Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2026 (15/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de julio de 2026 El Peruano / Loayza, regidora de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026. 2. CONVOCAR a don Iván Gustavo Atúncar Ávalos, identi fi cado con DNI Nº 08921725, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026 , para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINA GONZALES BARRÓN TORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2 Publicada el 04 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2534617-1 Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital del Rímac, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN N° 1357-2026-JNE Expediente N° JNE.2026183833 RÍMAC - LIMA - LIMA LICENCIA DE AUTORIDAD CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 16 de junio de 2026VISTO : el O fi cio N° 030-2026-0GSGDACRC-MDR, presentado el 9 de junio de 2026, por doña Alejandra Rosario Ludeña Macuri, en su condición de jefa de la Ofi cina General de Secretaría Gestión Documentaria y Archivo central y Registro Civil, de la Municipalidad distrital del Rímac, provincia y departamento de Lima (en adelante, la solicitante), por medio del cual comunica la licencia sin goce de haber de don Royser Huamán Fernández, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026). ANTECEDENTE 1.1. Con el o fi cio citado en el visto, la solicitante informó sobre la licencia sin goce de haber concedido al señor regidor a fi n de que se convoque a su reemplazante correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo N° 070-2026-MDR, del 29 de mayo de 2026, a través del cual el Concejo Distrital del Rímac otorgó licencia sin goce de haber solicitado por el señor regidor, debido a su participación como candidato en las ERM 2026. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El artículo 24 determina que, al alcalde lo reemplaza el teniente alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Asimismo, el numeral 2 del citado artículo establece que, a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM 1 1.3. Mediante este decreto, se convocó a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República. En la Resolución N° 00746-2025-JNE 2, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026. 1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1 del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso: […] 6.1 Las solicitudes de licencia sin goce de haber tiene que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones). […] En el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del Jurado Nacional de Elecciones 3 (en adelante, Reglamento) 1.5. El artículo 14, sobre la noti fi cación de los pronunciamiento, contempla lo siguiente: Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica. Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son noti fi cadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas. En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente