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11 NORMAS LEGALES Martes 14 de octubre de 2025 El Peruano / 2.2. De la revisión de la documentación detallada en el antecedente 1.1. de la presente resolución, se veri fi ca lo siguiente: a) La citación a sesión de concejo extraordinaria mediante correo electrónico con asunto “se noti fi ca el Acta de Sesión Extraordinaria Nº 11 de fecha 02 de junio de 2025”; y la noti fi cación del Acta de Sesión Extraordinaria Nº 12-2025-MDSJ-P/A, remitida a través del mismo medio de comunicación con asunto se noti fi ca el Acta de Sesión Extraordinaria Nº 12 de fecha 10 de junio de 2025”, fueron recibidas por la señora regidora el 5 y 12 de junio de 2025, respectivamente, en concordancia con lo establecido en el numeral 20.4 del artículo 20 del TUO de la LPAG (ver SN 1.7.). b) El Acta de Sesión Extraordinaria Nº 12-2025-MDSJ- P/A y el Acuerdo de Concejo Nº 2-2025-MDSJ-P/A, ambos del 10 de junio de 2025, fueron suscritos en concordancia con lo establecido en el artículo 23 de la LOM. c) Del Informe Nº 01-2025-MDSJ-P/TD, del 7 de julio de 2025, se observa que la señora regidora no interpuso recurso de impugnación en contra de su declaratoria de vacancia , dentro del plazo establecido en el artículo 23 de la LOM, por lo que, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 74-2025-MDSJ-P/A, emitida en la misma fecha, se rati fi có la decisión dispuesta en el Acta de Sesión Extraordinaria Nº 12-2025-MDSJ-P/A. 2.3. Por consiguiente, al veri fi carse que se respetó el derecho a la impugnación de la señora regidora, conforme lo determina la LOM y las formalidades que dispone el TUO de la LPAG (ver SN 1.4., 1.6. y 1.7.), corresponde a este Supremo Tribunal Electoral, en atención a lo previsto en el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.5.), dejar sin efecto la credencial que le fue otorgada. 2.4. En ese sentido, se debe convocar a doña Lina Mercedes Poquioma Gallac, identi fi cada con DNI Nº 45740556, candidata no proclamada de la organización política Victoria Amazonense, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Jerónimo, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo, por el periodo de gobierno municipal 2023- 2026. 2.5. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 28 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Bongará, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Jhanelly Gupioc Gómez como regidora del Concejo Distrital de San Jerónimo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por haber incurrido en la causal de vacancia, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Lina Mercedes Poquioma Gallac, identi fi cada con DNI Nº 45740556, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Jerónimo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023- 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución Nº 117- 2025-JNE.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, publicado el 25 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano. 2 Aprobado mediante la Resolución N.º 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2447441-1 Declaran nulo el Acuerdo de Concejo N° 007-2025-MDH, que aprobó solicitud de vacancia presentada en contra de regidora del Concejo Distrital de Changuillo, provincia de Nasca, departamento de Ica RESOLUCIÓN Nº 0328-2025-JNE Expediente Nº JNE.2025001999 CHANGUILLO - NASCA - ICAVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 13 de agosto de 2025 VISTO: el O fi cio Nº 027-2025-MDCH/GM ABOG. LIC.ADM B.D.H., presentado, el 5 de mayo de 2025, por don Boris Díaz Huamaní, gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Changuillo, provincia de Nasca, departamento de Ica (en adelante, señor gerente municipal), en el marco del procedimiento de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de doña Elizabeth Romero Tenorio, regidora del citado concejo distrital (en adelante, señora regidora), por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTESEn el Expediente Nº JNE.2025000255 (traslado)1.1. El 31 de enero de 2025, don Yerlin Rodolfo Céspedes Figueroa (en adelante, señor solicitante) peticionó el traslado de su solicitud de vacancia formulada contra la señora regidora, por la causal prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la LOM. 1.2. Mediante el Auto Nº 1, del 6 de febrero de 2025, este órgano electoral trasladó la referida solicitud al Concejo Distrital de Changuillo para que cumpla con tramitarla conforme al procedimiento legalmente establecido. 1.3. A través del O fi cio Nº 014-2025-MDCH/GM ABOG.LIC.ADM B.D.H, del 26 de febrero de 2025, el señor gerente municipal remitió, en cumplimiento del citado Auto Nº 1, los cargos de noti fi caciones dirigidos a los señores regidores. 1.4. Posteriormente, por medio del O fi cio Nº 028- 2025-MDCH/GM ABOG.LIC.ADM B.D.H, del 7 de mayo de 2025, el señor gerente municipal envió los siguientes documentos: