Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2026 (15/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de julio de 2026 El Peruano / de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de Loreto, departamento de Loreto, emitida el 19 de noviembre de 2022 por el Jurado Electoral Especial de Maynas, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.6. Finalmente, se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don José Daniel Saboya Mayanchi, alcalde de la Municipalidad Provincial de Loreto, departamento de Loreto, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026 . 2. CONVOCAR a doña Adelaida Pizarro Manuyama, identi fi cada con DNI Nº 05710211, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Loreto, departamento de Loreto, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026 , para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Gisela Manuyama Silvano, identi fi cada con DNI Nº 75702934, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Loreto, departamento de Loreto, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026 , para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINA GONZALES BARRÓN TORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2534622-1 Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor provincial de la Municipalidad Provincial de Loreto, departamento de Loreto RESOLUCIÓN N° 01323-2026-JNE Expediente N° JNE.2026187056 LORETO - LORETOLICENCIA DE AUTORIDAD CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 15 de junio de 2026 VISTO : el O fi cio N° 362-2026-OGACyGD-MPL-N, del 1 de junio de 2026, mediante el cual doña Jossy Flores Sinti, jefa de la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documental de la Municipalidad Provincial de Loreto, departamento de Loreto (en adelante, señora solicitante), remitió el Acuerdo de Concejo N° 019-2026-SO-MPL-N, del 1 de junio de 2026, que aprobó la licencia sin goce de haber de doña Guilliany Jiselita Dávila García, regidora del Concejo Municipal Provincial de Loreto, departamento de Loreto (en adelante, señora regidora), por treinta (30) días calendario contados a partir del 4 de setiembre de 2026. ANTECEDENTE 1.1. Con el o fi cio citado en el visto, la señora solicitante remitió el Acuerdo de Concejo N° 019-2026-SO-MPL-N, del 1 de junio de 2026, a través del cual el Concejo Provincial de Loreto aprobó la licencia sin goce de haber requerida por la señora regidora, con e fi cacia desde el 4 de setiembre de 2026 y por el término de treinta (30) días calendario previos a las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026). CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene derecho a participar plenamente en la vida política de la Nación. En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El numeral 2 del artículo 24 determina que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM 1 1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales a nivel nacional. En la Resolución N° 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026 2 1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, organismos, empresas del Estado y municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispone: […] 6.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tiene que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones) . [Resaltados agregados]. En el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales 3 (en adelante, Reglamento) 1.5. El artículo 14 regula: