Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (27/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 27 de febrero de 2026 El Peruano / 24A), presenta daños o peligro inminente de colapso e interrupción de la transitabilidad por las lluvias, con niveles de riesgo de medio a alto, que comprometen la operación segura de la vía, advirtiéndose en estas: (i) ahuellamientos y deformaciones profundas; (ii) baches y erosión de material; (iii) sectores de calzada con empozamientos y socavación de plataforma; (iv) colapso y colmatación del sistema de drenaje superficial; (v) erosión y/o socavación de la plataforma; y, (vi) colapso de taludes de corte; Que, con Memorando Nº 0259-2026-MTC/17 e Informe Nº 0021-2026-MTC/17.02 de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes se informa que en los tramos de las citadas rutas nacionales de la Red Vial Nacional correspondientes a las regiones de Amazonas, Huánuco, Ucayali - Junín, se han emitido setenta (70) autorizaciones a empresas, permitiendo que ciento noventa y siete (197) vehículos circulen en estos tramos transportando alrededor de 121,358 usuarios que se verían afectados ante la interrupción de la prestación del servicio público de transporte terrestre por los daños de la infraestructura vial identificada; Que, con Memorando Nº 0406-2026-MTC/18 e Informe Nº 0264-2026-MTC/18.01 la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal indica que la infraestructura vial en los tramos de las referidas rutas nacionales de la Red Vial Nacional correspondientes a las regiones de Amazonas, Huánuco, Ucayali - Junín, amerita una intervención prioritaria inmediata en el marco del Decreto Legislativo, debiéndose tomar medidas para preservar la prestación del servicio público de transporte terrestre; Que, atendiendo a lo establecido en las normas antes glosadas, así como en mérito a la habilitación efectuada mediante el Decreto Legislativo Nº 1704, el Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, la Dirección General de Autorizaciones en Transportes y la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal sustentan la declaratoria de emergencia del servicio de transporte terrestre en determinados tramos de las rutas nacionales de la Red Vial Nacional correspondientes a las regiones de Amazonas (PE-5NG, PE-08C, PE-08B), Huánuco (PE-3N, PE-18A, PE-14E, PE-3NH y PE-18) y Ucayali - Junín (PE-5SA, PE-28H, PE-28C y PE-24A), a fin de que se adopten las acciones e intervenciones que resulten necesarias para preservar y superar las restricciones en la prestación de dicho servicio; Que, en ese sentido, resulta necesario declarar en emergencia el servicio de transporte terrestre que se presta en determinados tramos de las rutas nacionales de la Red Vial Nacional correspondientes a las regiones de Amazonas (PE-5NG, PE-08C, PE-08B), Huánuco (PE- 3N, PE-18A, PE-14E, PE-3NH y PE-18) y Ucayali - Junín (PE-5SA, PE-28H, PE-28C y PE-24A), de acuerdo a lo propuesto por el Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, la Dirección General de Autorizaciones en Transportes y la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Decreto Legislativo Nº 1704, Decreto Legislativo que autoriza a declarar en emergencia y establecer medidas orientadas a restablecer el servicio público de transporte; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar en emergencia el servicio de transporte terrestre en las rutas nacionales de la Red Vial Nacional que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- El Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL adopta las acciones e intervenciones que resulten necesarias para preservar y superar las restricciones en el servicio de transporte terrestre que se presta en las rutas nacionales de la Red Vial Nacional indicadas en el Anexo de la presente resolución ministerial. Artículo 3.- Disponer que en el plazo de diez (10) días calendario posteriores a la publicación de la presente resolución ministerial, el Programa denominado Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL informe al Despacho Viceministerial de Transportes las acciones efectuadas en el marco de lo establecido en la presente resolución ministerial. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO M. PRIETO BARRERA Ministro de Transportes y Comunicaciones Anexo REGIÓN TRAMO REFERENCIAL RUTA PROGRESIVAS Amazonas GUADALUPE-CAMPOREDONDO- OCALLI PE-5NG Km 125+000 a km 150+000 PEDRO RUIZ - CHACHAPOYAS PE-08C Km 0+000 a km 39+000 LEYMEBAMBA - DESVIO CHACHAPOYASPE-08B Km 239+000 a km 312+600 Huánuco TRAMO SAN RAFAEL - AMBO PE-3N Km 182+00 a km 211+000 TRAMO PTE RANCHO - MIRADOR PE-18A Km 25+000 a km 75+000 TRAMO PIRUSH - CHAPACARA PE-14E Km 27+300 a km 29+150 TRAMO PTE TINGO CHICO - LLATA - ANTAMINA / HUALLANCA - DV ANTAMINA PE-3NH Km 0+900 a km 11+450 TRAMO PTE TINGO CHICO - LLATA - ANTAMINA / HUALLANCA - DV ANTAMINA PE-3NH Km 23+400 a km 44+550 TRAMO ABRA UCHUCCHACUA - YANAHUANCA - AMBO PE-18 Km 233+200 a km 233+650 Ucayali y Junín PUERTO OCOPA - ATALAYA PE-5SA Km 40+000 a km 80+000 PUERTO OCOPA - ATALAYA PE-5SA Km 92+000 a km 140+000 PUERTO OCOPA - ATALAYA PE-5SA Km 13+000 a km 26+000 CC.NN. TZOMAVENI - MANGAL PE-28H Km 128+000 a km 148+000 CP. PUERTO VILLA - CP PUERTO ANAPATI PE-28C Km 123+675 a km 134+500 CP. PACHACUTEC DE ANAPATI - CP LA JOYA DE ANAPATI - CP. LA LIBERTAD DE ANAPATIPE-28C Km 155+000 a km 175+000 SANTA ROSA DE TOLDOPAMPA - PTE. SAN JOSE - PTE. YUNGURPLAYA PE-24A Km 130+000 a km 165+000 HUAYAUTAMBO - MARIPOSA - SANTA VIVIANA - SANTA ROSITA PE-24A Km 170+000 a km 190+000 2490908-1 Prorrogan la medida de restricción temporal de la circulación de vehículos en la Ruta Nacional PE-20 (Av. Néstor Gambetta) RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 007-2026-MTC/18 Lima, 25 de febrero de 2026