Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (16/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Martes 16 de setiembre de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, se eleva la propuesta en terna para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ayacucho. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Jorge Luis Curo Rojas, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ayacucho; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 00059-2025-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 10 de septiembre de 2025. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al abogado Jorge Luis Curo Rojas, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándolo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ayacucho. Artículo Segundo.- Disponerque la O fi cina General de Potencial Humano realice las acciones que correspondan, considerando el régimen laboral al que se encuentra sujeto el abogadoJorge Luis Curo Rojas. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2438782-2 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2836-2025-MP-FN Lima, 15 de setiembre de 2025VISTOS: El o fi cio Nº 001517-2025-MP-FN-CN-FEVCMYGF e informe Nº 00058-2025-MP-FN-OREF-LLA, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, se eleva la propuesta en terna para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Jacobo Hunter. Con o fi cio Nº 001736-2025-MP-FN-UEDFAREQ-APH, emitido por el Área de Potencial Humano del Distrito Fiscal de Arequipa, se informa que la plaza mencionada en el párrafo precedente cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y con disponibilidad presupuestal para ser ocupada. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada Rocio Fabiola Huallpa Leyva, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunta provincial en la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Jacobo Hunter; en atención al marco normativo, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 00058-2025-MP-FN-OREF-LLA, de fecha 10 de septiembre de 2025. Cabe acotar que la abogada Rocio Fabiola Huallpa Leyva actualmente labora a plazo indeterminado bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo n.o728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), por lo que corresponde la reserva de su plaza de origen. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Rocio Fabiola Huallpa Leyva, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa, designándola en la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Jacobo Hunter, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia,