Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (14/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 167

167 NORMAS LEGALES Sábado 14 de febrero de 2026 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Victoria Lucia Puchoc Paitampoma, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, designándola en la Fiscalía Provincial Mixta de Chalhuahuacho - Cotabambas. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2487198-11 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 412-2026-MP-FN Lima, 13 de febrero de 2026VISTOS: El informe Nº 000086-2025-MP-FN-CN-FISPREV, ofi cio Nº 002743-2025-MP-FN-CN-FISPREV, e informe Nº 0043-2026-MP-FN-OREF-JJCP, y; CONSIDERANDO:Mediante el informe Nº 000086-2025-MP-FN-CN- FISPREV y o fi cio de vistos, cursados por la Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, se eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito del Callao. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Gustavo Daniel Salas Ponce, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito del Callao; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0043-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 12 de febrero de 2026.De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al abogado Gustavo Daniel Salas Ponce, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándolo en la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito del Callao. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2487198-12 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 413-2026-MP-FN Lima, 13 de febrero de 2026 VISTOS: Los o fi cios Nºs. 001306 y 001654-2025-MP-FN- PJFSHUANCAVELICA, e informe Nº 0009-2026-MP-FN- OREF-EJVP, y; CONSIDERANDO:Mediante los o fi cios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Acobamba. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada Flor De Maria Centeno Andrade, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunta provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Acobamba;