Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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164 NORMAS LEGALES Sábado 14 de febrero de 2026 El Peruano / que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. Por su parte, el artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional”. Asimismo, el artículo 85 del referido reglamento indica que “el desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográ fi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal Nº 002-92-DNP, aprobado con la Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/DNP, de fecha 2 de setiembre de 1992, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que “el destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, debiendo contar con el consentimiento previo del servidor”. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada Katterine Acosta López, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunta provincial en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, y por necesidad de servicios, destacarla a la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos; en atención al marco normativo, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0041-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 11 de febrero de 2026. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Katterine Acosta López, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios; asimismo, destacarla a la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, a partir de la fecha de su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2026 u otra disposición. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado Activos, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2487198-7 Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 408-2026-MP-FN Lima, 13 de febrero de 2026VISTOS:El o fi cio Nº 000288-2026-MP-FN-FSNCEDCF, de fecha 22 de enero de 2026, e informe Nº 0037-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 6 de febrero de 2026, y;CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal provincial en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de San Martín, con sede en Moyobamba. Con el o fi cio Nº 000047-2026-MP-FN-UEDFSMAR, emitido por la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal de San Martín, se informa que la plaza mencionada en el párrafo precedente cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público - AIRHSP Nº 000711 y con disponibilidad presupuestal para ser ocupada. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 069-2025-MP-FN, de fecha 10 de enero de 2025, se nombró, entre otros, al abogado Alex Saturnino Mirano Apaza, como fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, con retención de su cargo de carrera. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC) y asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Alex Saturnino Mirano Apaza, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal provincial en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de San Martín, con sede en Moyobamba, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación señalados en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0037-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 6 de febrero de 2026. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Alex Saturnino Mirano Apaza, como fi scal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 069-2025-MP-FN, de fecha 10 de enero de 2025. Artículo Segundo .- Nombrar al abogado Alex Saturnino Mirano Apaza, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín, designándolo en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de San Martín, con sede en Moyobamba, con retención de su cargo de carrera (AIRHSP Nº 000711).