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48 NORMAS LEGALES Sábado 18 de octubre de 2025 El Peruano / Sobre la base de la referida Escala de Viáticos, mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario O fi cial El Peruano, las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de fi nanciamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fi scal; - Sustentación de viáticos, conforme al Art. 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM (artículo modi fi cado por el D.S. N° 056-2013-PCM), Los funcionarios y servidores públicos que realicen viajes al exterior debidamente autorizados (...) deberán sustentar con documentos hasta por lo menos el ochenta por ciento (80%) del monto de viáticos asignado. El veinte por (20%) restante podrá sustentarse mediante declaración jurada. El funcionario o servidor público hará devolución del monto correspondiente a los viáticos cuyo gasto no se encuentre debidamente sustentado, en el plazo establecido en el Artículo 10 del presente Decreto Supremo. - Obligación de Presentar informe, conforme al Art. 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, en concordancia con la Ley N° 32185 que aprueba la “Ley de Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Año Fiscal 2025” en su Artículo 4°.- Acciones Administrativas en la Ejecución del Gasto Público, señala. 4.1 “Las entidades públicas sujetan la ejecución de sus gastos a los créditos presupuestarios autorizados en la Ley de Presupuesto del Sector Público (…)” y 4.2 “Todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativas que autoricen gastos no son e fi caces si no cuentan con el crédito presupuestario correspondiente en el Presupuesto Institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios, bajo la exclusiva responsabilidad del Titular de la Entidad, así como del Jefe de la O fi cina de Presupuesto y del Jefe de la O fi cina de Administración o los que hagan veces, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1440…”. Y en su Artículo 5°.- Control del Gasto regula 5.1“Los titulares de las entidades públicas, el jefe de la O fi cina de Presupuesto y el jefe de la O fi cina de Administración, o los que hagan sus veces en el pliego presupuestario, son responsables de la debida aplicación de los dispuestos en la presente Ley (…)”; Que, mediante Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 - Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobado con Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, establece en su Artículo 12°. Certi fi cación del Crédito Presupuestario y su registro en el SIAF-SP “12.1 La certi fi cación del crédito presupuestario a que hace referencia los numerales 41.1, 41.2 y 41.3 del artículo 41 del Decreto Legislativo Nº 1440, constituye un acto de administración cuya fi nalidad es garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario disponible y libre de afectación, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el año fi scal respectivo, en función a la PCA, previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que regulen el objeto materia del compromiso.”; Que, a través del Memorándum N° 2170-2025-UP- OPYPTO-UNP del 14.Oct.2025, emitido por el Dr. Ernesto Quezada Poicón, Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el CPC. Andrés Ipanaque Feria, Jefe de la Unidad de Presupuesto, se otorga certi fi cación presupuestal para atender lo solicitado, según el detalle siguiente: CADENA FUNCIONAL PROGRAMATICA CERTIFICADO N° 6888 RUBRO DE FINANCIAMIENTO00: RECURSOS ORDINARIOS GENERICA DE GASTO0014 SERVICIOS EDUCACIONALES COMPLEMENTARIOSECCION FUNCIONAL2.3 BIENES Y SERVICIOS APELLIDOS Y NOMBRESPARTIDAS OTORGANDO 2.3.2.1.1.1 2.3.2.1.1.2. Mgtr. UBALDINA LOPEZ GARCIA9,621.50 13,230.00 PASAJES AÉREOS = $2,749*3.5 T.C. VIATICOS = $540*7 DIAS*3.5 TOTAL META 0014 S/. 22,851.50 Que, con O fi cio N° 4251-J-URH-UNP-2025 del 15.Oct.2025, la Mtro. Econ. Viviana E. Bustamante Palomino, Jefa de la Unidad de Recursos Humanos alcanza el O fi cio N° 0864-AE-URH-UNP-20255 del 15.Oct.2025, suscrito por el Miguel Arturo Davies Castro, Especialista del Área de Escalafón de la Unidad de Recursos Humanos, se señala textualmente: “(…) el Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de Piura, está solicitando la modi fi cación de la fecha de viaje en razón que por razones administrativas se pospuso la fecha de las charlas informativas sobre gestión de convenios y transferencias de conocimiento de la servidora administrativa nombrada Ubaldina López García, Subjefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de Piura, quien ha sido invitada por la Universidad Politécnica de Valencia - España para realizar una pasantía Administrativa. La fecha que se llevará a cabo las charlas informativas sobre gestión de convenios y transferencias será del 20 al 27.Oct.2025 en la Dirección Académica de Relaciones Institucionales de la Universidad Politécnica de Valencia España. Al respecto, visto que lo solicitado cuenta con cobertura presupuestal (Memorándum N° 2170-2025-UP-OPYTO-UNP) y de acuerdo al Estatuto de la Universidad Nacional de Piura en su Artículo Nº 297.3, esta Unidad de Recursos Humanos opina por la procedencia de la licencia con goce de haber para realizar una pasantía administrativa en la Universidad Politécnica de Valencia - España a partir del 20 al 27.Oct.2025.”; Que, complementariamente, con O fi cio N° 407-OCRI- UNP-2025 del 16.Oct.2025, el Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales informa que en virtud del convenio suscrito entre la Universidad Politécnica de Valencia – UPV-España y la Universidad Nacional de Piura se ha invitado a la Mgtr. Ubaldina López García a realizar una pasantía, en ese sentido, hace llegar el Plan de Trabajo que se realizara en la UPV-España; Que, con Informe Legal N° 1394-2025-OCAJ-UNP del 16.Oct.2025, la Abog. Evelyn M. Adrianzen Palacios, en calidad de Jefe (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica, textualmente recomienda: “a) Declarar procedente lo solicitado por el Jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales conformo al requerimiento contenido en el O fi cio N° 404-OCRI-UNP-2025 del 07.Oct.2025 concerniente al cambio de fecha de viaje a España, asimismo la solicitud de pasajes tanto nacionales como internacionales, así como viáticos internacionales a favor de la Subjefa de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, Mg. UBALDINA LOPEZ GARCIA, al haber sido invitada por la Universidad Politécnica de Valencia - España para realizar una pasantía administrativa que se llevará a cabo del 20 al 27.Oct.2025 en la Dirección Académica de Relaciones Institucionales la Universidad Politécnica de Valencia - España, ello en merito a lo señalado por el Especialista del Área de Normas y Control adscrito a la Unidad de Recursos Humanos, mediante O fi cio N° 0864-2025-UNP- URH-ANYC, el cual considera procedente la mencionada licencia con goce de haber. b) Asimismo, se aprueba la solicitud de viáticos internacionales al país de España de acuerdo a su categoría asimismo pasajes aéreos naciones e internacionales (ida y retorno), a la Subjefa de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, Mg. UBALDINA LOPEZ GARCIA teniendo en cuenta la cobertura presupuestal emitida tanto por el Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, así como del Jefe de la Unidad de Presupuesto mediante Memorándum N° 2170-2025-UP-OPPYPTO-UNP por el monto total ascendente a VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTAIUN CON 50/100 SOLES (S/. 22,851.50);