Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2002 (04/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de MORDAZA de 2002

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y Resolucion Ministerial Nº 038-2002-PRES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designacion del ingeniero MORDAZA MORDAZA Camborda MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis Palcazu, del Instituto Nacional de Desarrollo, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 8003

Que por Resolucion Ministerial Nº 340-2001-PE, del 9 de octubre del 2001, se aprobaron los listados actualizados de las embarcaciones pesqueras de mayor escala con derechos de sustitucion, correspondientes al tercer trimestre del ano 2001; Que el Ministerio de Pesqueria sobre la base de la documentacion presentada por los armadores y empresas pesqueras ha emitido las Resoluciones correspondientes, siendo necesario actualizar la Resolucion Ministerial Nº 340-2001-PE, asi como oficializar la situacion legal de las embarcaciones pesqueras de mayor escala con relacion a lo dispuesto en el Articulo 24º de la Ley General de Pesca y los Articulos 12º y 18º de su Reglamento; De conformidad con lo establecido en el Articulo 14º del Reglamento de la Ley General de Pesca; Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE:

Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis Palcazu del INADE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 169-2002-PRES MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis Palcazu, del Instituto Nacional de Desarrollo; Que, es necesario designar a la persona que asuma el cargo MORDAZA mencionado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y Resolucion Ministerial Nº 038-2002-PRES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al Ingeniero Minimos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis Palcazu, del Instituto Nacional de Desarrollo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 8004

Articulo 1º.- Aprobar los listados actualizados de los derechos de sustitucion de las embarcaciones pesqueras de mayor escala conforme al detalle siguiente: ANEXO I Embarcaciones no consideradas por el Ministerio de Pesqueria para la sustitucion de capacidad de bodega a que se refiere el Articulo 24º de la Ley General de Pesca y los Articulos 12º y 18º de su Reglamento. ANEXO II Embarcaciones no consideradas por el Ministerio de Pesqueria para la sustitucion de capacidad de bodega por siniestro con perdida total, a que se refiere el Articulo 18º del Reglamento de la Ley General de Pesca. ANEXO III Embarcaciones consideradas por el Ministerio de Pesqueria para la sustitucion de capacidad de bodega a que se refiere el Articulo 24º de la Ley General de Pesca y los Articulos 12º y 18º de su Reglamento. ANEXO IV Embarcaciones consideradas por el Ministerio de Pesqueria unicamente con derecho de sustitucion de capacidad de bodega por siniestro con perdida total a que se refiere el Articulo 18º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 2º.- Las embarcaciones pesqueras que se encuentran consignadas en el Anexo I de la presente resolucion no son consideradas por el Ministerio de Pesqueria para los efectos de la autorizacion de incremento de flota mediante la sustitucion de capacidad de bodega para la extraccion de recursos plenamente explotados, conforme a lo establecido por los Articulos 24º de la Ley General de Pesca y Articulos 12º y 18º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE. Articulo 3º.- Las embarcaciones pesqueras que se encuentran consignadas en el Anexo II de la presente resolucion no son consideradas por el Ministerio de Pesqueria para los efectos de la autorizacion de incremento de flota mediante la sustitucion de capacidad de bodega, en el caso que sufran siniestros con perdida total a que se refiere el Articulo 18º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 4º.- Mediante la Resolucion correspondiente, podra realizarse incorporaciones o retiros a los Anexos de la presente Resolucion conforme al ordenamiento legal pesquero. Articulo 5º.- Las embarcaciones incluidas en los Anexos de la presente Resolucion Ministerial, cuyos armadores hayan presentado recursos impugnativos que se encuentren pendientes de resolucion, seran incluidas o excluidas de tales Anexos, segun corresponda, de conformidad con lo que se resuelva en su oportunidad de acuerdo al ordenamiento legal pesquero. Articulo 6º.- Entiendase que toda referencia hecha a los listados actualizados de los derechos de sustitucion de las embarcaciones pesqueras de mayor escala, en cualquier disposicion del ordenamiento legal pesquero, se refiere a la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria

PESQUERIA
Aprueban listados actualizados de los derechos de sustitucion de diversas embarcaciones pesqueras de mayor escala
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 136-2002-PE MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2002 CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º y 44º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, establecen que para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado para el desarrollo de la actividad pesquera; Que el Articulo 14º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, dispone que el Ministerio de Pesqueria publicara en el primer y tercer trimestre de cada ano la relacion de embarcaciones de mayor escala autorizadas a realizar actividades extractivas de acuerdo a los derechos conferidos a cada una de ellas;

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