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34 NORMAS LEGALES Domingo 30 de noviembre de 2025 El Peruano / Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, la SUCAMEC, fue creada con la fi nalidad de fortalecer las competencias del Sector Interior en el control, administración, supervisión, fi scalización, regulación normativa y sanción de las actividades en el ámbito de los servicios de seguridad privada, fabricación y comercio de armas, municiones y materiales relacionados, explosivos y productos pirotécnicos de uso civil; Que, el literal d) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la SUCAMEC, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 05463-2024-SUCAMEC, establece como una de las funciones del Superintendente Nacional, disponer la designación, suspensión o cese de los titulares de las unidades de organización y órganos desconcentrados de la institución; Que, se encuentra vacante el puesto de con fi anza de Ejecutivo(a) de la Jefatura Zonal Junín de la SUCAMEC; Que, a través del Informe N° 00957-2025-SUCAMEC- ORH, la O fi cina de Recursos Humanos concluyó que el señor CARLOS ALBERTO MORAN SALEM: “ (…) cumple con el per fi l del puesto y los requisitos requeridos para el puesto de Ejecutivo de la Jefatura Zonal Junín de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, de conformidad con lo establecido en el Manual de Per fi les de Puesto de la entidad, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 00006-2025-SUCAMEC-GG y modi fi cado mediante Resolución de Gerencia General N° 00075- 2025-SUCAMEC-GG, y con los requisitos establecidos en el artículo 14.4 y 15.2 del Reglamento de la Ley N°31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción” ; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; y, en uso de las facultades conferidas en el Decreto Legislativo N° 1127, Decreto Legislativo que crea la SUCAMEC, en el Decreto Supremo N° 007-2024-IN y en la Resolución de Superintendencia N° 05463-2024-SUCAMEC que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, y; Que, con el visado de la Gerenta General, del Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor CARLOS ALBERTO MORAN SALEM, en el puesto de con fi anza de Ejecutivo de la Jefatura Zonal Junín de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC. Artículo 2. - Noti fi car la presente resolución al señor CARLOS ALBERTO MORAN SALEM, a la O fi cina de Recursos Humanos y hacer de conocimiento a todas las unidades de organización de la entidad. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC (www.gob.pe/sucamec). Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL FERNANDO RIOS ZAVALA Superintendente Nacional 2464006-3 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad civil, subespecialidad comercial, a partir del 01 de diciembre de 2025, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Pasco Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000437-2025-CE-PJ Lima, 28 de noviembre del 2025VISTO: El O fi cio N° 000113-2025-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000113-2025-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Pasco, respecto a la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad civil, subespecialidad comercial en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ y la Resolución Administrativa N° 000363-2025-CE-PJ. Segundo. El Expediente Judicial Electrónico (EJE) promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial, previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000052-2024-P-PJ; en ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017- CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efectos de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales, en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero. Mediante la Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba el “Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2025”, el cual considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial.