Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 1998 (29/01/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 29 de enero de 1998 (iii) El Banco podra suspender los desembolsos de la Contribucion en el caso de no recibir, a su satisfaccion, los estados financieros anuales dentro de los plazos establecidos en el inciso (b) anterior o de la ororroea de dichos olazos aue hubiese autorizado. (b) En el caso de que el plazo de ejecucion del Programa no exceda de un (ll ario. el Beneficiario. nor medio del Organismo Ejecutor, se compromete a resentar a satisfaccion del Banco y dentro de los noventa P dias siguientes a 90) la fecha del ultimo desembolso de la Contribucion. un est.ado financiero relativo a los gastos del Programa efectuados con cargo a la Contribucion y al Aporte, dictaminado por audito res independientes aceptables al Banco y de acuerdo con normas satisfactorias para este. Articulo 13. Otros compromisos. El Beneficiario, por medio del Organismo Ejecutor, asimismo. debera: (al pro orcionar a los Consultores y a los expertos locales, servicios B secretatia, oficinas! utiles de escritorio, comume caciones. transporte y cualquier otro apoyo logistico que -requieran para-la realizacion de su trabajo; (b) uresentar al Banco coma de los informes de los Consultores y sus observaciones sobre los mismos; (cl suministrar al Banco cualquier otra informacion adicional o informes juridicos que este razonablemente le solicite respecto de la realizacion del Programa y de la utilizacion de la Contribucion y del Aporte; y (dl mantener informado al Representante del Banco en el respectivo MORDAZA o paises sobre todos lou aspecton del Programa. Articulo 14. Publicacion de documentos. Cualquier documento a ser emitido ba'o el nombre del Banco o usando su logotipo, que se desee puk. hcar como parte de un proyecto especial, programa conjunto, esfuerzo de investigacion o cualquier otra actividad financiada con los recursos del Programa, debera ser aprobado previamente por el Banco. Articulo 16. Suoervision en el terreno. Sin neriuicio de la supervision de los trabajos del Programa que ll& a cabo el Organismo Ejecutor. el Banco podra realizar la supervision del Pro ama en el terreno, por medio de su Representacion en eP MORDAZA o paises de los funcionarios que MORDAZA e para tal efecto. Et* aculo 16. Alcance del compromiso del Banco. Queda entendido que el otorgamiento de la Contribucion por el Banco no implica compromiso alguno de su parte para financiar total 0 parcialmente cualquier programa o proyecto que directa o indirectamente pudiera resultar de la realizacion del Programa. Articulo 17. Arbitraje. Para la solucion de cualquier controversia que se derive de este Convenio y que no se resuelva por acuerdo entre las partes, estas se someten incondicional e irrevocablemente al siguiente procedimiento y fallo arbitrales: (al Composicion del Tribunal. El Tribunal de Arbitraje se compondr8 de tres (3 I miembros, que seran MORDAZA ados en la forma siguiente uno, por el Banco, otro, MORDAZA,+ fjeneticiario, y un tercero, en adelante denominado e "Dirimente", por acuerdo directo entre las partes. o por intermedio de los respectivos arbitros. Si las partes o los arbitros no se pusieren de acuerdo con respecto a la persona del Dirimente. o si una de las partes uo pudiera designar arbitros. el Dirimente sera designado a peticion de cualquiera de las partes por el Secretario General de la Oreanizacion de los Estados Americanos. Si una de las partesno designare arbitro, este sera designado or el Dirimente. Si alguno de los arbitros designados o el 8.inmente no quisiere o no pudiere actuar o seguir actuando, se procedera a su reemplazo en i al forma que ara la designacion original. El sucesor tena" las mismas ra Punciones y atribuciones que al antecesor. 61 Iniciacion del Procedimiento. Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigira a la otra una comunicacibn escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfaccion o reparacion que ersigue y el nombre del arbitro que designa. La parte que iubiere recibido dicha comunicacion debera. dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) dias, comunicar a la ge contraria el nombre de la persona que designe como Br itro. Si dentro del plazo de treinta 1301 dias contados desde la reclamante, las partes uesto de acuerdo en cuanto a la persona del tario General de la Organizaci6n de los Estados Americanos para que este proceda a la designacion. En los casos de Convenios con MORDAZA, las acuerdan que en los arrafos ia) y (bl anteriores, don cfartes e dice "Secretario General ae la Ckganizacion de los Estados Ame. ricanos", debe leerse "Presidente de la Corte Internacional de Justicia de la Haya".
recurrir ante el Secre-

