Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (30/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Martes 30 de setiembre de 2025 El Peruano / -Financiera para intervenir en el PIP: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE FORMACION PROFESIONAL EN LA ESCUELA PROFESIONAL DE EDUCACION PRIMARIA BILINGÜE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA, DISTRITO DE YARINACOCHA - PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO – DEPARTAMENTO DE UCAYALI” CON CUI 2538723, el mismo que cuenta con la certi fi cación de libre disponibilidad presupuestal para fi nanciar el referido proyecto; Que, mediante OFICIO N° 198-2025-UNIA/R de fecha 12 de agosto del 2025, el Rector de UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA - UNIA, solicita al Gobernador Regional de Ucayali, el apoyo con Financiamiento para la ejecución física del Proyecto de Inversión: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE FORMACION PROFESIONAL EN LA ESCUELA PROFESIONAL DE EDUCACION PRIMARIA BILINGÜE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA, DISTRITO DE YARINACOCHA - PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO - DEPARTAMENTO DE UCAYALI” CON CUI 2538723; Que, mediante el INFORME N° 898-2025-GRU- GRPP-SGPMI de fecha 17 de setiembre del 2025, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, remite el INFORME TÉNICÇO N° 159-2025-GRU-GRPP-SGPMI-EFL de fecha 17 de setiembre del 2025, el Especialista de Programación y Calidad de Inversiones y Proyectos, concluye que si se cuenta con los respectivos recursos de libre disponibilidad presupuestal; Que, mediante el INFORME N° 5818-2025-GRU- GRPP-SGP de fecha 18 de setiembre del 2025, la Sub Gerencia de Presupuesto informa a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión de DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, por un monto de S/ 5,000,000.00, recursos de libre disponibilidad presupuestal de la Gerencia Regional de Infraestructura por S/ 3,675,270.00, Gerencia Territorial de Padre Abad por S/ 507,771.00 y de la Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones - DRT por S/ 816,959.00, recursos que servirán para fi nanciar la ejecución del Proyecto de Inversión Pública con CUI 2538723 “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE FORMACION PROFESIONAL EN LA ESCUELA PROFESIONAL DE EDUCACION PRIMARIA BILINGÜE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA, DISTRITO DE YARINACOCHA - PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO - DEPARTAMENTO DE UCAYALI”; Que, mediante el INFORME LEGAL N° 035-2025-GRU-GGR-ORAJ/SAOA de fecha 19 de setiembre del 2025, informan a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, que estando a los hechos fácticos y jurídicos antes descritos, se menciona que el Convenio Especí fi co de Ejecución de Proyecto de Inversión del Gobierno Regional de Ucayali y la Universidad Nacional Intercultural de La Amazonia N° 02-2025, para el fi nanciamiento del Proyecto de Inversión: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE FORMACION PROFESIONAL EN LA ESCUELA PROFESIONAL DE EDUCACION PRIMARIA BILINGÜE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA, DISTRITO DE YARINACOCHA — PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO - DEPARTAMENTO DE UCAYALI” CON CUI 2538723, se encuentra dentro de los lineamientos normativo, técnicos y presupuestales, por lo que recomienda se prosiga con la acción administrativa, elevándose los actuados al Consejo Regional, en mérito al literal v) del artículo 28° del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno regional de Ucayali; Que, conforme puede observarse el expediente administrativo en sesión de consejo regional se ha sustentado de manera técnica y legal las transferencias fi nancieras por parte del Gobierno Regional de Ucayali a favor de la Municipalidad distrital de Boquerón, basado en los informes técnicos y legales que forman parte integrante del presente acuerdo regional; En consecuencia, atendiendo al debate realizado, a los informes técnicos de los funcionarios del Gobierno Regional Ucayali, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Ucayali, que rati fi can sus informes técnicos y legales, así como las precisiones del monto a transferirse; y teniendo en cuenta el interés público regional y que el Consejo Regional busca declarar la voluntad de practicar de un determinado acto, es necesario emitir el acuerdo conforme la votación en sesión extraordinario de fecha 25 de setiembre del 2025; Que, se precisa que el contenido de los documentos que sustentan el presente acuerdo regional, así como la oportunidad en que se emitieron y remitieron, es de exclusiva responsabilidad del personal de las unidades orgánicas que participaron en el procedimiento, en el marco del principio de presunción de veracidad y de buena fe procedimental. En tal sentido, la decisión del Pleno del Consejo Regional no convalida acciones que no se ciñan a la normatividad vigente, ni constituye autorización para realizar acciones que se encuentren restringidas o fuera del marco de la Ley. Del mismo modo deslinda de responsabilidad por los errores materiales que subsistieran como consecuencia de la aprobación del presente acuerdo regional; En Sesión Extraordinaria de fecha 25 de setiembre del 2025, celebrada de manera virtual, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Mayoría, se aprueba el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR, la Transferencia Presupuestal-Financiera en el Marco del CONVENIO ESPECÍFICO DE EJECUCIÓN DE PROYECTO DE INVERSIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA N° 02-2025, para el “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE FORMACION PROFESIONAL EN LA ESCUELA PROFESIONAL DE EDUCACION PRIMARIA BILINGÜE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA, DISTRITO DE YARINACOCHA - PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO- DEPARTAMENTO DE UCAYALI” con CUI 2538723, por el monto de S/ 5,000,000.00 (Cinco Millones con 00/100 Soles), conforme se precisa en los informes técnicos y legales que forman parte del presente Acuerdo Regional. Artículo Segundo.- DISPONER, que la transferencia fi nanciera aprobada en el presente Acuerdo Regional, no podrá ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto al señalado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR, a la Gerencia Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad para que realice el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la presente transferencia, sin perjuicio del seguimiento por parte de los Consejeros Regionales, a fi n de cautelar el cumplimiento de la fi nalidad de la transferencia aprobada. Artículo Cuarto.- DISPONER, que el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, formalice las acciones administrativas correspondientes para dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional. NOTIFICAR, al Gobernador Regional Ucayali, Gerencia General Regional y a las instancias administrativas el presente acuerdo regional para su conocimiento y fi nes. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la SECRETARÍA GENERAL, la difusión y publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” conforme a ley y, a través del Portal Web institucional: www.gob.pe/regionucayali POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JAIME OBDULIO GARCÍA FERNÁNDEZ Presidente 2442902-1