi nanciamiento de las prestaciones administrativas en mérito al convenio especí fi co suscrito; Con los vistos del Gerente de la Gerencia del Asegurado; del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; del Director General (e) de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en el Reglamento de Organización y Funciones del SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA y en el Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2014-SA y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 1,903,837.00 (Un millón novecientos tres mil ochocientos treinta y siete y 00/100 soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 472: Fuerza Aérea del Perú, para el fi nanciamiento de las prestaciones administrativas brindadas a los asegurados del SIS, en mérito al Convenio Nº 087-2024/MINSA-SIS-FAP. Artículo 2.- Disponer que las unidades ejecutoras que reciban la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS por prestaciones de salud y administrativas diferencie, para su incorporación y ejecución, las actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales, de acuerdo al Anexo Nº 01 de la Directiva Nº 008-2024-SIS/GNF-V.05 “Directiva de monitoreo, supervisión y seguimiento a las trasferencias fi nancieras del Seguro Integral de Salud”, aprobada con Resolución Jefatural Nº 000165-2024-SIS/J. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera, según corresponda. Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina General de Administración de Recursos, para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera señalada en el artículo 1. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en el diario o fi cial El Peruano, así como en el portal institucional del Seguro Integral de Salud (https://www.gob.pe/sis). Regístrese, comuníquese y publíquese.ZULMA ANAYA CHACÓN Jefa del Seguro Integral de Salud 2457229-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Designan Subdirector de la Subdirección de Servicios de Transporte Especial y Servicios Complementarios de la Dirección de Operaciones de la ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 354-2025-ATU/PE Lima, 11 de noviembre de 2025 VISTOS: El correo electrónico, de fecha 11 de noviembre de 2025, de la Gerencia General; el Informe N° D-000510-2025-ATU/GG-OGRH , de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; y, el Informe N° D-000923-2025- ATU/GG-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 064-2025-ATU/PE y recti fi cado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2025-ATU/PE, establecen que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, al Gerente General, así como a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas, de ser el caso, así como de emitir las resoluciones en los asuntos de su competencia; Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000113-2024-SERVIR-PE, publicada el día 6 de septiembre de 2024 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se formaliza el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 12-2024-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad de la ATU, que incluye los Cuadros N° 1, N° 2 y N° 4; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece las reglas para su implementación y en su literal b) se señala que el régimen contemplado en el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, es de aplicación hasta la culminación del proceso de implementación del régimen de Servicio Civil en cada entidad pública; Que, se encuentra vacante el puesto de Subdirector de la Subdirección de Servicios de Transporte Especial y Servicios Complementarios de la Dirección de Operaciones con Código AIRHSP Nº 002849 de la