Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2026 (15/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de julio de 2026 El Peruano / Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Publicada el 3 de octubre de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2 Aprobado por Resolución N° 00679-2025-JNE, publicada el 3 de diciembre de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2534675-1 Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Calca, departamento de Cusco RESOLUCIÓN N° 131 1-2026-JNE Expediente N° JNE.2026182659 CALCA - CUSCOLICENCIA DE AUTORIDADCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 15 de junio de 2026 VISTO: El O fi cio N° 0357-2026-A-MPC del 5 de junio de 2026, mediante el cual don Edward Alberto Dueñas Becerra, alcalde de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de Cusco (en adelante, señor solicitante), comunicó la licencia sin goce de haber concedida a don Ricardo Navides Palomino, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor), con efi cacia a partir del 6 de junio de 2026 al 4 de octubre del 2026 , con motivo de su participación como candidato a consejero regional en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026). ANTECEDENTE 1.1. Mediante el o fi cio del visto, el señor solicitante informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, a fi n de que se efectúe la convocatoria correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Municipal N° 045-2026-CM- МPC, del 4 de junio de 2026, mediante el cual el Concejo Provincial de Calca acordó aprobar la licencia sin goce de haber solicitada por el señor regidor, por ciento veinte (120) días naturales, con e fi cacia a partir del 6 de junio de 2026 al 4 de octubre del 2026, debido a su participación como candidato a consejero regional en las ERM 2026. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El numeral 2 del artículo 24 establece que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM 1 1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la república y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la república. En la Resolución N° 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026 2 1.4. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución N° 00746-2025-JNE, precisó, en el considerando 11, que la fecha que corresponde a los ciento veinte (120) días de anticipación a las ERM 2026 es el 6 de junio de 2026. Asimismo, en el numeral 4.1 de la parte resolutiva dispuso que las solicitudes de licencia sin goce de haber deben ser presentadas por escrito ante la entidad pública correspondiente hasta el 8 de junio de 2026 (120 días calendario antes de las elecciones) y que dichas licencias surten efecto desde su presentación. En el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del Jurado Nacional de Elecciones 3 (en adelante, Reglamento) 1.5. El artículo 14 regula lo siguiente: Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son noti fi cadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas. En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/ fi ltros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros). <https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. De la revisión de los actuados, se veri fi ca que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal N° 045-2026-CM- МPC, del 4 de junio de 2026, el Concejo Provincial de Calca concedió licencia sin goce de haber al señor regidor, con e fi cacia a partir del 6 de junio de 2026 al 4 de octubre del 2026, debido a su participación como candidato a consejero regional en las ERM 2026, tal como obra en autos (ver SN 1.4.). 2.2. Al respecto, se debe tener en cuenta que, en aplicación del acápite 4.1 del numeral 4 de la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.4), precisó que las solicitudes de licencia sin goce de haber deben ser presentadas por escrito ante la entidad pública correspondiente hasta el 8 de junio de 2026 (120 días calendario antes de las elecciones) y que dichas licencias surten efecto desde su presentación. 2.3. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber del señor regidor cuenta con la aprobación del Concejo Provincial de Calca y, de acuerdo con lo establecido en la LOM y la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), con la fi nalidad de mantener la representación de la entidad edil en mención, corresponde convocar a doña Briguitte Cassandra Huamán Torres, identi fi cada con DNI N° 73602013, regidora accesitaria de la organización política Juntos por el Perú, para que asuma temporalmente el cargo de regidora. 2.4. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo