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27 NORMAS LEGALES Domingo 5 de octubre de 2025 El Peruano / de la Dirección General de Presupuesto Público y el Memorando Nº 3465-2024-EF/53.04, actualizado mediante Memorando Nº 1825-2025-Ef/53.04 de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, la Secretaría General del MEF remite a SERVIR, en el ámbito de sus competencias, la opinión favorable sobre la propuesta de CPE del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”; Que, a través del Informe Nº 000400-2025-SERVIR- GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, encargada de la implementación y supervisión de las políticas y normas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, eleva el expediente del CPE presentado por el Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, precisando que se ha cumplido con compendiar y sistematizar la versión fi nal de la propuesta del CPE y los informes de opinión favorable de SERVIR y del MEF; recomienda, a su vez, que de contar con la aprobación de la propuesta de CPE del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, se declare el inicio del proceso de tránsito al régimen del Servicio Civil, a través del desarrollo de la Fase 2: Tránsito de los servidores civiles al régimen del Servicio Civil; Que, con Informe Legal Nº 000424-2025-SERVIR- GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos ha cumplido con realizar el compendio y sistematización del expediente del CPE del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”, por lo que opina que es legalmente viable continuar con el procedimiento de aprobación ante el Consejo Directivo de SERVIR; Que, por medio del Memorando Nº 000209-2025-SERVIR-GG y Proveído Nº 004064- 2025-SERVIR-GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de SERVIR, comunica que en la Sesión Nº 14-2025-CD, el mencionado Consejo Directivo aprobó el CPE del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”; Que, mediante Hoja Informativa Nº 000166-2025-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la Resolución de Presidencia Ejecutiva que formaliza la aprobación del CPE del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos”; y, se declare el inicio del proceso de implementación del régimen del Servicio Civil, a través del desarrollo de la Fase 2: Tránsito de los servidores civiles al régimen del Servicio Civil; Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y modi fi catorias; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM; y, la Directiva Nº 002-2024-SERVIR-GDSRH, “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Cuadro de Puestos de la Entidad ”, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000017-2024-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión Nº 14-2025-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos” que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva. Artículo 2.- Declarar iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil del Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos” , de conformidad con el numeral 25.8 del artículo 25 de la Directiva Nº 002-2024-SERVIR-GDSRH, “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Cuadro de Puestos de la Entidad” , cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 017-2024-SERVIR-PE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y su Anexo, en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir), en la misma fecha de la publicación de la citada resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 4.- De conformidad con el artículo 136 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, el Programa Nacional de Empleo “Jóvenes Productivos” deberá publicar en su sede digital la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA Presidente Ejecutivo Consejo Directivo 2445334-1 Aprueban Cuadro de Puestos de la Entidad del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL y declaran iniciado proceso de tránsito al régimen del servicio civil RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000174-2025-SERVIR-PE Lima, 3 de octubre de 2025 VISTOS: La propuesta presentada con los documentos C. 00338-GG/2024, C. 00462-GG/2024 y Carta Nº 000451-2025-ORH/OSIPTEL por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL; el O fi cio Nº 3884-2025-EF/13.01 de la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas; el Informe Nº 000412-2025-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; el Memorando Nº 000211-2025-SERVIR-GG y Proveído Nº 004065-2025-SERVIR-GG de la Gerencia General; el Informe Legal Nº 000426-2025-SERVIR-GG- OAJ y Hoja Informativa Nº 000167-2025-SERVIR-GG- OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil; Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; teniendo por fi nalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de e fi cacia y e fi ciencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057, crea el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE como un instrumento de gestión que reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal - CAP y al Presupuesto Analítico de Personal - PAP, indicando que el CPE de cada entidad se aprueba mediante resolución del Consejo Directivo de SERVIR, con opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público y de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante, “MEF”);