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50 NORMAS LEGALES Jueves 27 de noviembre de 2025 El Peruano / en el procedimiento 80 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad, aprobado por la Ordenanza Municipal 014-2019-MDJLO: a. Fotografía a color del poste a instalar y recorrido actual de las redes aéreas. b. Presupuesto de obra c. Especi fi caciones técnicas d. inspección técnica previa. SUSTENTO DE LA DECISIÓN:La Ley 29022 establece en el numeral 1 del artículo 5 que los procedimientos de instalación de infraestructura de telecomunicaciones están sujetos a un procedimiento administrativo de aprobación automática. Asimismo, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley 30477 señala que las autorizaciones de instalación de infraestructura para el servicio de telecomunicaciones se sujetan al procedimiento administrativo de aprobación automática. En ese sentido, las barreras burocráticas (i) y (ii) que sujetan a silencio administrativo negativo el Procedimiento 80 y a silencio administrativo positivo el Procedimiento 87, respectivamente, contravienen las leyes señaladas. Por otra parte, el artículo 5 de la Ley 29022 dispone que los requisitos para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones deben sujetarse exclusivamente a su reglamento. Así, los artículos 12 y 15 del Reglamento aprobado por el Decreto Supremo 003-2015-MTC establecen de manera taxativa los requisitos aplicables y no incluyen los correspondientes al numeral (iii), por lo que estos resultan adicionales y, por tanto, contravienen el referido régimen nacional de telecomunicaciones. Lo resuelto no desconoce las competencias municipales para realizar el cobro de derechos de tramitación y determinar su costo. Sin embargo, dichas competencias deben ser ejercidas respetando lo establecido en la Ley 29022, el Decreto Supremo 064-2010-PCM, el Decreto Supremo 200-2020-PCM, la Resolución 003-2010-PCM/ SGP y, las demás normas de alcance nacional sobre la materia, así como las disposiciones contenidas en el TUO de la Ley 27444. GILMER RICARDO PAREDES CASTRO Presidente 2462184-1 Declaran barreras burocráticas ilegales al cobro de derechos de tramitación establecidos en diversos procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional del Santa RESOLUCIÓN N° 0440-2025/SEL- INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 23 de octubre de 2025 ENTIDAD QUE IMPUSO LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Universidad Nacional del Santa NORMA QUE CONTIENE LAS BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional del Santa, aprobado Resolución 766-2022-CU- R-UNS del 18 de noviembre de 2022 PRONUNCIAMIENTO DE PRIMERA INSTANCIA: Resolución Final 0004-2025/CEB-INDECOPI-LAL del 24 de febrero de 2025BARRERAS BUROCRÁTICAS DECLARADAS ILEGALES: (i) El cobro de S/ 50.00 (cincuenta soles con 00/100) por derecho de tramitación correspondiente al procedimiento denominado “Constancia de Grado Académico y/o Título Profesional”, materializado en el Procedimiento 1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional del Santa (en adelante, la Universidad), aprobado mediante Resolución 766-2022-CU-R-UNS del 18 de noviembre de 2022. (ii) El cobro de S/ 100.00 (cien soles con 00/100) por derecho de tramitación correspondiente al procedimiento denominado “Certi fi cación de Grado y/o Título solicitados por Entidades Privadas”, materializado en el Procedimiento 3 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad, aprobado mediante Resolución 766-2022-CU-R-UNS del 18 de noviembre de 2022. (iii) El cobro de S/ 400.00 (cuatrocientos soles con 00/100) por derecho de tramitación correspondiente al procedimiento denominado “Segundo ejemplar de Diploma de Grado Académico”, materializado en el Procedimiento 5 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad, aprobado mediante Resolución 766-2022-CU-R-UNS del 18 de noviembre de 2022. (iv) El cobro de S/ 400.00 (cuatrocientos soles con 00/100) por derecho de tramitación correspondiente al procedimiento denominado “Segundo ejemplar de Diploma de Título Profesional”, materializado en el Procedimiento 6 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad, aprobado mediante Resolución 766-2022-CU-R-UNS del 18 de noviembre de 2022. (v) El cobro de S/ 150.00 (ciento cincuenta soles con 00/100) por derecho de tramitación correspondiente al procedimiento denominado “Recti fi cación de Datos en Diploma de Grado Académico”, materializado en el Procedimiento 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad, aprobado mediante Resolución 766-2022-CU-R-UNS del 18 de noviembre de 2022. (vi) El cobro de S/ 200.00 (dos cientos soles con 00/100) por derecho de tramitación correspondiente al procedimiento denominado “Recti fi cación de Datos en Diploma de Título Profesional”, materializado en el Procedimiento 8 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad, aprobado mediante Resolución 766-2022-CU-R-UNS del 18 de noviembre de 2022. (vii) El cobro de S/ 502.00 (quinientos dos soles con 00/100) por derecho de tramitación correspondiente al procedimiento denominado “Grado Académico de Bachiller”, materializado en el Procedimiento 19 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad, aprobado mediante Resolución 766-2022-CU-R-UNS del 18 de noviembre de 2022. (viii) El cobro de S/ 365.00 (trescientos sesenta y cinco soles con 00/100) por derecho de tramitación correspondiente al procedimiento denominado “Título Profesional”, materializado en el Procedimiento 20 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad, aprobado mediante Resolución 766-2022-CU-R-UNS del 18 de noviembre de 2022. (ix) El cobro de S/ 300.00 (trescientos soles con 00/100) por derecho de tramitación correspondiente al procedimiento denominado “Título de Segunda Especialidad Profesional”, materializado en el Procedimiento 21 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad, aprobado mediante Resolución 766-2022-CU-R-UNS del 18 de noviembre de 2022. (x) El cobro de S/ 1,025.00 (mil veinticinco soles con 00/100) por derecho de tramitación correspondiente al procedimiento denominado “Grado Académico de Maestro”, materializado en el Procedimiento 54 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad, aprobado mediante Resolución 766-2022-CU-R-UNS del 18 de noviembre de 2022.