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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (30/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Martes 30 de setiembre de 2025 El Peruano / de setiembre de 2025, de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 01370-2025-SUNARP/OTI del 25 de setiembre de 2025, de la O fi cina de Tecnologías de la Información; y, el Informe N° 00971-2025-SUNARP/OAJ del 25 de setiembre de 2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas y normas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de plani fi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simpli fi cación, integración y modernización de los Registros; Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; precisando, incluso, como una de las obligaciones de los servidores del Estado el de privilegiar, en el cumplimiento de sus funciones, la satisfacción de las necesidades del ciudadano; Que, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que, en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la e fi ciencia; por lo que, su gestión debe realizarse optimizando la utilización de los recursos disponibles, procurando la innovación y la mejora continua; Que, el numeral 1.15 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, recoge el principio de predictibilidad o de con fi anza legítima, estableciendo que las actuaciones de la autoridad administrativa deben permitir que, en todo momento, el administrado pueda tener una comprensión cierta sobre los requisitos, trámites, duración estimada y resultados posibles que se podrían obtener, en cada procedimiento a su cargo; Que, mediante el o fi cio de vistos, la jefatura de la Zona Registral N° IX remitió a esta Superintendencia una propuesta que permita el despliegue a nivel nacional de un módulo virtual de orientación al usuario, el cual venía siendo empleado por dicha zona registral en la atención de consultas registrales; para tal fi nalidad se realizó una revisión técnica y normativa del citado módulo, considerando la incorporación de jurisprudencia registral relativa a los actos inscribibles, el acceso directo a formularios, entre otros factores que posibilite una difusión uniforme de la información registral que se brinda a todos los ciudadanos; Que, habiéndose efectuado las adecuaciones técnicas y normativas pertinentes al módulo informativo de la Zona Registral N° IX, corresponde su despliegue a nivel nacional, el mismo que, bajo la denominación “Orientador Sunarp, tu guía registral” ubicado en la sede digital de la Sunarp, lo que permitirá que todos los ciudadanos accedan fácilmente a los requisitos, base legal, tasas, jurisprudencia registral, formularios, según corresponda, entre otros elementos informativos, de manera dinámica, visual, auditiva y gratuita; Que, el módulo virtual “Orientador Sunarp, tu guía registral” se encuentra disponible en la sede digital de la Sunarp las veinticuatro (24) horas del día, de todos los días de la semana, al cual podrán acceder los “Agentes Sunarp” de las Municipalidades y Notarías, personal de orientación de las o fi cinas registrales, así como todos los ciudadanos interesados en los servicios registrales; asimismo, cuenta con per fi les especí fi cos para servidores internos de la entidad encargados de actualizar la información registral, obtener reportes estadísticos y demás indicadores que permita una mejor gestión del servicio público registral; Que, conforme a los considerandos precedentes y en el marco de la mejora continua que rige la prestación de los servicios registrales, se reconoce la necesidad de aprobar la implementación del módulo virtual “Orientador Sunarp, tu guía registral” a nivel nacional, con la fi nalidad brindarle al ciudadano información comprensible, concisa y veraz respecto a la prestación del servicio público registral, colaborando, además, con las funciones que cumplen los Agentes Sunarp de las Municipalidades y Notarías; y con los servidores públicos de la entidad encargados de brindar orientación registral al ciudadano; Que, en el inciso d) del artículo 4 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, actualizado con la Resolución N° 00125-2024-SUNARP/SN, se establece como una de las funciones de la Sunarp la de dirigir, plani fi car, organizar, normar, ejecutar, supervisar y evaluar el proceso de simpli fi cación, integración y modernización tecnológica de los Registros que integran el Sistema Nacional de los Registros Públicos; Que, mediante el Informe Técnico N° 00082-2025-SUNARP/DTR, la Dirección Técnica Registral sustenta la necesidad de aprobar el módulo virtual denominado “Orientador Sunarp, tu guía registral” con alcance nacional; lo que cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Tecnologías de la Información plasmada en el Memorándum N° 01370-2025-SUNARP/OTI; Que, con el Informe N° 00971-2025-SUNARP/OAJ, la O fi cina de Asesoría concluye que resulta legalmente viable la aprobación del módulo virtual denominado “Orientador Sunarp, tu guía registral” y que, el respectivo acto resolutivo debe ser emitido por la Superintendencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en los literales i) e y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp; De conformidad con el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, actualizado por la Resolución N° 00125-2024-SUNARP-SN; y, contando con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral, la O fi cina de Tecnologías de la Información, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del módulo virtual denominado “Orientador Sunarp, tu guía registral”. Aprobar el módulo virtual gratuito denominado “Orientador Sunarp, tu guía registral”, el cual permite que los “Agentes Sunarp” de las Municipalidades y Notarías, personal de orientación de las o fi cinas registrales, así como todos los ciudadanos interesados en los servicios registrales, consulten de manera dinámica, visual, auditiva y simple los requisitos, base legal, tasas, disposiciones normativas, jurisprudencia registral, así como aquella información adicional sobre los actos inscribibles que conforman los registros jurídicos a cargo de la Sunarp. Artículo 2.- Per fi les, roles y actualización de la información registral Disponer que la Dirección Técnica Registral, en coordinación con la O fi cina de Tecnologías de la Información, comuniquen los per fi les de uso interno del módulo virtual “Orientador Sunarp, tu guía registral” a las Zonas Registrales. Asimismo, encargar a la Dirección Técnica Registral para que, a través de sus subdirecciones de Gestión del Procedimiento Registral, Normativa Registral y Formación Registral, mantengan la actualización oportuna del contenido de la información disponible en el módulo virtual “Orientador Sunarp, tu guía registral”. Artículo 3.- Implementación Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información, en coordinación con la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, implementen el módulo virtual “Orientador Sunarp, tu guía registral” en la sede digital de la Sunarp.