Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2002 (23/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de enero de 2002

informacion que consideren esencial para la mejor defensa de sus derechos como inversionistas. Asimismo, en los casos no regulados por leyes especiales, CONASEV podra reglamentar la convocatoria que realice el emisor o la referida Institucion Publica, en los casos que lo soliciten los inversionistas titulares de valores objeto de oferta publica, con la intencion de adoptar decisiones comunes para la defensa de sus derechos. CONASEV reglamentara lo relativo a las facultades que le confiere la Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, respecto de las sociedades anonimas abiertas. OCTAVA.- Aprobacion de montos de garantias CONASEV, sin perjuicio, de lo dispuesto en el Articulo 136º de la Ley del MORDAZA de Valores, mediante disposiciones de caracter general podra disponer la constitucion de garantias adicionales por parte de los agentes de intermediacion en funcion a las operaciones que realicen. NOVENA.- Aplicacion de principios de la Ley del MORDAZA de Valores Son de aplicacion a los Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras los principios previstos en la Ley del MORDAZA de Valores aprobada por Decreto Legislativo Nº 861. Asimismo, dichos principios se aplican a las operaciones efectuadas en las bolsas de productos que rigen a los Mecanismos Centralizados de Negociacion. Del mismo modo, se aplican supletoriamente las demas disposiciones previstas en la Ley del MORDAZA de Valores en todo lo que no se oponga a la Ley Nº 26361, Ley sobre Bolsa de Productos. DECIMA.- Modificaciones a la Ley Organica de CONASEV Incorporase el numeral o) al Articulo 2º y sustituyese el inciso t) del Articulo 11º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, con los siguientes textos: "Articulo 2º.(...) o) Tipificar las conductas infractoras del MORDAZA de valores, MORDAZA de productos y fondos colectivos, asi como dictar las respectivas medidas correctivas, cuando corresponda. Articulo 11º.(...) t) Resolver en MORDAZA instancia administrativa, las reclamaciones que se originen en disposiciones emanadas de CONASEV, asi como resolver, definitivamente, en la via administrativa, las controversias que se susciten entre las Bolsas de Valores y las entidades emisoras o los agentes de intermediacion en el MORDAZA de Valores, entre estos y las dos primeras y, entre los agentes de intermediacion en el MORDAZA de Valores y sus comitentes, asi como entre las sociedades administradoras de fondos mutuos de inversion en valores y de fondos de inversion en valores y sus participes." DECIMOPRIMERA.- Modificaciones al Codigo Penal Incorporase al Titulo IX del Codigo Penal el siguiente capitulo: "Capitulo V Articulo 243º-B.- El que por cuenta propia o ajena realiza o desempena actividades propias de los agentes de intermediacion, sin contar con la autorizacion para ello, efectuando transacciones o induciendo a la compra o venta de valores, por medio de cualquier acto, practica o mecanismo enganoso o fraudulento y siempre que los valores involucrados en tales actuaciones tengan en conjunto un valor de MORDAZA superior a cuatro (4) UIT, sera reprimido con pena privativa de MORDAZA no menor de uno (1) ni mayor de cinco (5) anos." DECIMOSEGUNDA.- Modificaciones a la Ley General de Sociedades Sustituyese el primer parrafo e incorporase el numeral 5 al Articulo 253º del Titulo MORDAZA de la Seccion Setima

del Libro II de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, con los siguientes textos: "Articulo 253º.- Control de CONASEV La Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores esta encargada de supervisar y controlar a la sociedad anonima abierta, estando facultada para reglamentar las disposiciones relativas a estas sociedades contenidas en la presente Seccion, cuya supervision y control se encuentra a su cargo. En ese sentido y en adicion a las atribuciones especificamente senaladas en esta seccion, goza de las siguientes: (...) 5. Determinar las infracciones a las disposiciones contenidas en la presente Seccion, asi como a las normas que dicte CONASEV, de acuerdo a lo dispuesto en el presente articulo que constituyan conductas sancionables, asi como imponer las sanciones correspondientes." DECIMOTERCERA.- Referencias Modificase, en la Ley del MORDAZA de Valores, toda referencia a participante directo por la de participante. Asimismo, a partir de la vigencia de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, entiendase que el inciso d) del Articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 861 se encuentra referido a dicha norma. CONASEV dictara las normas que resulten de aplicacion a los instrumentos derivados, asi como instrumentos que no MORDAZA objeto de emision masiva. DECIMOCUARTA.- Normas Complementarias Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas se podran dictar las normas complementarias que resulten necesarias para facilitar el MORDAZA de transformacion de las bolsas de valores en sociedades anonimas, asi como aquellas de caracter especial que resulten de aplicacion a las Bolsas como sociedad anonima o asociacion civil, y a las instituciones de compensacion y liquidacion de valores, sin perjuicio de las facultades reglamentarias de CONASEV. DECIMOQUINTA.- Promulgacion del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores Dentro de los 60 (sesenta) dias de entrada en vigencia de la presente Ley mediante decreto supremo, se promulgara el Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores. DECIMOSEXTA.- Vigencia La presente Ley entrara en vigencia a los 60 (sesenta) dias calendario siguientes a su publicacion. DECIMOSETIMA.- Derogatorias Deroganse los Articulos 39º, 91º, 104º, 122º, 190º, 191º, 199º, los incisos c) y h) del Articulo 226º, 256º, 257º, 258º y la setima y decimoquinta disposicion final de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobada por Decreto Legislativo Nº 861 y el Articulo 8º de la Ley de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, aprobada por Decreto Legislativo Nº 862, asi como cualquier otra disposicion legal que se oponga a lo establecido en la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de diciembre de dos mil uno. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el senor Presidente de la Republica, en cum-

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