TEXTO PAGINA: 24
24 NORMAS LEGALES Domingo 5 de octubre de 2025 El Peruano / autoridad administrativa de los órganos adscritos o descentralizados, proyectos especiales, programas u otros organismos dependientes de la entidad, con excepción de la aprobación de la lista de priorización, la autorización de contratación directa, la nulidad del proceso de selección o de sus etapas y la nulidad de ofi cio del respectivo convenio de inversión; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 027-2025-VIVIENDA se delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, a través del literal n) del numeral 1.1. del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 027-2025-VIVIENDA, se delega en el Viceministro de Construcción Saneamiento y en el Viceministro de Vivienda y Urbanismo, en materia de inversión pública, obras por impuestos y otras formas de asociación público privadas, la facultad y atribución para “Aprobar la remoción de los titulares del comité especial y designar a sus nuevos integrantes, bajo el mecanismo de obras por impuestos” ; Que, la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, a través de la Nota N° 365-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPPCS, que se sustenta en el Informe Técnico Legal N° 013-2025-VIVIENDA/ VMCS-DGPPCS-DGCCS de la Dirección de Gestión y Coordinación en Construcción y Saneamiento, propone y sustenta la modi fi cación del literal n) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 027-2025-VIVIENDA, a efectos de extender la facultad y atribución delegada en el citado literal, respecto a los miembros suplentes del Comité Especial; y así, garantizar la continuidad y validez de sus actuaciones en los procesos de selección, bajo el mecanismo de obras por impuestos; Que, asimismo, en el numeral 16.2 del artículo 16 de la Resolución Ministerial Nº 027-2025-VIVIENDA, se delega facultades y atribuciones en el Director Ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, en materia de obras por impuestos; Que, la Dirección Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, a través del Memorando Nº 1365-2025-VIVIENDA/VMVU-PMIB, que se sustenta en el Informe Legal Nº 267-2025-VIVIENDA/VMVU/PMIB- UAL de la Unidad de Asesoría Legal y el Informe Técnico Nº 31-2025-VIVIENDA/VMVU/PMIB/UEO de la Unidad de Estudios y Obras, propone y sustenta la modi fi cación del numeral 16.2 del artículo 16 de la Resolución Ministerial Nº 027-2025-VIVIENDA, a efectos de incorporar el literal n), a través del cual se le delegue facultades y atribuciones, en materia de obras por impuestos, para suscribir, modi fi car y resolver los contratos de supervisión con la entidad privada supervisora; Que, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, a través del Informe Nº 207-2025-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU, que se sustenta en el Informe Nº 187-2025-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU/ DGCVU y el Informe Legal 003-2025-VIVIENDA-VMVU- DGPPVU/DGCVU-PAAM de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y Urbanismo, concluye que resulta conveniente modi fi car la Resolución Ministerial Nº 027-2025-VIVIENDA en los términos propuestos por el Programa Mejoramiento Integral de Barrios; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de los Memorandos Nº 1658-2025-VIVIENDA/SG-OGPP y Nº 1736-2025-VIVIENDA/SG-OGPP, que se sustentan en los Informes Nº 0366-2025-VIVIENDA/OGPP-OPM y Nº 000376-2025-VIVIENDA/OGPP-OPM, respectivamente, de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, otorga viabilidad a las propuestas de modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº 027-2025-VIVIENDA, solicitadas por la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento y por el Programa Mejoramiento Integral de Barrios; Que, a través del Informe Nº 800-2025-VIVIENDA/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial que modi fi ca la Resolución Ministerial Nº 027-2025-VIVIENDA, conforme a lo propuesto y sustentado por la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento y por el Programa Mejoramiento Integral de Barrios; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y modi fi catorias; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modi fi catoria; la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y modi fi catorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 210-2022-EF, y modi fi catoria; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, y modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del literal n) del numeral 1.1 del artículo 1 y del numeral 16.2 del artículo 16 de la Resolución Ministerial Nº 027-2025-VIVIENDA Modi fi car el literal n) del numeral 1.1 del artículo 1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Resolución Ministerial Nº 027-2025-VIVIENDA, en los términos siguientes: “Artículo 1.- Delegación de facultades y atribuciones en el Viceministro de Construcción y Saneamiento y en el Viceministro de Vivienda y Urbanismo Delegar en el Viceministro de Construcción y Saneamiento y en el Viceministro de Vivienda y Urbanismo, en el ámbito de sus competencias, las facultades y atribuciones que a continuación se detallan: 1.1. En materia de inversión pública, obras por impuestos y otras formas de asociación público privadas: (…)n) Aprobar la remoción de los miembros del comité especial y designar a sus nuevos integrantes, bajo el mecanismo de obras por impuestos. (…)” “Artículo 16.- Delegación de facultades y atribuciones en el Director Ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios (…)16.2 En materia de Obras por Impuestos:(…) n) Suscribir, modi fi car y resolver los contratos de supervisión con la entidad privada supervisora.” Artículo 2.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial al Viceministro de Construcción y Saneamiento, al Viceministro de Vivienda y Urbanismo y al Director Ejecutivo del Programa Mejoramiento Integral de Barrios, para conocimiento y fi nes. Artículo 3.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2445322-1