Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2002 (04/05/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

Pag. 222312

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de MORDAZA de 2002

RESOLUCION Nº 147-2002-JNE
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 021-2002-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de marzo del presente ano, se ha convocado a elecciones regionales y municipales para el dia MORDAZA 17 de noviembre del ano 2002 en cada uno de los 24 departamentos de la Republica y en la Provincia Constitucional del Callao; Que convocado un MORDAZA electoral, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones definir las circunscripciones territoriales electorales y sus sedes sobre las cuales se constituira Jurados Electorales Especiales y Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, que son organos de caracter temporal creados para un MORDAZA electoral especifico y que forman parte de la estructura organica del MORDAZA Nacional de Elecciones y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Articulo 13º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 y en el Articulo 32º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; Que los criterios utilizados para la definicion de las circunscripciones territoriales electorales, que constituyen unidades geograficas necesarias para el desarrollo del MORDAZA electoral, han sido: a) Los derechos de participacion politica de los ciudadanos; b) las funciones de los organismos electorales en las distintas etapas del proceso; c) la accesibilidad geografica y vias de comunicacion; d) la densidad de provincias y distritos asi como su poblacion electoral; y, e) los recursos asignados por el Ministerio de Economia y Finanzas que no permiten la definicion de circunscripciones para cada una de las 194 provincias existentes en el MORDAZA como tradicionalmente se aplicara en anteriores elecciones municipales, al constituir cada provincia un distrito electoral en el cual se elige autoridades municipales; Que para el caso de las provincias de Condorcanqui en el departamento de Amazonas; Maranon en el departamento de Huanuco; Tahumanu y MORDAZA en el departamento de MORDAZA de Dios; y Purus en el departamento de Ucayali, las cuales estan alejadas de la sede de sus respectivas circunscripciones electorales, se ha previsto el establecimiento permanente de personal en la capital de las respectivas provincias, a fin de garantizar y facilitar el ejercicio de los derechos politicos de los ciudadanos; Que para la definicion de las circunscripciones territoriales electorales se ha tomado en cuenta, a su vez, las sugerencias recibidas por diversos ciudadanos e instituciones a partir de los proyectos de definicion publicados los dias 4 y 24 de MORDAZA del presente en el Diario Oficial El Peruano y difundidos en la pagina Web del MORDAZA Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe); asi como el trabajo desarrollado por el Comite de Coordinacion Electoral integrado por personal especializado de los organismos electorales; Por todas estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones constitucionales en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Definir 125 circunscripciones territoriales electorales y sus respectivas sedes para el MORDAZA de elecciones regionales y municipales del ano 2002, tal como aparece en el Anexo A que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Los Jurados Electorales Especiales ubicados en las capitales de departamento tienen a su cargo la eleccion regional en lo que se refiere a los procesos de inscripcion de organizaciones politicas regionales, inscripcion de listas de candidatos y elaboracion del Acta de Proclamacion de Resultados y de Candidatos Electos de la eleccion regional. En el caso del departamento de MORDAZA, se determinara oportunamente el MORDAZA Electoral Especial encargado de las funciones senaladas en el presente articulo. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y del Poder Ejecutivo la presente resolucion para los fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.