Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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42 NORMAS LEGALES Sábado 24 de octubre de 2026 El Peruano / estado en que se encuentre, sin posibilidad de renovar los actos previos; Que, en ese mismo sentido, el numeral 1 del artículo 49 de la referida ley, señala que, en el proceso abreviado laboral, la etapa de conciliación se desarrolla de igual forma que la audiencia de conciliación del proceso ordinario laboral; Que, con la Resolución Ministerial Nº 000278-2020- DM/MC se autoriza al Procurador Público del Ministerio de Cultura, para que en los procesos judiciales tramitados al amparo de la Ley Nº 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, y cualquier otro relacionado con esta materia, pueda conciliar en las audiencias respectivas, conforme a la Ley y salvaguardando los intereses del Sector, quedando facultado su fi cientemente para decidir las conciliaciones a que haya lugar; Que, mediante la Resolución Nº D000556-2026-JUS/ PGE-PG, la Procuraduría General del Estado designa a la abogada Enith Violeta Juarez Escalante, como Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Cultura; Que, mediante Memorando Nº 004391-2026-PP-DM/ MC, la Procuraduría Pública del Ministerio de Cultura hace suyo el Informe Nº 0004-2026-PP-DM-CAC/MC, en el cual se señala que, si bien cuentan con una resolución ministerial que autoriza al Procurador Público a conciliar en los procesos laborales tramitados con la Ley Nº 29497, ésta no incluye de forma expresa a la actual Procuradora Pública Adjunta recientemente designada; por lo que, en aplicación del principio de e fi cacia y e fi ciencia, establecido en el numeral 5) del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1326, solicita se emita una nueva resolución en la cual se autorice al Procurador Público y a la Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Cultura para que, de forma conjunta o indistinta cuando resulte conveniente a los intereses del Estado, puedan conciliar en los procesos judiciales tramitados con la Ley Nº 29497, y en los cuales este Ministerio sea demandado, evitando que el Estado sea declarado en rebeldía automática debido a cuestiones formales; Que, a efectos de cautelar los intereses del Estado y en aplicación del principio de e fi cacia y e fi ciencia, establecido en el numeral 5 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1326, es conveniente emitir el acto que autorice al Procurador Público y a la Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Cultura, para que en los procesos judiciales tramitados al amparo de la Ley Nº 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, y cualquier otro relacionado con esta materia, puedan conciliar, de forma conjunta o indistinta, en las audiencias respectivas, conforme a la Ley y salvaguardando los intereses del Sector, quedando facultados su fi cientemente para decidir las conciliaciones a que haya lugar, de conformidad con la normativa vigente; Con los vistos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modi fi catorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; el Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326; y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 000278-2020-DM/MC. Artículo 2.- Autorizar al Procurador Público y a la Procuradora Pública Adjunta del Ministerio de Cultura, para que en los procesos judiciales tramitados al amparo de la Ley Nº 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, y cualquier otro relacionado con esta materia, puedan conciliar, de forma conjunta o indistinta, en las audiencias respectivas, conforme a la Ley y salvaguardando los intereses del Sector, quedando facultados su fi cientemente para decidir las conciliaciones a que haya lugar. Artículo 3.- Disponer que, en mérito de la autorización conferida en el artículo precedente, la Procuraduría Pública del Ministerio de Cultura informe y coordine previamente con los órganos competentes del Sector, los términos y condiciones para proponer un acuerdo conciliatorio total o parcial. Artículo 4.- La Procuraduría Publica del Ministerio de Cultura debe informar trimestralmente al Titular del Sector respecto a las conciliaciones realizadas en mérito a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO ISMAEL BEINGOLEA DELGADO Ministro de Cultura 2567176-1 DEFENSA Autorizan viaje del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y delegación a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 01300-2026-DE Lima, 22 de octubre del 2026 VISTOS:El O fi cio Nº 5477 CCFFAA/OGA/OAI/UAI de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; el O fi cio Nº 02512-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01978-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante los O fi cios Nº EXT-S-36-007 y Nº EXT-S-26-062, la Agregaduría de Defensa a la Embajada de España en la República del Perú traslada al Jefe de la Ofi cina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, la invitación del Jefe de Estado Mayor de la Fuerzas Armadas de España (JEMAD), para que el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y su respectiva delegación, realicen una visita ofi cial al Reino de España, durante el segundo semestre del año 2026; Que, con correo institucional del 22 de octubre de 2026, la Agregaduría Militar a la Embajada del Perú en el Reino de España remite a la O fi cina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el programa de actividades a realizarse en la visita o fi cial al Reino de España, a realizarse en la ciudad de Madrid, del 27 al 31 de octubre de 2026; Que, con O fi cio Nº 5477 CCFFAA/OGA/OAI/UAI, complementado con correos institucionales del 19, 20 y 22 de octubre de 2026, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el General EP CESAR AUGUSTO BRICEÑO VALDIVIA, identi fi cado con DNI Nº 09583941; acompañado de la Coronel EP NADIA VALENTINA DE LA BARRA GUERRA, identi fi cada con DNI Nº 20111296; y, del Mayor EP VICTOR NARCES TORRES CAMPOS, identi fi cado con DNI Nº 46358000, para participar en la visita o fi cial al Reino de España, a realizarse en la ciudad de Madrid, del 27 al 31 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida el 26 de octubre y su retorno el 1 de noviembre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto al tesoro público; Que, a través de los citados documentos, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas remite entre otros, el Dictamen Nº 481-2026/CCFFAA/OAJ, la exposición de motivos, Declaración de gastos que no son cubiertos por ningún organismo internacional del 28 de setiembre