Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2002 (04/05/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 4 de MORDAZA de 2002 ANEXO

campesinas, asi como a los derechos debidamente acreditados de terceros; Que, debido a la exclusion de las areas en las cuales existen derechos adquiridos, es necesario incluir unidades de aprovechamiento adicionales, asi como redimensionar otras; Que, en ese sentido, es preciso incluir y redimensionar unidades de aprovechamiento, ademas de excluir aquellas sobre las que existan derechos adquiridos por comunidades nativas y campesinas, asi como otros derechos adquiridos, de conformidad con el Informe Nº 011-2002-INRENA-DFFFS/DPPFFS; De conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar las inclusiones, exclusiones y redimensionamientos a las Unidades de Aprovechamiento que seran materia del concurso publico convocado para los Bosques de Produccion Permanente del departamento de Ucayali, en virtud a lo senalado en la parte considerativa del presente dispositivo y cuyo mapa corre en el anexo adjunto. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 8064

PROCEDIMIENTO PARA LA VENTA DE SEMILLAS, FERTILIZANTES Y AGROQUIMICOS 1. ALCANCES El presente procedimiento es de aplicacion obligatoria para las Direcciones Regionales Agrarias que mantengan en custodia en sus almacenes insumos (fertilizantes, agroquimicos y semillas) en el MORDAZA del MORDAZA de venta autorizado a traves del Decreto de Urgencia Nº 129-2001 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-AG. 2. COORDINACION CENTRAL La Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura constituye el organo de coordinacion y de apoyo a nivel nacional para la venta directa o en subasta publica de los insumos, estableciendo para ello las pautas de observancia obligatoria para las Direcciones Regionales Agrarias. 3. ACCIONES PREVIAS AL MORDAZA DE VENTA La Direccion Regional Agraria para ejecutar el MORDAZA de venta de insumos agricolas, en primer termino debera realizar el acondicionamiento (reensaque, pesaje y almacenamiento) de los insumos a los que se refiere este procedimiento. Posterior a este acondicionamiento, se debe realizar el inventario fisico de los mismos, para lo cual a nivel de DRA y por Resolucion Directoral, se conformara la Comision de Inventario Fisico de insumos, que estara conformada por: Comision de Inventario Fisico General de Insumos La conformacion de la Comision del Inventario sera aprobada por Resolucion Directoral de cada Direccion Regional Agraria y estara conformada por: Un representante de la Oficina de Administracion. Un representante de la Oficina de Contabilidad. Un representante de la Oficina de Auditoria. Interna como observador. Un representante de la Unidad de Almacen. La Comision de Inventario contara con personal de apoyo que se designara por cada Dependencia. 3.1. Funciones y responsabilidades

Aprueban Procedimiento para la Venta de Semillas, Fertilizantes y Agroquimicos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0436-2002-AG MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 129-2001 se autorizo al Ministerio de Agricultura a vender directamente a los productores agrarios, sin el requisito de subasta publica, los insumos (fertilizantes, agroquimicos, semillas) de propiedad estatal que mantenga en sus almacenes y/o en los de las Direcciones Regionales Agrarias; Que, de conformidad con el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 002-2002-AG, para el caso del fertilizante denominado MORDAZA fosforica, el Ministerio de Agricultura efectuara la venta a traves de subasta publica y para los demas insumos (fertilizantes, agroquimicos y semillas) la venta sera directa a los productores agrarios; Que, en este sentido resulta necesario dictar medidas para que las Direcciones Regionales Agrarias procedan a efectuar de manera uniforme el procedimiento de venta de los insumos de propiedad del Ministerio de Agricultura, atendiendo a su volumen y actual distribucion geografica, asi como a su naturaleza; De conformidad con la autorizacion contenida en el Decreto de Urgencia Nº 129-2001, y en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 25902, Ley Organica del Ministerio de Agricultura y el Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Apruebese el "Procedimiento para la Venta de Semillas, Fertilizantes y Agroquimicos", el mismo que consta de diez (10) acapites y que en documento anexo constituye parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura

a) Elaboracion de procedimientos. b) Establecer las necesidades de recursos humanos, materiales y de sistemas. c) Establecer el cronograma de ejecucion. d) Preparar la documentacion (formatos) para la Toma del Inventario. e) Coordinar con los representantes de las Oficinas. f) Efectuar la verificacion del bien, comprobando la presencia fisica y su ubicacion. g) Comprobar el estado de conservacion. h) Verificar las condiciones de utilizacion y seguridad del bien. i) Realizar el conteo aplicando tecnica y/o metodos que correspondan. j) Elaborar la documentacion de resultado del inventario. k) Presentar un informe al Comite de Gestion Patrimonial quien luego de evaluar la informacion la elevara al Comite de Altas, Bajas y Enajenaciones para que determine el alta de los bienes. 3.2. Funciones del Personal de apoyo a) Intervencion en el MORDAZA de toma de inventario en las acciones operativas (movimiento de insumos, traslados internos, etc.), que posibilite a la Comision de Inventario la cuantificacion fehaciente y la determinacion del estado de conservacion de los insumos. 3.3. Inventario Fisico General de insumos La verificacion fisica debe efectuarse a todos los insumos que se encuentren almacenados y que formaran parte del patrimonio de la Direccion Regional Agraria. Debe incluir los siguientes puntos: a. Determinacion de la cantidad del bien por ubicacion fisica.

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