Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2002 (04/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 4 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 22º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, previo al otorgamiento del correspondiente zarpe, debera verificar el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, segun corresponda. Articulo 23º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Medio Ambiente del Ministerio de Pesqueria y las Direcciones Regionales de Pesqueria, dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdicciones velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo 24º.- Las disposiciones contenidas en las Resoluciones Ministeriales Nº 015-2002-PE, Nº 039-2002PE y Nº 044-2002-PE no seran aplicables a los armadores de embarcaciones pesqueras que participen en el Regimen Provisional establecido por la presente resolucion durante su vigencia. Articulo 25º.- Durante la vigencia de la presente Resolucion, dejese en suspenso lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 269-2001-PE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 8040

PROMUDEH
Autorizan contratacion de servicio de seguridad y vigilancia mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 255-2002-PROMUDEH MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2002 Vistos, los Informes Nº 007-2002-PROMUDEH/OGAR/ LOG, Nº 126-2002-PROMUDEH/OGAJ, que constituyen el informe tecnico legal exigido por el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 21º, del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la situacion de urgencia se genera cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Adicionalmente, dispone que dicha situacion faculta a la entidad a la adquisicion o contratacion de los servicios solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, de acuerdo a lo Informes de Vistos, ha surgido una situacion extraordinaria e imprevisible en lo que respecta a la necesidad de contratar los servicios de Seguridad y Vigilancia, ya habiendose efectuado las ampliaciones contractuales establecidas en el Articulo 141º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM y haberse MORDAZA este servicio contratado mediante Adjudicacion de Menor Cuantia (reduciendo puestos) hasta el 3 de MORDAZA de 2002, no se ha podido concluir con el Concurso Publico Nº 0002-2002-PROMUDEH - Contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, dentro del plazo previsto en el calendario del mismo, porque hasta la fecha no se ha culminado con la etapa de observaciones a las Bases, que se encuentra pendiente de pronunciamiento por parte de la Entidad competente; Que, esta situacion generaria una ausencia extraordinaria e imprevisible del referido servicio que afectaria en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales de la Entidad (dedicados principalmente a labor de ayuda social), ya que se pondria en riesgo la seguridad de nuestros servidores y funcionarios, asi como

los bienes muebles, inmuebles y enseres, necesarios para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales, por lo cual resulta necesaria la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia por tratarse de una situacion de urgencia, prevista en los Articulos 19º inciso c) y 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, contratacion que debe efectuarse oportunamente MORDAZA de que concluya el servicio que se viene brindando y hasta por un plazo de tres (3) meses, plazo que permitira concluir el Concurso Publico Nº 0002-PROMUDEH y la Buena Pro quede firme y se suscriba el contrato respectivo, evitando con ello costos innecesarios a la institucion; Que, conforme lo establece el Articulo 108º numeral 2, del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la presente situacion de urgencia es una medida temporal, ante el hecho excepcional de no poder contar con el servicio esencial de Seguridad y Vigilancia, por lo cual se genera la necesidad de declarar formalmente la situacion de urgencia, para exonerar del MORDAZA de Seleccion de Concurso Publico, la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia, cuyo valor referencia asciende hasta S/. 159,000.00 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES), contandose con la debida disponibilidad presupuestal; Con las visaciones de la Gerencia de Gestion Administrativa, la Oficina General de Administracion y Recursos, la Oficina General de Asesoria Juridica y la Oficina de Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, del MORDAZA de seleccion de Concurso Publico para la contratacion del Servicio de "Seguridad y Vigilancia", autorizando llevar a cabo la presente contratacion mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por un plazo de tres (3) meses. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion de Recursos y al Comite Permanente de Contrataciones y Adquisiciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, a efectuar las gestiones necesarias para la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por el valor referencial de S/. 159,000.00 (CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES), por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Administracion y Recursos, la remision de una MORDAZA de la presente Resolucion y de los documentos de vistos a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme lo establece el Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 8035

Dan por concluidas designaciones de Gerentes Locales del PRONAA de Iquitos y Pucallpa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 259-2002-PROMUDEH MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2002

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