Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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86 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de julio de 2026 El Peruano / y de Autoridades Municipales Distritales Electas de la Provincia de Calca, departamento de Cusco, emitida el 28 de octubre de 2022, por el Jurado Electoral Especial de Urubamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.5. Finalmente, se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Ricardo Navides Palomino, regidor del Concejo Provincial de Calca, departamento de Cusco, por el periodo comprendido con e fi cacia, a partir del 6 de junio de 2026 al 4 de octubre del 2026. 2. CONVOCAR a doña Briguitte Cassandra Huamán Torres , identi fi cada con DNI N° 73602013, candidata no proclamada de la organización política Juntos por el Perú, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Calca, departamento de Cusco, por el periodo comprendido con e fi cacia, a partir del 6 de junio de 2026 al 4 de octubre del 2026. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA GONZALES BARRÓN TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Publicado el 6 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2 Publicado el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2534633-1 Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Lince, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 1313-2026-JNE Expediente Nº JNE.2026153173 LINCE - LIMA - LIMA LICENCIA DE AUTORIDADC ONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 15 de junio de 2026 VISTOS: los O fi cios Nº 00039-2026-MDL/SG y Nº 00044-2026-MDL/SG, presentados el 19 de mayo y el 3 de junio de 2026, respectivamente, por el abogado Erick James Arias Ventocilla, en su condición de secretario general de la Municipalidad Distrital de Lince, provincia y departamento de Lima (en adelante, abogado solicitante), por medio de los cuales comunicó la licencia sin goce de haber de doña Malca Schnaiderman Lara, alcaldesa de la citada comuna (en adelante, señora alcaldesa), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (en adelante, ERM 2026). ANTECEDENTE1.1. Con el o fi cio citado en el visto, el abogado solicitante informó sobre la licencia sin goce de haber concedida a la señora alcaldesa, a fi n de que se convoque a su reemplazante. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 024-2026-MDL, del 7 de mayo de 2026, a través del cual el Concejo Distrital de Lince otorgó la licencia sin goce de haber solicitada por la señora alcaldesa, debido a su participación como candidata en las Elecciones Regionales y Municipales 2026. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene derecho a participar plenamente en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El artículo 24 determina que, en caso de vacancia o ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, quien es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Asimismo, el numeral 2 del citado artículo decreta que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM 1 1.3. Mediante dicho decreto, se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales a nivel nacional. En la Resolución Nº 00746-2025-JNE 2, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026 1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, organismos, empresas del Estado y municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispone: […] 6.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tiene que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones). […] En el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales 3 (en adelante, Reglamento) 1.5. El artículo 14, sobre la noti fi cación de los pronunciamientos, contempla: