NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (16/09/2025)
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91 NORMAS LEGALES Martes 16 de setiembre de 2025 El Peruano / Con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 038-2025-MP-FN-JFS, de fecha 15 de mayo de 2025, se crearon treinta y tres (33) plazas de fi scales provinciales para el fortalecimiento de las fi scalías corporativas penales, con el objetivo de brindar atención prioritaria a los casos de detenidos en fl agrancia en diversos distritos fi scales, correspondiendo tres (3) de estas plazas al Distrito Fiscal de Lima Este. Posteriormente, mediante la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 045-2025-MP-FN-JFS, de fecha 7 de agosto de 2025, se dispuso la creación de treinta y tres (33) Fiscalías Provinciales Penales de Flagrancia Delictiva a nivel nacional, de las cuales tres (3) corresponden al Distrito Fiscal de Lima Este, denominadas: 1°, 2° y 3° Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Este. A través del o fi cio Nº 001110-2025-MP-FN-STI- NCPP, la O fi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal elevó la propuesta de diseño organizacional de los despachos fi scales que conformarían las Fiscalías Provinciales Penales de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Este. La referida propuesta de conformación distribuye las plazas fi scales de la siguiente manera: la 1° Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Este contará con una (1) plaza de fi scal provincial y seis (6) plazas de fi scales adjuntos provinciales, la 2° Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Este contará con una (1) plaza de fi scal provincial y cinco (5) plazas de fi scales adjuntos provinciales, y la 3° Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Este contará con una (1) plaza de fi scal provincial y cinco (5) plazas de fi scales adjuntos provinciales. Con los o fi cios n.os 005661 y 005857-2025-MP- FN-PJFS-DFLE, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este elevó al Despacho de la Fiscalía de la Nación las ternas de candidatos para cubrir las plazas de tres (3) fi scales provincial y un (1) fi scal adjunto provincial y, con los ofi cios n.os 007453 y 007456-2025-MP-FN-PJFS-DFLE precisó la ubicación de los tres (3) fi scales provinciales y los dieciséis (16) fi scales adjuntos provinciales que serán designados en las Fiscalías Provinciales Penales de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Este. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010- PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. El proceso de evaluación y selección de los fi scales provisionales se rige por los criterios de especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad, conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, el artículo 32 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, y el o fi cio circular Nº 003-2024-MP-FN. En ese sentido, se procedió a la revisión de los per fi les de los candidatos propuestos por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este a fi n de garantizar la idoneidad para el cargo. En atención a la creación de las Fiscalías Provinciales Penales de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Este y a la propuesta de organización operativa presentada, resulta necesario dar por concluidas la asignación temporal de las quince (15) plazas de fi scal adjunto provincial efectuada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1939-2024-MP-FN, así como las designaciones de personal fi scal dispuestas mediante la citada resolución y las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 1955-2024-MP-FN y 2128-2025-MP-FN. En mérito a lo expuesto, con el objetivo de coadyuvar a la labor fi scal y a fi n de priorizar la atención de los casos con detenidos en situación de fl agrancia delictiva, es pertinente asignar al Distrito Fiscal de Lima Este las tres (3) plazas de fi scal provincial creadas por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 038-2025-MP- FN-JFS y las dieciséis (16) plazas de fi scal adjunto provincial creadas por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 032-2024-MP-FN-JFS, para la conformación de la 1°, 2° y 3° Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Lima Este; en consecuencia, previa veri fi cación de los requisitos legales, corresponde nombrar con carácter provisional a los abogados propuestos como fi scales provinciales — previa conclusión de su nombramiento y designación— y fi scales adjuntos provinciales, así como designar al personal fi scal —provincial y adjunto provincial— que ocupará las plazas en las referidas fi scalías, conforme a la propuesta formulada por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento y designación de fi scales adjuntos provinciales provisionales; materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 645-2019-MP-FN, 1978-2019-MP-FN, 971-2020-MP-FN y 1513-2021-MP-FN de fechas 22 de marzo y 26 de julio de 2019, 4 de septiembre de 2020 y 17 de noviembre de 2021, respectivamente, conforme al siguiente detalle: - MARILU INES MONTES CCORIMANYA, del Distrito Fiscal de Lima Norte, en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Carabayllo - SHIRLEY PINTO VILA, del Distrito Fiscal de Lima Este, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita Artículo Segundo.- Dar por concluida la designación de fi scales adjuntos provinciales provisionales en las fi scalías del Distrito Fiscal de Lima Este; materia del artículo segundo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1939-2024-MP-FN de fecha 6 de septiembre de 2024, el artículo quinto de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1955-2024-MP-FN de fecha 9 de septiembre de 2024 y el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación 2128-2025-MP-FN de fecha 10 de julio de 2025; conforme al siguiente detalle: 1) ALMA CECILIA CASANOTAN AYAY, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja 2) ANDRES MEGO SILVA, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita 3) BELEN DELGADO TUERO, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Alta 4) CARMEN LOPEZ CHAVEZ, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Media 5) CHRISTIAN RILDO FERNANDEZ RIVERA, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Anita 6) CORINA YESABELL MORAN CALDERON, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja 7) DENISE ARAUCO MAYORCA, en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Molina 8) ELSA GUISELLA GUILLEN LOPEZ DE CELIS, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa Transitoria de El Agustino 9) EMILY JANE ZAVALETA CARBONEL, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Media