Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2001 (01/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de febrero de 2001

CI/VMT/DNT, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Declarese agotada la via administrativa en lo que MORDAZA sido materia de Apelacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Turismo 17243 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 028-2001-MITINCI/VMT MORDAZA, 22 de enero del 2001 Vistos, el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 514-2000-MITINCI/VMT/DNT, de fecha 18 de agosto de 2000 y el Informe Nº 024-2001-MITINCI/VMT/AJA; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 514-2000-MITINCI/VMT/DNT, se resuelve que se tenga por no presentada la solicitud de la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. sobre Autorizacion Expresa para Explotar Maquinas Tragamonedas en el establecimiento ubicado en la Av. 15 de MORDAZA, Lote 04, MORDAZA B, Huaycan, Ate, MORDAZA, al no haber cumplido con subsanar las observaciones formuladas por la Direccion Nacional de Turismo en el plazo senalado en el Articulo 19º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, y que se archive la documentacion presentada en el Expediente Nº 009611-2000-MITINCI; Que, con fecha 29 de agosto de 2000, la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. interpone Recurso de Apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 514-2000-MITINCI/VMT/ DNT, manifestando en su descargo que, de conformidad con el Articulo 2º, numeral 20º de la Constitucion Politica del Estado, y por razones atendibles, solicito, sin resultado alguno, la ampliacion del plazo para presentar todos los requisitos que le fueran requeridos por la Direccion Nacional de Turismo, mediante el Oficio Nº 1497-2000-MITINCI/VMT/DNT; Que, asimismo, expresa que ante tal situacion interpuso una Accion de MORDAZA para que se declaren inaplicables los articulos de la Ley Nº 27153 que vulneran sus derechos constitucionales, motivo por el cual, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 13º de la Ley Organica del Poder Judicial, oportunamente solicito la abstencion administrativa con respecto a su solicitud de Autorizacion Expresa; Que, conforme se aprecia en los actuados, mediante Oficio Nº 1497-2000-MITINCI/VMT/DNT, la Direccion Nacional de Turismo requirio a la empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. diversos requisitos contemplados en la Ley Nº 27153 y en su respectivo Reglamento, no habiendo cumplido con presentar, dicha empresa, la documentacion correspondiente, por considerar que la Administracion debia abstenerse de pronunciarse sobre su solicitud, dado a que se encontraba en MORDAZA su Accion de MORDAZA formulada contra las exigencias de la Ley Nº 27153 y su Reglamento; Que, la Administracion, en estricta aplicacion de la Ley Nº 27153, de su Reglamento y del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, dio curso a la solicitud de la citada empresa, por lo que al no haber cumplido esta con presentar los requisitos establecidos por la nombrada Ley y su Reglamento, resulta procedente que la Direccion Nacional de Turismo, mediante la Resolucion Directoral Nº 514-2000-MITINCI/VMT/DNT, MORDAZA ordenado que se tenga por no presentada su solicitud y que se archive el Expediente Nº 009611-2000-MITINCI; Que, siendo el Viceministro de Turismo la Autoridad Administrativa que resuelve en MORDAZA y MORDAZA instancia todo procedimiento de Autorizacion Expresa vinculado con la explotacion de maquinas tragamonedas, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; y estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27153, la Ley Nº 27232 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa INVERSIONES LINOMAX S.A. contra la Resolucion Directoral Nº 5142000-MITINCI/VMT/DNT, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion.

Articulo 2º.- Declarese agotada la via administrativa en lo que MORDAZA sido materia de Apelacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Turismo 17244

JUSTICIA
Autorizan al Ministro de Justicia encargar a procuradores la defensa de organismos publicos adscritos a los Ministerios cuyos titulares los presiden o dirigen
RESOLUCION SUPREMA Nº 046-2001-JUS MORDAZA, 31 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos, quienes de acuerdo a lo establecido por el Decreto Ley Nº 17537 estan a cargo de los asuntos de los diferentes Ministerios y organismos del Estado; Que, existen organismos publicos que, por la normatividad que los rige, se encuentran adscritos al Ministerio cuyo Titular los preside o dirige, y que es designado por Resolucion Suprema, por lo que corresponderia asumir la defensa de sus intereses al Procurador Publico de dicho Ministerio; Que, sin embargo, constituyendo la defensa de los intereses del Estado una funcion eminentemente tecnica y especializada, debiendo conservar por tanto uniformidad de criterio y coherencia durante su ejercicio, esta no debe estar supeditada a cambios en la presidencia o direccion de los referidos organismos; Que, asimismo, conforme lo establece el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia, es funcion sectorial del Ministerio de Justicia, coordinar, supervisar y evaluar la defensa de los derechos e intereses del Estado, por lo que es conveniente, autorizar al Ministro de Justicia a emitir las resoluciones administrativas pertinentes a fin de cautelar los intereses de los referidos organismos publicos; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministro de Justicia para que, por Resolucion Ministerial, encargue a Procuradores Publicos Titulares, la defensa de organismos publicos que se encuentran adscritos a Ministerios cuyos Titulares los presiden o dirigen. Articulo 2º.- Los organismos publicos a que se refiere el articulo precedente, bajo responsabilidad y en forma inmediata, deberan prestar el apoyo que requiera el Procurador Publico titular a quien se le encargue de la defensa de sus intereses. Articulo 3º.- Dar por concluidas, a partir de la fecha en que se emita la correspondiente Resolucion Ministerial, las encargaturas y/o autorizaciones efectuadas con anterioridad a la presente Resolucion Suprema. Articulo 4º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 17403

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