Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (27/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Viernes 27 de febrero de 2026 El Peruano / (DOSCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001- 196: Contraloría General, destinado a financiar el pago del 100% de la retribución económica de la Sociedad de Auditoría, incluido el IGV, para el período 2026. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional aprobado para el Año Fiscal 2026 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003 Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específica de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Oficina General de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera; asimismo, deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR MANUEL QUISPE LUJÁN Ministro de la Producción 2490839-1 Apueban otorgamiento de subvenciones a favor de beneficiarios, para cofinanciar proyectos en el marco del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE “Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 156-2026-PRODUCE/PROINNOVATE Lima, 25 de febrero de 2026 VISTOS: El Informe N° 046-2026-PRODUCE/PROINNOVATE. UAL de la Unidad de Asesoría Legal; el Informe N° 024-2026-PRODUCE/PROINNOVATE.UPP de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 096-2026-PRODUCE/PROINNOVATE.UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 017-2026-PRODUCE/ PROINNOVATE.DCT de la Coordinación Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 055-2021 del 24 de junio de 2021, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la concertación de operaciones de endeudamiento con organismos internacionales, para financiar parcialmente el Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento a cargo del Ministerio de la Producción-PRODUCE. Asimismo, se autoriza a PRODUCE a constituir un fideicomiso con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A.-COFIDE, destinado a canalizar los recursos correspondientes al citado Programa; Que, con fecha 23 de julio de 2021, se suscribe el Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID con la finalidad de contribuir a la financiación y ejecución del Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento; Que, mediante Ley N° 32513 se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, en cuyo artículo 59 se autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación- PROINNOVATE, a “(…) efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los concursos que se desarrollan a través de PROINNOVATE”; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2021-PRODUCE, de fecha 24 de marzo de 2021, se dispone la creación del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE, sobre la base del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú), el cual PROINNOVATE fusiona por absorción; en mérito a lo cual, las obligaciones y facultades de Innóvate Perú han sido absorbidas por PROINNOVATE; Que, mediante Resolución Ministerial N° 448-2025-PRODUCE, de fecha 31 de diciembre de 2025, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, mediante el Memorando N° 096-2026-PRODUCE/ PROINNOVATE.UA, la Unidad de Administración solicita la autorización de los certificados de crédito presupuestario para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas, adjuntando el Memorando N° 017-2026-PRODUCE/PROINNOVATE. DCT, emitido por la Dirección de Coordinación Técnica, mediante el cual, se remitió la relación de los proyectos a ser financiados con recursos del Contrato de Préstamo N° 5287/OC-PE-“Programa de Innovación, Modernización Tecnológica y Emprendimiento”, indicando que se ha cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos; Que, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe N° 024-2026 PRODUCE/ PROINNOVATE.UPP, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total S/ 1,411,787.49 (Un millón cuatrocientos once mil setecientos ochenta y siete y 49/100 soles), que comprende: S/ 785,203.33 (Setecientos ochenta y cinco mil doscientos tres y 33/100 soles) en la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios; y, S/ 626,584.16 (Seiscientos veintiséis mil quinientos ochenta y cuatro y 16/100 soles) en la fuente de financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito; Que, los montos señalados en el considerando precedente se otorgan con la finalidad de cofinanciar los proyectos, según el siguiente detalle: i) Dinamización de Ecosistemas Regionales de Innovación (DER), ii) Emprendimientos Innovadores (EIN), iii) MIPYMES de Calidad (IMTEMC), iv) MIPYMES Digitales (IMTEMD), v) MIPYMES Digitales-Categoría 1 (IMTEMDEC1), vi) MIPYMES Digitales-Categoría 2 (IMTEMDEC2), vii) Innovación Empresarial (PIEC1), viii) Cambio Climático (PIEC2CC) y ix) Validación de la Innovación-Economía Circular (PIEC2EC); Que, mediante Informe N° 046-2026-PRODUCE/ PROINNOVATE.UAL, la Unidad de Asesoría Legal concluye que la emisión de la Resolución de Dirección Ejecutiva que aprueba el otorgamiento de subvenciones conforme los alcances descritos por la Coordinación