NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (25/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 34
34 NORMAS LEGALES Jueves 25 de setiembre de 2025 El Peruano / minimizar, restaurar, compensar o corregir los impactos ambientales negativos derivados de los mismos, teniendo como fi nalidad promover que los proyectos de telecomunicaciones se ejecuten salvaguardando el derecho de las personas a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado, propiciando el desarrollo sostenible del país mediante una efectiva gestión y protección del ambiente y los recursos naturales; Que, mediante la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, se crea el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA (en adelante, Ley N° 27446) como un sistema único y coordinado de identi fi cación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio de proyectos de inversión. Asimismo, establece un proceso uniforme que comprende los requerimientos, etapas y alcances de las evaluaciones de impacto ambiental de proyectos de inversión y establece los mecanismos que aseguran la participación ciudadana en el proceso de dicha evaluación; Que, el literal d) del artículo 8 de Reglamento de la Ley N° 27446, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, dispone que las autoridades competentes tienen la función de emitir normas para regular y orientar el proceso de evaluación de impacto ambiental de los proyectos de inversión a su cargo; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Directiva para Fortalecer el Desempeño de la Gestión Ambiental Sectorial, aprobada por Resolución Ministerial N° 018-2012-MINAM, señala que las autoridades ambientales sectoriales deben aprobar o actualizar, previa opinión favorable del Ministerio del Ambiente, el Reglamento de Protección Ambiental Sectorial, que es el documento sectorial que de fi ne los principios, lineamientos, derechos, obligaciones y procedimientos, aplicables a las personas y a los titulares de las actividades sectoriales, así como sobre los instrumentos de gestión ambiental respectivos; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de autoridad sectorial nacional competente en materia de infraestructura de comunicaciones, conforme lo establece el numeral 2 del artículo 7 del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2024-MTC, ha identi fi cado aspectos de mejora en la gestión ambiental del sector, para brindar mayor certidumbre jurídica a los titulares de los proyectos; Que, a través del Informe N° 0112-2025-MTC/26, la DGPRC propone y sustenta el proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2024-MTC, recomendando su prepublicación; Que, de acuerdo con el artículo 19 del Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; Que, asimismo, el literal c) del numeral 1 del artículo 20 de la referida norma, establece que el plazo de recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo normativa de rango superior que establezca lo contrario; Que, resulta necesario publicar el proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2024-MTC; en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el plazo de quince (15) días calendario, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía en general; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2024-MTC; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0658-2021-MTC; y, el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2024-MTC, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto normativo al que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sean presentados a través de la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (mpv.mtc.gob.pe) o por escrito a su sede principal, ubicada en Jr. Zorritos N° 1203, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones del Despacho Viceministerial de Comunicaciones, o al correo electrónico: info.dgprc@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2442081-1 Designan Directora de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Ferroviario de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 663-2025-MTC/01 Lima, 23 de setiembre de 2025CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme al literal i) del artículo 8 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, es función del Despacho Ministerial designar a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Directoral N° 0401-2025-MTC/11, se designa temporalmente a partir del 19 de junio de 2025, al señor Pedro Olivares Muñoz en el cargo de Director de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Ferroviario de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tanto se designe al titular que ejercerá dicho cargo; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al titular que ejercerá el cargo de Director/a de la Dirección