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61 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de noviembre de 2025 El Peruano / ATU, puesto considerado de con fi anza, por lo que resulta necesario adoptar las acciones convenientes para garantizar el normal funcionamiento de las labores inherentes a dicho puesto; Que, por medio de correo electrónico, de fecha 11 de noviembre de 2025, la Gerencia General propuso evaluar al señor CÉSAR JESÚS CURIOSO CHILET para su designación en el puesto de Subdirector de la Subdirección de Servicios de Transporte Especial y Servicios Complementarios de la Dirección de Operaciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU; Que, a través del Informe N° D-000510-2025-ATU/ GG-OGRH, de fecha 11 de noviembre de 2025, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos concluye que resulta procedente designar al señor CÉSAR JESÚS CURIOSO CHILET en el puesto de Subdirector de la Subdirección de Servicios de Transporte Especial y Servicios Complementarios de la Dirección de Operaciones con Código AIRHSP Nº 002849 de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU; Que, mediante Informe N° D-000923-2025-ATU/GG- OAJ, de fecha 11 de noviembre de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable la designación indicada anteriormente; Contando con el visado de la Gerencia General, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 064-2025-ATU/PE y recti fi cado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2025-ATU/PE; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Designar, a partir del día 12 de noviembre de 2025, al señor CÉSAR JESÚS CURIOSO CHILET en el puesto de Subdirector de la Subdirección de Servicios de Transporte Especial y Servicios Complementarios de la Dirección de Operaciones con Código AIRHSP Nº 002849 de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU. Artículo 2 .- Noti fi car la presente resolución al señor CÉSAR JESÚS CURIOSO CHILET y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3 .- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu). Regístrese, comuníquese y publíquese.DAVID AUGUSTO HERNÁNDEZ SALAZAR Presidente Ejecutivo 2457557-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Aprueban transferencias financieras a entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 117-2025- CONCYTEC-P Lima, 11 de noviembre de 2025VISTOS: El O fi cio Nº D000527-2025-PROCIENCIA- DE, el Informe Técnico - Legal Nº 015-2025-PROCIENCIA-UGC-UPP-UAL y Proveído Nº 015-2025-PROCIENCIA-DE del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA; el I nforme Nº D000056-2025-CONCYTEC-OGPP-OPP-JAC, Memorando Nº D000062-2025-CONCYTEC-OGPP-OPP y Memorando Nº D001125-2025-CONCYTEC-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº D000106-2025-CONCYTEC-OGAJ-MMZ y Memorando Nº D000550-2025-CONCYTEC-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, autoriza, excepcionalmente, al CONCYTEC, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación a: i) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y ii) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 051-2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados – PROCIENCIA, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co y de Innovación Tecnológica – FONDECYT, y por medio de la Resolución de Presidencia Nº 058-2021-CONCYTEC-P, de fecha 9 de junio de 2021, se aprueba el Manual de Operaciones – MOP del Programa PROCIENCIA, el mismo que establece su estructura; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 076-2024-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 001-2024-CONCYTEC-P denominada “Directiva que regula el proceso de aprobación de transferencias fi nancieras y otorgamiento de subvenciones en el Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación – CONCYTEC”, en adelante, la Directiva; Que, los numerales 6.1.1 y 6.1.2 de la Directiva establecen que la Unidad de Gestión de Concursos, en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA son responsables, cada una en el ámbito de su competencia, de la información que se consigne en el Informe Técnico Legal (ITL), así como veri fi car que los convenios, contratos y adendas a mérito de los cuales se van a realizar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, se encuentren debidamente suscritos. Asimismo, elaboran y suscriben el ITL, en el que se sustenta la necesidad de aprobación de las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, utilizando para ello el Formato del Anexo Nº 01 e incluyen la copia de los Certi fi cados de Crédito Presupuestario; Que, el numeral 6.2.2 de la Directiva señala que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto evalúa la solicitud en materia presupuestal y procede a emitir opinión técnica y de ser favorable, remite el expediente a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Que, conforme al numeral 6.2.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, procede a elaborar el proyecto de resolución de aprobación de transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, y previa opinión legal favorable de la veri fi cación del cumplimiento del procedimiento establecido, remite el expediente a la Secretaría General