Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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61 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de octubre de 2026 El Peruano / OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado con el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, publicado el 30 de abril de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2 Aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2563987-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Metropolitano de Lima RESOLUCIÓN Nº 1301-2026-JNE Expediente Nº JNE.2026098778 LIMA - LIMA LICENCIA DE AUTORIDAD CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 12 de junio de 2026 VISTO : el O fi cio Nº D000189-2026-MML-OGSC, del 4 de junio 2026, mediante el cual doña Juana Rosa Berrocal Yndigoyen, jefa de la O fi cina de la Subsecretaría del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, departamento de Lima, remitió documentación relacionada con la licencia sin goce de haber concedida a don Guillermo Elvis Pomez Cano, regidor del referido concejo municipal (en adelante, señor regidor), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026). ANTECEDENTES1.1. A través del O fi cio Nº D000123-2026-MML-OGSC, del 4 de mayo de 2026, la entidad edil informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, a fi n de que se convoque a su reemplazo correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 109, del 30 de abril de 2026, con el cual el Concejo Metropolitano de Lima acordó aprobar la licencia sin goce de haber solicitada por el señor regidor, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2026. 1.2. Mediante el O fi cio Nº 5451-2026-SG/JNE, del 31 de mayo de 2026, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones solicitó al señor recurrente que remita la solicitud de licencia D/S 2026-0080706, del 23 de abril de 2026, con su respectivo anexo. 1.3. Por medio del o fi cio de citado en el visto, la entidad municipal remitió la documentación solicitada. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.2. El numeral 2 del artículo 24 determina que, a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM 1 1.3. Se convocó a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026 , para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la república y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la república. En la Resolución Nº 00746-2025-JNE 2, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026 1.4. Este Supremo Tribunal Electoral precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber, con el propósito de participar como candidatos en las ERM 2026. En ese sentido, el acápite 5.1. del numeral 5 de la parte resolutiva dispuso: 5.1. Las solicitudes de Licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones) [resaltado agregado]. En el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales 3 (en adelante, Reglamento) 1.5. El artículo 14 regula lo siguiente: Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son noti fi cadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas. En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/ fi ltros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros). <https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. De la revisión de los actuados, se veri fi ca que, a través del Acuerdo de Concejo Nº 109, del 30 de abril de 2026, el Concejo Metropolitano de Lima concedió la licencia solicitada por el señor regidor, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026 , tal como obra en autos (ver SN 1.4.). 2.2. En ese sentido, al contar la solicitud de licencia sin goce de haber del señor regidor con la aprobación del Concejo Metropolitano de Lima, y de acuerdo con lo establecido en la LOM y la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), a fi n de mantener la representación del referido concejo municipal, corresponde convocar a doña Marie Ángela Rosmery Ayasta Galindo, identi fi cada con DNI Nº 40363539, candidata no proclamada de la organización política Partido Democrático Somos Perú, para que asuma temporalmente el cargo de regidora. 2.3. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas, de la Provincia de Lima, departamento de Lima, emitida el 7 de noviembre de 2022, por el Jurado Electoral Especial de