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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (13/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Jueves 13 de noviembre de 2025 El Peruano / UPFIC, ambos de su Unidad Funcional de Presupuesto, Formulación de Inversiones y Cooperación Técnica; asimismo, adjunta las autorizaciones de las certi fi caciones de crédito presupuestario N° 2045 y N° 2046 para el periodo 2025 y la constancia de previsión presupuestal por los periodos 2026 y 2027; Que, con el Memorando Nº 001632-2025-BNP-GG- OA, la O fi cina de Administración remite a la O fi cina de Asesoría Jurídica la precitada documentación. Asimismo, adjunta la Constancia de Previsión Presupuestal N° 012-2025-BNP debidamente suscrita por el Jefe de la O fi cina de Administración y el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, por los periodos 2026 y 2027, solicitando continuar con las acciones correspondientes para la emisión del respectivo acto resolutivo; Que, mediante el Informe Legal N° 000528-2025-BNP- GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto de la transferencia fi nanciera por retribución económica a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias; Que, el artículo 7 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2024-MC, dispone que la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú es el órgano de mayor autoridad y es ejercida por un/a Jefe/a Institucional quien ejerce la titularidad de la entidad y del pliego presupuestal; Con el visado de la Gerencia General, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Unidad Funcional de Administración Financiera de la O fi cina de Administración; y, la Unidad Funcional de Presupuesto, Formulación de Inversiones y Cooperación Técnica de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y; De conformidad con la Ley N° 32185, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2024- MC, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú; la Directiva N° 006-2025-CG/GRECE “Gestión de Sociedades de Auditoría para la ejecución de Auditorias Financieras Gubernamentales”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 314-2025-CG; y, la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, que aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que se debe transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo. SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia fi nanciera Autorizar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 72,499.00 (Setenta y dos mil cuatrocientos noventa y nueve con 00/100 soles), por el 100% del monto total de la retribución económica (incluye IGV), destinada a la contratación de la Sociedad de Auditoría para ejecutar la auditoría fi nanciera gubernamental del ejercicio fi scal 2025; así como, el pago por derecho de designación por los periodos 2025, 2026 y 2027, hasta por la suma S/ 11,058.00 (Once mil cincuenta y ocho con 00/100 soles). Artículo 2.- Financiamiento Los recursos de la transferencia fi nanciera a la que hace referencia el artículo 1 se realiza con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001: Biblioteca Nacional del Perú del Pliego 113: Biblioteca Nacional del Perú, por la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Genéricas de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias y 2.5 Otros Gastos, para lo cual la O fi cina de Administración debe efectuar las acciones administrativas que correspondan a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La O fi cina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera. Artículo 5.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (https://www.gob.pe/bnp), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN YANGALI QUINTANILLA Jefe Institucional 2458164-1 CENTRAL DE COMPRAS PÚBLICAS Aprueban modificación de la Directiva N° 003-2025-PERÚ COMPRAS, denominada “Directiva para la Gestión del Proceso de Homologación de Requerimientos”, en su versión 2 RESOLUCIÓN JEFATURAL-D N° 000094-2025- PERÚ COMPRAS-JEFATURA San Isidro, 12 de noviembre del 2025 VISTOS: El Informe-D N° 000013-2025-PERÚ COMPRAS- DETN-UFTN y el Memorando-D N° 000254-2025-PERÚ COMPRAS-DETN, ambos de fecha 23 de octubre de 2025, emitidos por la Dirección de Estrategias y Técnica Normativa; el Informe-D N° 000120-2025-PERÚ COMPRAS-DE, de fecha 28 de octubre de 2025, y el Informe-D N° 000122-2025-PERÚ COMPRAS-DE, de fecha 07 de noviembre de 2025, emitidos por la Dirección de Estandarización; el Informe-D N° 000006-2025-PERÚ COMPRAS-OPP-WPV, de fecha 30 de octubre de 2025, y el Memorando-D N° 000480-2025-PERÚ COMPRAS-OPP, de fecha 31 de octubre de 2025, emitidos por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe-D N° 000175-2025-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 10 de noviembre de 2025, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas – Perú Compras; y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 20.1 del artículo 20 de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (en adelante, la “Ley N° 32069”), vigente desde el 22 de abril de 2025, establece que la Central de Compras Públicas (Perú Compras) es el organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público. Constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, de acuerdo con el numeral 20.2 del artículo 20 de la Ley N° 32069, es función de Perú Compras promover, conducir y efectuar la estandarización de los requerimientos del Estado, así como diseñar, formular, aprobar, y difundir directivas y lineamientos en materias de