NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (30/09/2025)
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TEXTO PAGINA: 48
48 NORMAS LEGALES Martes 30 de setiembre de 2025 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 730-MSS, que aprueba el régimen de incentivos tributarios “Tributa Fácil con Beneficios” DECRETO DE ALCALDÍA N° 024-2025-MSS Santiago de Surco, 25 de setiembre de 2025 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOVISTO: El Memorándum Nº 1448-2025-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 680-2025-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 457-2025-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 730-MSS denominada: “Tributa Fácil con Bene fi cios”; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º de la precitada Ley, señala que los decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 730-MSS denominada “Tributa Fácil con Bene fi cios”, publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 01.07.2025, se otorga un bene fi cio temporal y extraordinario para la regularización del pago de deudas tributarias vencidas anteriores al año 2025, a través del pago al contado o mediante un fraccionamiento fl exible, cualquiera fuera el estado de cobranza en que se encuentren; conforme la Primera Disposición Final de la norma, esta tendrá vigencia hasta el 31 de julio de 2025. Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 730-MSS faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda efectuar la prórroga del plazo establecido en dicha norma y dictar las disposiciones para su mejor cumplimiento; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 016-2025- MSS, publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 18.07.2025, se estableció prorrogar hasta el 29 de agosto de 2025, la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS; Que, asimismo, mediante Decreto de Alcaldía Nº 021- 2025-MSS, publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 29.08.2025, se estableció prorrogar hasta el 30 de setiembre de 2025, la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS; Que, mediante Memorándum Nº 457-2025-GAT-MSS de fecha 18.09.2025, la Gerencia de Administración Tributaria remite la propuesta de Decreto de Alcaldía que propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS hasta el 31 de octubre de 2025, con la fi nalidad que los contribuyentes regularicen sus obligaciones tributarias vencidas, a través de mecanismos que aligeren la carga tributaria, accediendo de esta forma a ciertos descuentos en el pago de sus deudas tributarias, y a la condonación de multas tributarias, intereses moratorios, costas y gastos vinculados a la deuda tributaria; Que, con Informe Nº 680-2025-GAJ-MSS del 18.09.2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que es procedente prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS, que aprueba el régimen de incentivos tributarios “Tributa Fácil con Bene fi cios” norma que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, y regirá hasta el 31 de octubre de 2025; Que, a través del Memorándum N° 1448-2025-GM- MSS, la Gerencia Municipal con fecha 19.09.2025, solicita se emita el respectivo Decreto de Alcaldía que prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 730-MSS; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades DECRETA:Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS, que aprueba el régimen de incentivos tributarios “Tributa Fácil con Bene fi cios”, hasta el 31 de octubre de 2025. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día 01 de octubre del 2025. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Subgerencia de Recaudación Ordinaria y Coactiva Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Control Tributario, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de Santiago de Surco, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en del Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munisurco.gob.pe y en el Portal de Transparencia Estándar www.transparencia.gob.pe así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. POR TANTORegístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2442337-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 528- MVES, Ordenanza “Tus Pagos son Obras”, que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Villa El Salvador DECRETO DE ALCALDÍA N° 010-2025-ALC/ MVES Villa El Salvador, 26 de setiembre del 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTOS: El Memorando Nº 1260-2025-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 344-2025-OAJ/MVES