Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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36 NORMAS LEGALES Sábado 24 de octubre de 2026 El Peruano / que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ANIN; SE RESUELVE:A rtículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área afectada del Bien Inmueble y del valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del inmueble en duplicidad afectado por la ejecución del Proyecto: “Creación del Servicio de Protección contra Inundaciones por río Zaña y A fl uentes, distritos de Oyotún, Nueva Arica, Cayaltí, Zaña, Lagunas-Mocupe y Nanchoc de la provincia de Chiclayo del departamento de Lambayeque y la provincia de San Miguel del departamento de Cajamarca”, identi fi cado con CUI N° 2500094, y el valor de tasación del mismo, ascendente a la suma de S/ 1,387.76 (Mil trescientos ochenta y siete con 76/100 soles), correspondiente al código N° 2500094-ZAÑA-C01PQ03PRR-491, conforme se detalla en el siguiente cuadro y en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural: SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETOS PASIVOSIDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/)CÓDIGO DE INMUEBLE N° ÁREA AFECTADA (m2)INSCRITO EN LAS PARTIDAS ELECTRONICASAFECTACIÓN AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA1. AGRÍCOLA CAYALTÍ S.A.A. 2. VIVEROS GENESIS S.A.C. 3. TMF FIDUPERÚ S.A. SOCIEDAD FIDUCIARIA 4. ARCADIO RODRIGUEZ GOYCOCHEA 5. LIZARDO RODRIGUEZ GOICOCHEA 6. OCTAVIO RIVAS RODRIGUEZ 7. ESTHER FABIANA RODRIGUEZ MALQUE2500094-ZAÑA- C01PQ03PRR-491375.07 m2 (0.0375 ha)Partidas Electrónicas N° 02248020 y 02251279 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, Zona Registral N° II - Sede ChiclayoPARCIAL 1,387.76 Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que la Dirección de Gestión Predial elabore el expediente con la información y documentación necesarias para que la Procuraduría Pública de la ANIN solicite en la vía judicial o arbitral, según corresponda, la consignación del valor de tasación a nombre de los titulares registrales de las partidas que comprenden el inmueble con código N° 2500094-ZAÑA-C01PQ03PRR-491, de acuerdo a lo establecido en el numeral 29.2 del artículo 29 del Decreto Legislativo N° 1192, concordante con el numeral 6.6 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1192 y sus modi fi catorias. Dicha consignación se mantiene hasta que se establezca de modo de fi nitivo la propiedad del predio en la vía judicial, arbitral o en otro mecanismo de solución de controversias. Disponer que la Unidad de Tesorería de la O fi cina de Administración, previa coordinación con la Procuraduría Pública de la ANIN, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y la Ley N° 30556 y sus modi fi catorias. Artículo 3.- Procedencia de medios impugnatorios Declarar que, de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Decreto Legislativo N° 1192, la presente resolución es inimpugnable; asimismo, los cuestionamientos que pudieran formularse en la vía judicial o arbitral conforme al numeral 34.1 del artículo 34 del referido Decreto Legislativo, no suspenden el procedimiento de expropiación, ni la inscripción del dominio a favor del Bene fi ciario, ni el procedimiento de ejecución coactiva, bajo responsabilidad de los funcionarios que se encuentren a cargo de los mismos y tampoco limita al Sujeto Activo a entregar el certi fi cado de consignación a favor del Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Información necesaria para inscribir el área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la Dirección de Gestión Predial, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Jefatural y noti fi cada la consignación a los sujetos pasivos, remita al Registro de Predios de la Ofi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192 y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura. Artículo 5.- Orden de Inscripción Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución, de conformidad con el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192 y sus modi fi catorias. Artículo 6.- Orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral Disponer que el Registrador de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contengan las partidas registrales respecto del área afectada del inmueble con código N° 2500094-ZAÑA- C01PQ03PRR-491. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la tasación consignado a nombre de los titulares registrales y/o titular del dominio fi duciario. Artículo 7.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección de Gestión Predial remita la documentación necesaria a la Unidad de Abastecimiento para que, en el marco de sus competencias, noti fi que a los sujetos pasivos la presente Resolución Jefatural, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30556 y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Jefatural, improrrogables, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Artículo 8.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNAN YAIPEN ARESTEGUI Jefe de la Autoridad Nacional de Infraestructura Autoridad Nacional de InfraestructuraPresidencia del Consejo de Ministros