Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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14 NORMAS LEGALES Jueves 26 de febrero de 2026 El Peruano / promoción y dinamización de la inversión en el país, se crea el Fondo MIPYME Emprendedor, que tiene por objeto fi nanciar fondos de garantía o a fi anzamiento para empresas del sistema fi nanciero o del mercado de valores; así como incrementar la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) y emprendimientos innovadores de alto impacto a través de instrumentos no fi nancieros para difusión y transferencia tecnológica, innovación empresarial y mejora de la gestión y encadenamientos productivos y acceso a mercados; Que, el numeral 3 de la Décima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, emprendimientos y Startups, dispone que el Ministerio de la Producción queda autorizado a realizar transferencias fi nancieras, con cargo a los recursos trasferidos a su favor en el marco del numeral precedente, hasta por la suma de S/ 125 000 000,00 (ciento veinticinco millones y 00/100 soles), a favor del Fondo MIPYME Emprendedor; Que, mediante la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 013-2020 se crea el Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, el cual promueve y asegura el cumplimiento de las políticas, estrategias y objetivos establecidos para el funcionamiento del Fondo CRECER y Fondo MIPYME Emprendedor, para lo cual ejerce las funciones de dirección, supervisión y evaluación de los instrumentos fi nancieros y no fi nancieros orientados a fortalecer la productividad y competitividad de las MIPYME y emprendimientos en el país; Que, el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, aprobado por el Decreto Supremo N° 225-2020-EF, tiene por objeto normar los términos y condiciones de la administración en fi deicomiso y funcionamiento del fondo MIPYME Emprendedor, así como normar las funciones y otros aspectos de carácter operativo del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, entre otros; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 225-2020-EF, establece que, mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción, con opinión previa favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, se aprueban los Reglamentos Operativos del Fondo MIPYME Emprendedor, a propuesta del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor; Que, de conformidad con los literales e) y p) del numeral 16.1 del artículo 16 del Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, es función del referido Comité de Dirección aprobar las propuestas de instrumentos de servicios no fi nancieros en el marco del Fondo MIPYME Emprendedor, que presente alguno de los miembros del Comité de Dirección, a través de la Secretaría Técnica; así como, aprobar los proyectos de reglamentos operativos del Fondo MIPYME Emprendedor para su posterior aprobación por el Ministerio de la Producción mediante Resolución Ministerial, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en la Sesión N° 23, de fecha 20 de diciembre de 2024, el Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, a través del Acuerdo N° 005-2024, aprobó: i) la creación del instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Extensión Agropecuaria” - PAEA; ii) la asignación de recursos; y, iii) aprobar el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No fi nancieros denominado “Programa de Apoyo a la Extensión Agropecuaria” - PAEA. Asimismo, en la Sesión N° 25, de fecha 8 de julio de 2025, el citado Comité de Dirección, a través del Acuerdo N° 003-2025, aprobó por unanimidad, entre otros puntos: i) modi fi car el segundo punto del Acuerdo N° 005-2024 sobre los recursos del instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Extensión Agropecuaria”-PAEA; y, ii) aprobar el nuevo Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Extensión Agropecuaria” - PAEA; Que, con el O fi cio N° 4191-2025-EF/13.01, el Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe N° 0182-2025-EF/65.02 de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, el cual indica que no formula observación al Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Extensión Agropecuaria”-PAEA, en tanto coadyuvará al fortalecimiento de la productividad y competitividad del sector agropecuario; Que, mediante el Memorando N° 00000146-2026-PRODUCE/DGDE, la Dirección General de Desarrollo Empresarial, hace suyo el Informe N° 00000004-2026-PRODUCE/DIF de su Dirección de Instrumentos Financieros, mediante el cual considera procedente emitir la Resolución Ministerial que aprueba el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Extensión Agropecuaria”-PAEA, conforme a lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 225-2020-EF; Que, mediante el Memorando N° 00000053-2026-PRODUCE/DGPAR, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio sustenta a través del Informe N° 00000006-2026-SSALAZAR de su Dirección de Normatividad, que resulta procedente continuar con el trámite para la emisión de la Resolución Ministerial que aprueba el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Extensión Agropecuaria”-PAEA, al haberse verifi cado el cumplimiento de los procedimientos y requisitos normativos correspondientes; Que, resulta necesario aprobar el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Extensión Agropecuaria”- PAEA, considerando que el referido programa es un instrumento operativo de co fi nanciamiento de actividades orientadas al incremento de la productividad en unidades productivas agropecuarias de los bene fi ciarios, a fi n de lograr el cambio progresivo y positivo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simpli fi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país; el Decreto de Urgencia N° 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 225-2020-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento Operativo Aprobar el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Extensión Agropecuaria”-PAEA, en el marco del Fondo MIPYME Emprendedor, que consta de dieciocho (18) artículos, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Extensión Agropecuaria”-PAEA, en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR MANUEL QUISPE LUJAN Ministro de la Producción 2490464-1