Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (14/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de octubre de 2026 El Peruano / convocó a Elecciones Generales 2026 para el domingo 12 de abril de 2026, con el objeto de elegir al presidente de la República, vicepresidentes, senadores y diputados del Congreso de la República, así como a los representantes peruanos ante el Parlamento Andino. En la jurisprudencia del JNE 1.6. A través de la Resolución N° 1317-2006-JNE, del 19 de agosto de 2006, el JNE convocó a la candidata no proclamada para que asuma cargo de consejera regional del Consejo Regional de Pasco en virtud de que la consejera precedida obtuvo el cargo de congresista de la República. En el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del Jurado Nacional de Elecciones 1 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 14 regula lo siguiente: Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son noti fi cadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas. En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/ fi ltros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros). <https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, mediante el O fi cio N° 158-2026-GRA/CR-MBAV, del 26 de junio de 2026, la señora consejera puso en conocimiento del Gobierno Regional de Arequipa la entrega de su credencial como diputada electa del Congreso de la República, precisando que asumirá dicho cargo el próximo 26 de julio de 2026. 2.2. Mediante la Resolución N° 1411-2026-JNE, del 19 de junio de 2026, se proclamó a doña Marleny Bibiana Arminta Valencia como diputada del Congreso de la República, por el departamento de Arequipa, por la organización política Ahora Nación. 2.3. En el presente caso, la señora Marleny Bibiana Arminta Valencia fue válidamente elegida consejera regional para el periodo 2023-2026 y, posteriormente, resultó elegida diputada del Congreso de la República. En consecuencia, a fi n de garantizar la continuidad en la conformación del Consejo Regional de Arequipa, corresponde aplicar el criterio desarrollado por este Supremo Tribunal Electoral en la Resolución N° 1317-2006-JNE, según el cual corresponde convocar al candidato no proclamado para completar la conformación del Consejo Regional y dejar sin efecto la credencial otorgada a la autoridad regional que resultó elegida diputada del Congreso de la República. 2.4. En consecuencia, corresponde convocar a doña María Socorro Herrera Terrazas, identi fi cada con DNI N° 43076870, accesitaria de la organización política Yo Arequipa, a fi n de que asuma el cargo de consejera del Consejo Regional de Arequipa, para lo cual se le otorgará la credencial respectiva que lo faculte como tal.2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Regionales electas del Gobierno Regional de Arequipa, Caylloma, Camaná, Caravelí, Castilla, Condesuyos, Islay y La Unión, del 17 de noviembre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.6. Finalmente, se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Marleny Bibiana Arminta Valencia, consejera del Consejo Regional de Arequipa, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña María Socorro Herrera Terrazas, identi fi cada con DNI N° 43076870, para que asuma el cargo de consejera del Consejo Regional de Arequipa, a fi n de completar el periodo de gobierno regional 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA GONZALES BARRÓNTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2563977-1 Declaran nulo lo actuado y requieren convocar a nueva sesión extraordinaria de concejo para resolver vacancia de regidoras del Concejo Distrital de Alfonso Ugarte RESOLUCIÓN N° 1979-2026-JNE Expediente N° JNE.2026001737 ALFONSO UGARTE - SIHUAS - ÁNCASH VACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 24 de julio de 2026VISTA: la carta 015-2025-MDAU/A, del 19 de diciembre de 2024, por el cual don Han Marcos Morillo Torres, alcalde de la Municipalidad Distrital de Alfonso Ugarte, provincia de Sihuas, departamento de Áncash, (en adelante, señor recurrente), solicita la convocatoria de candidato no proclamado en razón de la vacancia de doña Hermelinda Sarita Morillo Salinas y doña Fiorela Marisol Torres Castillo, regidoras de dicha comuna (en adelante,