NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (16/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 75
75 NORMAS LEGALES Martes 16 de setiembre de 2025 El Peruano / autoridades cuestionadas supuso una toma de decisión con relación a la administración o dirección en la entidad municipal, no se con fi gura el supuesto de hecho contenido en el artículo 11 de la LOM. 2.21. Siendo así, corresponde desestimar el recurso de apelación y con fi rmar el acuerdo de concejo materia de impugnación. 2.22. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.9.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por doña Liliana Lizeth Ascárate Galán; y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 048-2024-MDLU-CM, del 6 de noviembre de 2024, que declaró improcedente la solicitud de vacancia presentada en contra de don Ruperto Fernández Sernaqué, doña Julissa Mercedes Juárez Yovera, don Percy Orlando Inga Yovera, doña Kattia Margot Flores Morales y don Miguel Ángel Sánchez Silva, regidores del Concejo Distrital de La Unión, provincia y departamento de Piura, por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución Nº 117- 2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado mediante Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, publicado el 25 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano. 2 Aprobado mediante la Resolución N.º 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2438839-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Tumbes, departamento de Tumbes, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN Nº 0372-2025-JNE Expediente Nº JNE.2024003672 TUMBES - TUMBES VACANCIA APELACIÓN Lima, 28 de agosto de 2025 VISTO: en audiencia pública virtual del 27 de agosto de 2025 y votado en la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Clever Vidal Arcela Saavedra (en adelante, señor recurrente) en contra del Acuerdo de Concejo Nº 077-2024-MPT-CM, del 23 de octubre de 2024, que desaprobó la solicitud de vacancia presentada contra don Dany Milton Cruz Pérez, regidor del Concejo Provincial de Tumbes, departamento de Tumbes (en adelante, señor regidor), por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). PRIMERO. ANTECEDENTESSolicitud de declaratoria de vacancia 1.1. El 6 de setiembre de 2024, don Marlon Ademir de Jesús Terranova Heredia presentó ante el concejo municipal su solicitud de vacancia contra el señor regidor, por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la LOM, argumentando esencialmente lo siguiente: a) El 3 de octubre de 2023, a través de la Resolución de Alcaldía Nº 411-2023/MPT-ALC, se encargó el despacho de la alcaldía al señor regidor a partir del 4 del mismo mes y año, “durante la ausencia del titular, por encontrarse en comisión de servicio en la ciudad de Lima”. b) El alcalde de la Municipalidad Provincial de Tumbes solo le delegó las atribuciones políticas, mas no las administrativas, que el señor regidor se atribuyó al emitir diversas disposiciones. c) El señor regidor asumió funciones administrativas no contempladas en la Resolución de Alcaldía Nº 411-2023/MPT-ALC. 1.2. A efectos de acreditar los hechos expuestos, adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) Resolución de Alcaldía Nº 411-2023/MPT-ALC, del 3 de octubre de 2023 b) Memorando Múltiple Nº 045-2023/MPT-ALC, del 4 de octubre de 2023 c) Memorando Nº 488-2023/MPT-ALC, del 4 de octubre de 2023 d) Memorando Nº 489-2023/MPT-ALC, del 4 de octubre de 2023 e) Memorando Nº 490-2023/MPT-ALC, del 4 de octubre de 2023 f) Memorando Nº 491-2023/MPT-ALC, del 4 de octubre de 2023 g) Memorando Nº 492-2023/MPT-ALC, del 5 de octubre de 2023 h) Memorando Nº 493-2023/MPT-ALC, del 5 de octubre de 2023 i) Memorando Nº 494-2023/MPT-ALC, del 5 de octubre de 2023 j) Memorando Nº 495-2023/MPT-ALC, del 5 de octubre de 2023 k) Acta de reunión, del 4 de octubre de 2023 l) Informe Nº 638-2023-MPT-GR/VHVO, del 17 de octubre de 2023 m) Documento denominado “ORDENANZA MUNICIPAL Nº -2023-MPT-CM” n) Informe s/n, del 27 de setiembre de 2023 o) Ordenanza Municipal Nº 016-2023-MPT/CM, del 29 de diciembre de 2023 1.3. El 22 de octubre de 2024, el señor recurrente peticionó su adhesión a la solicitud de vacancia formulada por don Marlon Ademir de Jesús Terranova Heredia contra el señor regidor. Decisión del concejo municipal 1.4. En la sesión extraordinaria del 22 de octubre de 2024, el Concejo Provincial de Tumbes admitió el pedido de adhesión formulado por el señor recurrente y, asimismo, desaprobó la solicitud de vacancia al no haber alcanzado el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros –cuatro (4) votos en contra y siete (7) a favor (la autoridad cuestionada emitió