Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2001 (01/02/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de febrero de 2001

VISTO; en la Sesion de Concejo de la fecha, POR MAYORIA y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Incorporese como MORDAZA parrafo del Articulo Tercero de la Ordenanza Nº 31-97-MM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de febrero de 1997, el siguiente texto: "Asimismo, El MORDAZA fijara incentivos pecuniarios de caracter temporal, extraordinario y no pensionable de abono en forma directa o indirecta por razones de productividad, eficiencia y cumplimiento de objetivos y metas institucionales a los funcionarios de confianza de niveles F4, F-3 y F-2 asi como a aquellos directivos de menor rango con encargos acordes a los criterios senalados en la presente ordenanza, siempre y cuando se cuente con el correspondiente financiamiento y la provision presupuestal respectiva". POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA KRUGER ESPANTOSO MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 17314

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 033-2001 Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 033-2001, publicada en nuestra edicion del dia 25 de enero de 2001, en la pagina 197742. En la parte de Vistos. DICE: "... Dictamen Nº 001-20001..." DEBE DECIR: "... Dictamen Nº 001-2001..." 17348

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Cancelan MORDAZA de adjudicacion directa sobre seleccion y contratacion de empresa de seguros y reaseguros para los bienes de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0074-2001 Los MORDAZA, 26 de enero de 2001 VISTOS: Los Informes Nº 016-2001-MDLO/DA/ULSG de la Unidad de Logistica y Servicios Generales, Nº 0022001/MDLO-DA de la Oficina de Administracion, Nº 0522001-MDLO/OAL de la Oficina de Asesoria Legal, Proveido Nº 124-2001 de la Direccion Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante informe de Vistos la Unidad de Logistica y Servicios Generales informa que habiendose convocado a la Adjudicacion Directa con Publicacion Nº 009-2000-MDLO/

OE para la Seleccion y Contratacion de los Servicios de una Empresa de Seguros y Reaseguros para los Bienes de la Municipalidad, no se ha presentado a la misma postor alguno; Que de acuerdo con las coordinaciones efectuadas con las principales empresas aseguradoras, ello se debio al hecho que el valor referencial de dicho MORDAZA, ascendente a US$ 17,300.00 (Diecisiete Mil Trescientos Dolares Americanos) es insuficiente para cubrir el total del valor de los bienes de propiedad de la Municipalidad conforme a la nueva politica de suscripcion vigente en el MORDAZA asegurador local e internacional. En tal sentido considera inutil publicar una nueva convocatoria conforme lo ordena el Articulo 32º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, solicitando mas bien la cancelacion del MORDAZA y la realizacion del ajuste en el valor referencial, a fin de convocar a una nueva adjudicacion directa; Que, la Oficina de Administracion, mediante Informe Nº 002-2001/MDLO-DA, sostiene que existe sustento suficiente para efectuar la cancelacion del MORDAZA de Adjudicacion Directa con Publicacion Nº 009-2000-MDLO/OE por cuanto el valor referencial establecido no esta acorde con la nueva politica de suscripcion vigente en el MORDAZA asegurador local e internacional, siendo igualmente necesario modificar el slip tecnico a efectos de que la contratacion de los servicios de seguro, basada en un MORDAZA valor referencial, se halle debidamente sustentada presupuestal y financieramente; Que, la Oficina de Asesoria Legal, a traves del Informe Nº 052-2001-MDLO/OAL, sostiene que el hecho que ninguno de los postores MORDAZA adquirido las bases para la Adjudicacion Directa con Publicacion Nº 009-2000-MDLO/OE, por considerar insuficiente el valor referencial consignado en comparacion a la envergadura de los bienes de la Municipalidad, constituye una causal de fuerza mayor que impidio que dicho MORDAZA de seleccion, en su primera convocatoria, culmine satisfactoriamente, lo cual volveria a ocurrir en la eventualidad de una MORDAZA convocatoria; en tal sentido, opina por que se cancele el referido MORDAZA de seleccion via Resolucion de Alcaldia, la cual debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 34º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Proveido Nº 124-2001, el Despacho de Direccion Municipal, ordena se proyecte la Resolucion de Alcaldia correspondiente; Que, el Articulo 34º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, establece que en cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta 5 dias MORDAZA de la fecha de adjudicacion, la entidad que lo convoca puede cancelarlo; por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de contratar o adquirir o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propositos de emergencia declarados expresamente; bajo su exclusiva responsabilidad. En este caso la entidad debera reintegrar el costo de las bases a quienes las hayan adquirido. La formulacion de la cancelacion del MORDAZA debera realizarse mediante Resolucion o Acuerdo debidamente sustentado, del mismo o superior nivel, de aquel que dio inicio al expediente de contratacion o adquisicion, debiendose publicar conforme lo disponga el Reglamento; Estando a lo informado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Articulo 47º, inciso 6), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CANCELAR el MORDAZA de Adjudicacion Directa con Publicacion Nº 009-2000-MDLO/OE para la Seleccion y Contratacion de los Servicios de una Empresa de Seguros y Reaseguros para los Bienes de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, por razon de fuerza mayor consistente en la insuficiencia del importe del valor referencial y la falta de adecuacion del slip tecnico respecto de los estandares vigentes en el MORDAZA asegurador local e internacional, lo cual impide la participacion de las empresas aseguradoras en dicho proceso. Articulo Segundo.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Administracion, a traves de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. WILLIAMS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17333

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