NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (30/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 42
42 NORMAS LEGALES Martes 30 de setiembre de 2025 El Peruano / Corte Superior de Justicia de Loreto - Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Maynas Corte Superior de Justicia de Piura - Juzgado Civil Transitorio – Huancabamba Corte Superior de Justicia de San Martín - Juzgado Civil Transitorio – Mariscal Cáceres- Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio - Tarapoto Corte Superior de Justicia de la Selva Central - Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Satipo Corte Superior de Justicia de Tacna - Juzgado Civil Transitorio – Tacna c) Hasta el 31 de enero de 2026 Corte Superior de Justicia de Arequipa - 2° Juzgado Civil Transitorio – Arequipa Corte Superior de Justicia de Lima - 9° Juzgado Civil Transitorio – Lima Corte Superior de Justicia de Lima Norte - Juzgado de Familia Transitorio -San Martín de Porres Corte Superior de Justicia de Piura - Juzgado de Trabajo Transitorio – Piura - Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio - Castilla d) Hasta el 28 de febrero de 2026 Corte Superior de Justicia de Amazonas - Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Utcubamba Corte Superior de Justicia de Huánuco - Juzgado Civil Transitorio – Rupa Rupa (Leoncio Prado) Corte Superior de Justicia de Huaura - Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Barranca Corte Superior de Justicia de Piura - Sala Laboral Transitoria – Piura Corte Superior de Justicia de Puno - Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – San Román Corte Superior de Justicia de San Martín - Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Tarapoto Corte Superior de Justicia de Santa - 1° Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Nuevo Chimbote - 3° Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Nuevo Chimbote Artículo Segundo .- Disponer que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa evalúe la idoneidad del magistrado y del personal jurisdiccional del Juzgado de Familia Transitorio del distrito de Cerro Colorado, debido a que presentó al mes de julio de 2025 un avance de meta del 51%, menor al avance ideal del 55%, correspondiente a dicho periodo; debiendo de informar sobre el particular a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en un plazo no mayor de veinte (20) días calendario, posteriores a la noti fi cación de la resolución administrativa correspondiente. Artículo Tercero.- Disponer que la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cusco evalúe la idoneidad del magistrado y del personal jurisdiccional del Juzgado de Familia Transitorio de la provincia de Cusco, debido a que presentó al mes de julio de 2025 un avance de meta del 49%, menor al avance ideal del 55%, correspondiente a dicho periodo; debiendo de informar sobre el particular a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en un plazo no mayor de veinte días calendario, posteriores a la noti fi cación de la resolución administrativa correspondiente. Artículo Cuarto.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Huánuco: a) Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco cumpla con remitir a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de quince días calendario, el informe sobre la evaluación de idoneidad del magistrado y del personal jurisdiccional del 1° Juzgado Civil Transitorio de la provincia de Huánuco, requerido mediante el literal a) del artículo quinto de la Resolución Administrativa N.º 208-2025-CE-PJ, debido a que al mes de julio de 2025 ha presentado un avance de meta del 50%, el cual continúa siendo menor al avance ideal del 55%, correspondiente a dicho período. b) Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco disponga el reemplazo del magistrado y del personal jurisdiccional del Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio de Huánuco, debido a que al mes de julio de 2025 presentó un avance de meta del 30%, menor al avance ideal del 55%; y, que adopte las medidas administrativas pertinentes para mejorar el nivel resolutivo del 2° Juzgado de Paz Letrado Civil y al 4° Juzgado de Paz Letrado de Familia del distrito de Huánuco, debido a que respectivamente han presentado al mes de julio de 2025 avances de meta del 30% y 45%, los cuales fueron menores al avance ideal del 55%, correspondiente a dicho período, bajo apercibimiento de evaluar la conversión y/o reubicación del Juzgado de Paz Letrado Mixto Transitorio del distrito de Huánuco; debiendo de informar sobre el particular a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en un plazo no mayor de veinte días calendario, posteriores a la noti fi cación de la resolución administrativa correspondiente. Artículo Quinto.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Huaura: a) Prorrogar, a partir del 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2025, el turno abierto del Juzgado de Trabajo Transitorio del distrito de Huacho para el ingreso de expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). b) Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura evalúe la idoneidad del magistrado y del personal jurisdiccional del Juzgado de Trabajo Transitorio del distrito de Huacho, debido a que presentó al mes de julio de 2025 un avance de meta del 45%, menor al avance ideal del 55%, correspondiente a dicho período; debiendo de informar sobre el particular a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en un plazo no mayor de veinte (20) días calendario, posteriores a la noti fi cación de la resolución administrativa correspondiente. Artículo Sexto.- Reiterar al presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica que, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo séptimo de la Resolución Administrativa N.º 000142-2025-CE-PJ, adopte las acciones correspondientes para minimizar la elevada carga pendiente que continúa presentándose en el Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de la provincia de Chincha; debiendo de informar sobre el particular a la presidenta de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en un plazo no mayor de veinte días calendario, posteriores a la noti fi cación de la resolución administrativa correspondiente.