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(c)Constitucion del Tribunal.- El Tribunal de Arbitrsje se constituira en Waahin n, Distrito de MORDAZA, Estaa fecha que el Dirimente designe dos Unidos de Amkica, en P constituido, funcionara en las fechas que fije el propio kibunal. En los casos de Convenios con MORDAZA, las partes acuerdan que el texto de este parrafo (c) dwa asi: "El Tnbunal de Arbitraje se constituira en el lu ar y en la fecha que Bate designe y, constituido, funcionarz en la fecha que fije el Tribunal". {:) Procedimiento. El Tribunal ~610 tendra competencia para conocer de 10s puntos de la controversia. Adoptara su propio procedimiento y podra por mpia iniciativa designarlos peritos que estime necesarios. En todo caso. debera dar a las partes la oportunidad de presentar exposiciones en audiencia. (ii) El Tribunal fallara en conciencia, basandose en los terminos del Convenio, y pronunciara su fallo aun en el caso de ue al na de las partes actue en rebeldia. `1- E P 111) fallo se MORDAZA constar por escrito y se adoptar6 con el MORDAZA concurrente de dos miembros del Tribunal, por lo menos,debera dictarse dentm del plazo aproximado de sesenta (60) dias a oartir de la fecha del nombramiento del Dirimente, a menos ue el Tribunal determine que por circunstancias especia es e?tmprevistaa debe ampliarse di. cho plaza, sera notificado a las artes mediante comunicaci6n suscrita cuando menos por aos mrembma del Tribunal, deber& cumplirse dentro del plazo de treinta (30) dias a partir de la fecha de la notificacion, tendra merito ejecutivo y no admitira recurso alguno. (e) Gastos. Los honorarios de cada arbitro seran cubiertos por la parta que lo hubiere designado y los honorarios del Dirimente serhcubiertos por MORDAZA artes en igual pmporci6n. MORDAZA de constituirse el Tribun aY. las oartes acordaran los honorarios de las demas personas que de mutuo acuerdo convengan que deben intervenir en el procedimiento de arbitraje. Si-el acuerdo no se produjere @ortunamente, el orouio Tribunal fijara la comnensaci6n aue sea razonable para dichas personas, tomando'en cuenta ras circunstanciaa. Cada parte sufragara sus costos en el procedimiento de arbitraje, pero los gastos del Tribunal seran sufragados por las partes en igual pro orci6n. Toda duda respecto a la division de los gastos o a Pa forma en que deban pagarse ser6 resuelta sin ulterior recurso por el Tribunal. VJ Notificaciones. Toda notificacion relativa al arbitra-

fallo sera hecha en la forma prevista en estas Condiciones Generales. Las partes renuncian a cualquier otra forma de notificacion. Sin embargo, obli atoriamente debera notificarse al Procurador General def Estado".
ANEXO A

EL PROGRAMA Programa de Apoyo a la Unidad de Programas para las Comunidades Indigenua del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 1. Objeto 1.01 El objetivo de la presente operaci6n es contribuir al fortalecimiento institucional de la Unidad de Programas ara Poblaciones Indigenas del Ministerio de Promocion de Pa Mujer y del Desarrollo Humano. Se pretende apoyar a la LJnidad en el MORDAZA de asumir su mandato como instancia gubernamental encargada del tema indigana y representante de sus intereses, fortaleciendo su presencia promotora en el ambito gubernamental asesorandola en el rooeso de ,l establecer relaciones fructi eras con las comumda es mdfgenas y sus organizaciones para que juntos promuevan su desarrollo economico y social. En este sentido, se orientara su sistema administrativo y logistico, de informacion, monitoreo Y evaluacion en forma comoatible con su mision. 1.$2 Los objetivos especificos'son: (i) la implementacion de un sistema de informacion y referencia que cubra todos los aspectos relacionados al desarrollo de las comunidades indfgenas; (iif la difusian de la realidad de los indigenas del Peru y especialmente de las lecciones aprendidas a travks de royectos pilotos o demostrativos que favorezcan el desarroPlo cultural y economico de las comunidades, (iii) facilitar la coordinacion de las acciones I;llpemamentales y de organ@mas internacionales en bene mio de dichas pob amorres; (1~) .

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