Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (27/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 27 de febrero de 2026 El Peruano / FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 7 691 850,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 13 091 481,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite, dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto, o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la Producción. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil veintiséis. JOSÉ MARÍA BALCÁZAR ZELADA Presidente de la República GERARDO ARTURO LÓPEZ GONZALES Ministro de Economía y Finanzas CÉSAR MANUEL QUISPE LUJÁN Ministro de la Producción 2490909-2 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor del Instituto Peruano del Deporte DECRETO SUPREMO N° 024-2026-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, autoriza, de manera excepcional, durante el presente Año Fiscal, al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar, entre otros, lo establecido en el literal d) del citado numeral, relacionado a los gastos asociados a la organización de los XX Juegos Panamericanos Lima 2027 y los VIII Juegos Parapanamericanos Lima 2027; Que, asimismo, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32513 dispone que las modificaciones presupuestarias a las que se refiere el numeral 17.1 citado en el considerando precedente, se aprueban utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, debiendo contar, además, con el refrendo del ministro del sector correspondiente en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, a propuesta del Titular de la entidad solicitante; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440 establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el Oficio N° 00284-2026-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 435 000 000,00 (CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del Instituto Peruano del Deporte, para financiar la organización de los XX Juegos Panamericanos Lima 2027 y de los VIII Juegos Parapanamericanos Lima 2027, en el marco del literal d) del numeral 17.1 y el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; adjuntando para dicho efecto el Informe N° 00240-2026-MINEDU/SPE-OPEP- UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, con los sustentos correspondientes; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 435 000 000,00 (CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Peruano del Deporte, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 435 000 000,00 (CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recurso Ordinarios, a favor del Instituto Peruano del Deporte, para financiar la organización de los XX Juegos Panamericanos Lima 2027 y de los VIII Juegos Parapanamericanos Lima 2027, en el marco de lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 y el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: (En Soles) SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos.