Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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10 NORMAS LEGALES Jueves 26 de febrero de 2026 El Peruano / organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitan a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil veintiséis. JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA Presidente de la República GERARDO ARTURO LÓPEZ GONZALES Ministro de Economía y Finanzas 2490466-1 Aceptan renuncia de Viceministro de Economía RESOLUCIÓN SUPREMA N° 005-2026-EF Lima, 25 de febrero de 2026 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 038-2025-EF, se designa al señor Gerardo Arturo López Gonzales en el cargo de Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el señor Gerardo Arturo López Gonzales ha presentado su renuncia al referido puesto, por lo que resulta pertinente aceptarla; y, Que, al amparo de lo establecido en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el régimen de e fi cacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros, tal como se con fi gura en el presente caso, motivo por el cual corresponde aceptar la renuncia presentada por el señor Gerardo Arturo López Gonzales al puesto de Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, al 24 de febrero de 2026; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Gerardo Arturo López Gonzales al puesto de Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, al 24 de febrero de 2026, dándosele las gracias por los servicios prestados.Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA Presidente de la República GERARDO ARTURO LOPEZ GONZALES Ministro de Economía y Finanzas 2490466-2 Encargan el puesto de Viceministro de Economía al Viceministro de Hacienda RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2026-EF Lima, 25 de febrero de 2026 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 038-2025-EF, se designa al señor Gerardo Arturo López Gonzales en el cargo de Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el referido funcionario ha presentado su renuncia al puesto de Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas; siendo que, por razones de servicio, resulta necesario realizar el encargo correspondiente, a fi n de asegurar la continuidad de las funciones de dicho puesto; Que, el artículo 26 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que el Ministro puede encargar a un Viceministro para que, con retención de su cargo, desempeñe el de otro Viceministro por ausencia del titular. En su defecto, corresponde al Ministro designar al funcionario que lo reemplazará en caso de ausencia; Que, al amparo de lo establecido en el numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el régimen de e fi cacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros, tal como se con fi gura en el presente caso, motivo por el cual corresponde encargar el puesto de Viceministro de Economía, al 24 de febrero de 2026; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar al señor Rodolfo Acuña Namihas, Viceministro de Hacienda, el puesto de Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, al 24 de febrero de 2026, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA Presidente de la República GERARDO ARTURO LÓPEZ GONZALES Ministro de Economía y Finanzas 2490466-3